
CONSIDERANDO:
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL, mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 596/2019 (B.O.
28/08/2019) y N° 609/2019 (B.O. 01/09/2019), estableció un conjunto de disposiciones para regular con mayor
intensidad el régimen de cambios y, de esa forma, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a
una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el
impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real.
Que, en ese marco, se establecieron ciertas reglas relacionadas con las exportaciones de bienes y servicios, con
las transferencias al exterior y con el acceso al mercado de cambios, conforme la reglamentación que el BANCO
CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) dicte al efecto, facultando además a dicha autoridad
monetaria para establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones que persigan eludir, a través de
títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en las medidas referidas.
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