lunes, 20 de diciembre de 2021

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES Resolución 140/2021 y Anexo Aprueban el modelo de Adenda N° 1 al “CONTRATO DE FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE CAPITAL EMPRENDEDOR (FONDCE)

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de Adenda N° 1 al “CONTRATO DE FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO
FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE CAPITAL EMPRENDEDOR (FONDCE)”, a ser suscripto entre la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, como representante del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO en su carácter de fiduciante, y el BICE FIDEICOMISOS S.A., en
calidad de fiduciario, que como Anexo (IF-2021-111226437-APN-SSE#MDP) forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES Resolución 139/2021 – Sustituyen el inciso 1 del Artículo 14 del Anexo de la Resolución Nº 21 de fecha 15 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias,

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el inciso 1 del Artículo 14 del Anexo de la Resolución Nº 21 de fecha 15 de abril de
2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO y sus modificatorias, por el siguiente:
“ARTÍCULO 14 – PLAN DE CUENTAS.
1. El plan de cuentas y las técnicas de imputación contable deberán respetar las normas contables profesionales
vigentes. En relación a la presentación de estados contables en moneda homogénea, procederá para los ejercicios
económicos que se inicien a partir del día 1 de enero de 2023.
2. Las SGR deberán regirse, como mínimo y en todos los casos, por el Manual y Plan de Cuentas que surge del
Anexo 6 de la presente. Serán de aplicación obligatoria la siguiente discriminación y apertura de cuentas: activos,
pasivos, patrimonio neto y resultados deberán distinguirse entre SGR y Fondo de Riesgo, consolidando el total de
cada rubro de la sociedad. Los estados contables de los FAE que eventualmente administre deberán presentarse
discriminando las cuentas anteriormente citadas.
Será obligación de las SGR implementar el Manual y Plan de Cuentas dentro del plazo de NOVENTA (90) días
computados desde la entrada en vigencia de la presente.
3. Los rendimientos del Fondo de Riesgo deberán desglosarse de acuerdo a la normativa vigente, conforme la
clasificación de inversiones.
4. Asimismo, deberán constar en notas a los estados contables las previsiones calculadas abiertas por tipo de
contragarantías y plazos de mora, detalle de las cuentas de orden – deudores por garantías afrontadas
previsionados al CIEN POR CIENTO (100 %) y el detalle de los saldos pendientes de cobro cuya gestión de
recupero se ha desistido.
5. La SGR deberá contar con cuentas independientes a las de la Sociedad para realizar todas las operaciones
referidas a la administración del Fondo de Riesgo”.

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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Resolución 918/2021 – Programa Desarrollo Productivo PyME

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 4° de la Resolución Nº 585 de fecha 21 de septiembre de 2021 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO por el siguiente:
“ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será financiado por el Fondo
Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), que destinará el monto máximo de PESOS OCHO MIL
OCHOCIENTOS MILLONES ($ 8.800.000.000) para la presente Convocatoria

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 2° del Anexode la Resolución Nº 585/21 del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, de las Bases y Condiciones del “PROGRAMA DESARROLLO PRODUCTIVO
PYME”, por el siguiente: “ARTÍCULO 2°.- Convocatoria

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viernes, 17 de diciembre de 2021

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN Resolución 685/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórese como inciso g) del Punto 25.4.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora
(t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), el
siguiente texto:
“g) Solicitud de baja a través del acceso a un link dentro de la página web o aplicación móvil de la aseguradora.
Dicho link deberá ser de primer acceso e identificable fácilmente. Este mecanismo de solicitud de rescisión del
contrato es de aplicación obligatoria para las pólizas que fueran contratadas a través de medios electrónicos y que
correspondan a las ramas: Automotores, Motovehículos, Combinados, Robo y Riesgos Similares, Cristales,
Riesgos Varios y Accidentes Personales.”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el párrafo último del Punto 25.4.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora
(t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), por el
que se transcribe a continuación:

“Para el caso de los incisos e), f) y g) el comprobante de rescisión deberá ser entregado o puesto a disposición del
tomador y/o asegurado a través de los medios establecidos en el inciso c) del punto 25.3.1.”

Descargar Resolucion 685-2021

 

La SSN realizó modificaciones en su Reglamento para agilizar la aprobación de Planes

El Punto 23 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) se vio afectado por una serie de modificaciones que aportan cambios beneficiosos en la dinámica de aprobación y autorización de productos.

Mediante Resolución SSN N° 850/2021 recientemente dictada, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) realizó una serie de modificaciones al punto 23 del RGAA con el objetivo de actualizar los requisitos de admisibilidad de los diferentes trámites de aprobación de planes como así también potenciar su presentación a través del sistema de Pautas Mínimas por parte de las entidades Aseguradoras.

Descargar Resolucion 850-2021

Descargar Reglamentacion Pto 23

 

jueves, 16 de diciembre de 2021

Pagos con QR: Edenor se convierte en primera empresa de servicios en aplicarlo en facturas

La compañía de distribución de energía permite ahora abonar las facturas escaneando con billeteras digitales los códigos QR. Cómo hacerlo.

Edenor se convirtió en la primera empresa de servicios de Argentina en implementar el QR interoperable. Esta nueva función permitirá a los clientes poder pagar sus facturas con billeteras electrónicas escaneando el código QR que encontrarán en las mismas.

De esta forma, EDENOR acompaña la iniciativa Transferencias 3.0 del Banco Central de la República Argentina (BCRA) que terminó de implementarse de forma definitiva el pasado 29 de noviembre.

“Está nueva herramienta se suma a los procesos de digitalización y transformación tecnológica que viene realizando la compañía en los últimos años para mejorar la calidad del servicio y atención de sus clientes“, explicaron desde la empresa.

Facturas interoperables

Las facturas con QR interoperable ya comenzaron a llegarle a los clientes de Edenor desde principio de diciembre.

Actualmente las billeteras electrónicas disponibles para pagar son Mercado Pago, MODO, Tap y ANK, a las que se irán sumando otras en los próximos meses.

Ventajas de nueva modalidad de pago

  • Permite pagar en efectivo, pero desde un teléfono.
  • Reemplaza el uso de efectivo.
  • Es fácil, seguro, rápido y gratuito.
  •  La transferencia de dinero es en forma inmediata.
  •  No es necesario entregar tarjeta ni firmar comprobantes

Cómo se usa el QR interoperable

  •  Elegir la aplicación a usar (billetera electrónica o banco).
  •  Escanear el código QR de la factura.
  •  Seleccionar el método de pago (saldo en billeteras, saldo en cuenta bancaria, tarjetas de débito o crédito) y confirmar la operación.
  •  Pagar el saldo total.

Fuente: El Cronista publicado el 13/12/2021

Por qué Mastercard está incorporando las criptomonedas a su red

Cualquiera que sea tu opinión sobre las criptomonedas — desde un fanático empedernido hasta un total escéptico —, el hecho es que estos activos digitales se están convirtiendo en una parte cada vez más importante del mundo de los pagos.

Actualmente, estamos siendo testigos de este hecho en la red de Mastercard, con personas que utilizan sus tarjetas para comprar criptoactivos, especialmente durante el reciente aumento del valor del Bitcoin. También estamos viendo que los usuarios aprovechan cada vez más las tarjetas de criptomoneda para acceder a estos activos y convertirlos en monedas tradicionales que pueden gastar.

Para ser claros, estos datos no son de ningún individuo — son anónimos y en conjunto — pero la tendencia es inconfundible.

Ahora mismo, nos estamos preparando para el futuro de las criptomonedas y los pagos anunciando que este año Mastercard empezará a admitir criptomonedas selectas directamente en nuestra red. Este es un gran cambio que requerirá mucho trabajo. Seremos muy detallistas a la hora de decidir qué activos apoyamos, basándonos en nuestros principios sobre las monedas digitales, los que se centran en la protección del consumidor y el cumplimiento de la normativa.

Nuestra filosofía sobre las criptomonedas es sencilla:
se trata de elegir.

Nuestra filosofía sobre las criptomonedas es sencilla: se trata de elegir. Mastercard no está aquí para recomendarte que empieces a usar criptomonedas; estamos aquí para permitir que clientes, comerciantes y empresas muevan el valor digital – tradicional o cripto – como quieran. Debería ser tu elección, es tu dinero.

Este trabajo creará muchas más posibilidades para los compradores y comerciantes, permitiéndoles realizar transacciones con una forma de pago totalmente nueva. Este cambio puede acercar a los comerciantes a nuevos clientes que ya acuden en masa a los activos digitales, así como también ayudar a los vendedores a generar fidelidad entre los clientes existentes que desean esta opción adicional.  Ahora los clientes podrán ahorrar, guardar y enviar dinero de nuevas formas.

Queremos ayudar a que estos conceptos prosperen y alcancen su potencial, al tiempo que desarrollamos y fomentamos las barreras necesarias.

“Estamos aquí para permitir que clientes, comerciantes y empresas muevan el valor digital — tradicional o cripto — como quieran. Debería ser tu elección, es tu dinero”.

Para ser completamente claros, no todas las criptomonedas actuales serán compatibles con nuestra red. Aunque las stablecoins están más reguladas y son más fiables actualmente que en el pasado, muchos de los cientos de activos digitales en circulación todavía tienen que reforzar sus medidas de cumplimiento, por lo que no cumplirán nuestros requisitos. Esperamos que los consumidores y el ecosistema en su conjunto empiecen a agruparse en torno a los criptoactivos que ofrecen fiabilidad y seguridad. Son esas mismas stablecoins las que esperamos incorporar a nuestra red.

¿Qué buscamos?
Cuatro elementos clave.

Lo primero y más importante es la protección de los consumidores, incluyendo la privacidad y la seguridad de su información; es ese mismo nivel de seguridad el que la gente espera de sus tarjetas de crédito. A continuación, serán necesarios protocolos de cumplimiento estrictos, como el de “Conozca a su cliente”, un requisito destinado a acabar con las actividades ilegales y el fraude en las redes de pago. Además, estos activos digitales deben cumplir las leyes y normativas locales de las regiones en las que se utilizan.

Por último, la gente querrá utilizar estos activos digitales para realizar pagos, por  lo que ese es también uno de nuestros criterios. Para llegar a nuestra red, los criptoactivos tendrán que ofrecer la estabilidad que la gente necesita de un medio para gastar, no para invertir.

Ya estamos trabajando arduamente para ofrecerle al consumidor las criptomonedas como una opción. El año pasado nos asociamos con Wirex y BitPay para crear cripto-tarjetas que permiten a los usuarios realizar transacciones con sus criptomonedas. Este año hemos ampliado estas colaboraciones uniendo fuerzas con LVL, una bolsa de criptomonedas emergente. Estas relaciones — con muchas más previstas — se basan en nuestros muchos años de colaboraciones con las criptomonedas.

En todos estos casos, las criptomonedas siguen sin circular por nuestra red. Nuestros socios de criptomonedas convierten los activos digitales en monedas tradicionales y luego las envían a través de la red de Mastercard. Nuestro cambio a apoyar los activos digitales directamente permitirá que muchos más comerciantes acepten criptomonedas, una capacidad que actualmente está limitada por los métodos exclusivos de cada activo digital. Este cambio también eliminará las ineficiencias, permitiendo que tanto los consumidores como los comerciantes eviten tener que convertir cripto-monedas y monedas tradicionales de un lado a otro para hacer compras.

Además de este trabajo, Mastercard colabora activamente con varios de los principales bancos centrales del mundo que están revisando planes para lanzar nuevas monedas digitales, denominadas CBDCs, para ofrecer a sus ciudadanos una nueva forma de pagar. El año pasado, creamos una plataforma de prueba para que estos bancos utilizaran estas monedas en un entorno simulado. Aprovechando nuestra profunda experiencia en tecnologías de pago, esperamos continuar estas asociaciones con los gobiernos y así ayudarles a explorar las mejores formas de desarrollar estas nuevas monedas.

Con 89 patentes de blockchain concedidas en todo el mundo y otras 285 solicitudes de blockchain pendientes globalmente, ya tenemos uno de los mayores portafolios de patentes de blockchain de la industria de pagos al que recurrir para que estos proyectos tengan éxito.

Nos sentimos muy inspirados por el trabajo que se está llevando a cabo en el mundo de los pagos — en la banca, en las fintechs emergentes, en las criptomonedas — para impulsar el cambio. Estamos haciendo todo lo posible para preparar el terreno para que estos actores den el siguiente paso adelante.

RAJ DHAMODHARAN, vice presidente ejecutivo de Activos Digitales, Productos Blockchain y Asociaciones

Fuente: Mastercard

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES Resolución 131/2021 Prorrogan hasta las QUINCE HORAS (15:00 hs.) del día 31 de enero de 2022 el plazo de la Convocatoria.

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES
Resolución 131/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta las QUINCE HORAS (15:00 hs.) del día 31 de enero de 2022 el plazo de la
Convocatoria “Emprender con Perspectiva de Género”, aprobada por la Resolución N° 107 de fecha 15 de octubre
de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital   Emprendedor (FONDCE)

Descargar Resolucion 131-2021

miércoles, 15 de diciembre de 2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7417/2021 10/12/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: Circular LISOL 1-960: Posición global neta de moneda extranjera. Actualización.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia en función de lo dispuesto en el punto 11. de la Comunicación “A” 7416 y una aclaración normativa

Descargar BCRA Comunicacion A7417

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7410/2021 25/11/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO, A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN, A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORA DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICOS.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,
A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN,
A LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE REDES DE CAJEROS AUTOMÁTICOS,
A LAS INFRAESTRUCTURAS DEL MERCADO FINANCIERO:

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia en función de la actualización de su punto 5.2.1

Descargar BCRA Comunicacion A7410