DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Asígnase, a partir del dictado de la presente medida, el ejercicio de las competencias atribuidas a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO y a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al licenciado en Economía Pablo Agustín LAVIGNE (D.N.I. N° 30.448.069), sin perjuicio de las funciones que desempeña en el cargo de Secretario de Coordinación de Producción, en el que fuera designado a través del Decreto N° 1098/24, hasta tanto se cubran las vacancias de dichas Secretarías.
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en este decreto no resultará aplicable respecto de los supuestos en los que se haya previsto o se prevea un reemplazo específico para la firma del despacho de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO y de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
