
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 938 del 12 de
noviembre de 2020 fue creado, en el ámbito de esta Cartera de Estado, el “Programa REPRO II”, que consistirá en
una suma dineraria individual y fija a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las
remuneraciones a cargo de las empleadoras y los empleadores adheridos al Programa, de acuerdo a lo establecido
en dicha normativa.
Que conforme la dinámica de la implementación del Programa REPRO II, resulta pertinente establecer precisiones
y aclaraciones con relación a los empleadores y empleadoras que accedan al beneficio de dicho programa.
Que por el artículo 20 de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº 938/2020 se facultó a la SECRETARIA DE TRABAJO a dictar las normas reglamentarias y complementarias de
dicha resolución.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
ha tomado la intervención de su competencia.