viernes, 5 de septiembre de 2025

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES – Resolución 567/2025. Autorizan la implementación del concurso “HISTORIAS BREVES 2025 – COMEDIA”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del concurso “HISTORIAS BREVES 2025 – COMEDIA”.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premios identificado como IF-2025-88579558-APN-SGP#INCAA.

ARTICULO 3º.- Llamar a DIRECTORES a presentar proyectos de cortometrajes de ficción sobre ideas originales, de género comedia, comedia romántica, comedia negra y/o variantes entre sí, y aprobar las BASES Y CONDICIONES del concurso “HISTORIAS BREVES 2025 – COMEDIA” que obran como Anexo I según IF-2025-92894114-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas del día 15 de septiembre de 2025 hasta las 14 horas del día 15 de octubre de 2025, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.

ARTÍCULO 5º.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

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Com. A 8318 BCRA. Circular RUNOR 1-1919: Régimen Informativo Contable Mensual Grandes exposiciones al riesgo de crédito. Modificaciones

Ref.: Circular
RUNOR 1-1919:
Régimen Informativo Contable Mensual Grandes
exposiciones al riesgo de crédito. Modificaciones
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Nos dirigimos a Uds. Para hacerles llegar en anexo la hoja que corresponde reemplazar en la Sección 65. de Presentación de Informaciones al Banco Central, en función de las modificaciones introducidas por la Comunicación A 8317.
En tal sentido, se destaca la incorporación en el archivo “GRUPOCONT.TXT” del campo “CUIT Controlante última” y la adecuación del control de validación 301 con vigencia para las
informaciones correspondientes a setiembre 2025.

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Com. A 8317 BCRA. Circular CONAU 1-1693: Régimen Informativo Contable Mensual “Grandes exposiciones al riesgo de crédito” (R.I. – G.E.). Adecuaciones.

Ref.: Circular
CONAU 1-1693:
Régimen Informativo Contable Mensual “Grandes
exposiciones al riesgo de crédito” (R.I. – G.E.).
Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el régimen
informativo de la referencia.
Al respecto, se incorpora como dato a informar la CUIT de la “Controlante última”, es
decir, de la entidad que ocupa la posición más alta en la estructura de control del grupo de contrapartes conectadas informadas en este régimen, independientemente de que ésta sea asistida o no
por la entidad financiera reportante.
Las presentes modificaciones tienen vigencia a partir de las informaciones correspondientes a septiembre del corriente.
Asimismo, se acompañan las hojas que corresponden reemplazar en el texto ordenado
del presente régimen informativo.
Oportunamente se difundirán las Instrucciones Operativas que complementan la presente.

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jueves, 4 de septiembre de 2025

Remesas: un flujo financiero en caída

Las remesas, uno de los pilares de ingreso externo en varios países de América Latina, mantienen una tendencia negativa. En julio de 2025, ingresaron en México 5.330 millones de dólares, una caída de 4.7% anual, con lo que se acumulan cuatro meses consecutivos de retrocesos.

Entre enero y julio, el flujo sumó 34,889 millones de dólares, monto 5.5% menor al mismo periodo de 2024 y por debajo incluso de 2023, según un informe que dio a conocer BBVA México. Para el sector financiero, el dato no es menor: se reduce el volumen de dólares que entran al sistema bancario y se acentúa la presión sobre intermediarios y proveedores de servicios de envío.

Según datos que publicó el Financial Times se proyecta un retroceso acumulado de 12% en remesas hacia El Salvador, Honduras, Guatemala y Nicaragua entre 2025 y 2026.

Un golpe doble: menos dólares y un peso más fuerte

La contracción no solo responde a menor número de envíos. En julio se registraron 12.8 millones de operaciones, una baja de -8% anual. Aunque la remesa promedio creció a 416 dólares (+3.7%), no compensó el volumen perdido.

Además, la apreciación del peso ha reducido el poder de compra de los hogares receptores. Mientras que en 2024 el dólar rondaba los 20 pesos, en julio de 2025 se cotizó en promedio en 18.71 pesos. Ajustado por inflación, los hogares recibieron 4.8% menos en términos reales que un año antes.

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Fraude: nuevas rutas del delito financiero

En el marco del Fintech Summit Américas, un panel de especialistas en ciberseguridad y servicios financieros analizó la transformación del fraude digital. La conversación, moderada por Raúl Parra (DPL News), reunió a Lorena Bravo (Google), Miguel González (Sumsub) y Alberto Amezquita (Banamex).

5 claves para pensar estrategias

  1  El fraude sintético: el engaño hiperpersonalizado por IA

Lorena Bravo explicó cómo los ciberdelincuentes utilizan inteligencia artificial para crear escenarios falsos pero altamente creíbles. Desde los videojuegos y plataformas como Roblox hasta supuestos mensajes de servicios financieros (avisos de deudas, ofertas de créditos), los fraudes se apoyan en modelos de lenguaje avanzados capaces de imitar emociones, rutinas y hábitos de consumo.

2 El fraude post-incorporación: la amenaza agazapada

Miguel González subrayó que el foco no está solo en la apertura de cuentas, sino en el uso posterior. Existen redes de criminales que detectan las vulnerabilidades de las empresas, y las explotan desde cualquier lugar del mundo. Se verifican dos tendencias que se expanden:

  • “Friendly Fraud”: El fraude amistoso, a veces llamado fraude de contracargo, que es cuando el titular de una tarjeta identifica una compra como fraudulenta en su extracto de transacción y la disputa, lo que desencadena el proceso de contracargo.
  • Robo de cuentas: delincuentes que logran acceder a cuentas legítimas ya verificadas si no hay tecnologías que puedan detectar anomalías.
  •  Clave: la detección de patrones anormales en tiempo real y la autenticación dinámica se vuelven indispensables.

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Com. A 8316 BCRA. Circular LISOL 1-1117: Posición Global Neta de Moneda Extranjera. Actualización.

Ref.: Circular
LISOL 1-1117:
Posición Global Neta de Moneda Extranjera. Actualización.
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Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las
oportunamente provistas, corresponde incorporar en el texto ordenado sobre Posición Global Neta
de Moneda Extranjera en función de las disposiciones divulgadas por las Comunicaciones A 8302–punto 2.– y 8311 –punto 3.–.
Se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamiento y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

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COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 1083/2025. Oferta de acciones como Oferta Pública con Autorización Automática por su Bajo Impacto. Sustituyen el artículo 169 de la Sección XVI del Capítulo V del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustituir el artículo 169 de la Sección XVI del Capítulo V del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“DEFINICIÓN.

ARTÍCULO 169.- Se considerará una oferta de acciones como Oferta Pública con Autorización Automática por su Bajo Impacto, que tendrá autorización automática de oferta pública, cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:

1) La oferta sea realizada, y efectivamente colocada, por un Emisor pudiendo contar con la participación de una cantidad ilimitada de Agentes Registrados que actúen como agentes de colocación y distribución.

2) Sólo podrán participar, como compradores, en la colocación primaria y en la negociación secundaria Inversores Calificados, sin limitación de número. Los accionistas del Emisor, que lo fueran con anterioridad a la oferta, podrán participar, como compradores, exclusivamente en la colocación primaria y, como vendedores, tanto en la colocación primaria como en la negociación secundaria, sin limitaciones siempre que la contraparte sean Inversores Calificados. Ninguna de estas limitaciones será aplicable a aquellas emisoras que se encuentren autorizadas a la oferta pública bajo el Régimen General en tanto y en cuanto cumplan con el régimen informativo previsto en dicho régimen, por lo que podrán participar, en la colocación primaria y en la negociación secundaria, Inversores no Calificados, sin limitación de número.

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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO – Resolución General 5752/2025. Procedimiento. Operaciones económicas concertadas entre residentes en el país y representantes de sujetos o entes del exterior. Régimen de información. Resolución General Nº 3.285 y su modificatoria. Su abrogación.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Abrogar las Resoluciones Generales Nros. 3.285 y 3.364, sin perjuicio de su aplicación a los hechos acaecidos durante sus respectivas vigencias.

ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el 1 de septiembre de 2025.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

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INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL – Resolución 1910/2025. Notificaciones por TAD.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Las notificaciones a cooperativas y mutuales que practica el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL en todos sus procesos y procedimientos administrativos, se realizan mediante la Plataforma Electrónica de “Trámites a Distancia” (TAD) del modo establecido en los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 2968/2019 (RESFC-2019-2968-APN-DI#INAES).

ARTICULO 2º.- Se exceptúan de las prescripciones establecidas en el ARTICULO 1º las notificaciones: a) en las que otra norma de carácter general, a través de un procedimiento especial, instituya una modalidad distinta, b) en las que a través de un acto de alcance particular así se decida, mediante decisión fundada del órgano competente, c) que se practican sobre los trámites de solicitudes de otorgamiento de personería jurídica, las que se efectúan del modo contemplado en el artículo 1º de la Resolución Nº 426/2022 (RESFC-2022-426-APN-DI#INAES).

ARTÍCULO 3°.- Las cooperativas y mutuales que a la fecha del dictado de la presente no cuenten con un perfil generado en la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD), deberán proceder a su creación y a constituir su domicilio electrónico en esa plataforma ingresando al link: https://tramitesadistancia.gob.ar/, en el término de 30 (TREINTA) días corridos desde la entrada en vigencia de la presente. Las entidades que así no lo efectúen, se las tendrá por notificadas, en lo sucesivo, de todo acto y/o documento correspondiente a procesos y procedimientos en trámite ante este Organismo, en los términos del artículo 42 del Decreto 1759/72 (T.O. 2017)

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PODER EJECUTIVO – Decreto 629/2025. Paradas de diarios.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Las paradas de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, previa registración como operador postal ante el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado, que será en tal caso el sujeto responsable por la prestación del servicio ante el usuario y la Autoridad de Aplicación del régimen postal, para realizar las siguientes actividades: a) Entrega de correspondencia general; b) Entrega de papelería, paquetería, servicio de guarda, depósito y entrega de productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico y c) Entrega de tarjetas de crédito y débito, Documentos de Identidad y Pasaportes.

ARTÍCULO 2°.- Derógase el Decreto N° 1025 del 4 de noviembre de 2000 y su modificatorio.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Descargar Completo Decreto 629/2025