CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Conjunta Nº 671 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y
Nº 267 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 11 de septiembre de 2014 y sus modificaciones, fue creado el
Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, con el
objeto de estimular la demanda de bienes y de servicios, mediante el otorgamiento de facilidades de financiamiento
a plazo, dirigidas a los usuarios y consumidores, para la adquisición de bienes y servicios de diversos sectores de
la economía seleccionados por la actual SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR en su calidad de Autoridad de
Aplicación, conjuntamente con la actual SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y
GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, ambas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que, asimismo, se estableció que dicho Programa regirá en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, con
los alcances establecidos en la precitada medida y en las normas que dicte la Autoridad de Aplicación.
Que, en ese marco, se dispuso que las entidades públicas o privadas que presten servicios financieros, los
comercios y los prestadores de los servicios alcanzados por el referido Programa podrán, en el ámbito de sus
respectivas incumbencias, adherirse, mediante las vías y en los términos que, al efecto, se establezcan por la
presente.
