lunes, 8 de agosto de 2022

Banking Newsletter de novedades financieras

En julio ´22, la tasa de corte informada para los bonos senior en
pesos promedió 54,5%, lo que representa un aumento de 699
bps respecto al mes anterior.

El rendimiento esperado del título (considerando la tasa de
corte informada y la Tasa Badlar informada en el día de la
colocación) para los bonos senior promedió 65,11%, un
aumento de 26 bps respecto al mes anterior. De este modo, el
spread sobre la Tasa Badlar fue positivo en 0,26%.

Durante julio no se registraron emisiones en dólares.

Respecto a las emisiones de cupón variable en pesos, el 44%
registró una duration inferior a los 5 meses, 56% se ubicó en el
rango de duration de 5 a 10 meses y no se registraron
emisiones por encima de los 10 meses.

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viernes, 5 de agosto de 2022

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – Acordada 20/2022

ACORDARON:

1. Aprobar el uso del Expediente Electrónico Administrativo en el ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante el uso del Sistema de Gestión de Expedientes Administrativos –SGEA-, el que tendrá la misma validez que su equivalente en versión papel.

2. Establecer que, en todos los casos, la conformidad prestada en el SGEA por el agente o funcionario interviniente en el marco de las actuaciones que integran el expediente electrónico, tendrá el mismo alcance que las actuaciones suscriptas de forma ológrafa, no siendo necesaria la utilización del soporte papel, quedando lo resuelto en soporte electrónico, cuyo almacenamiento y resguardo estará a cargo de la Dirección de Sistemas del Tribunal.

3. Encomendar a la Dirección de Sistemas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación la elaboración y coordinación del plan de implementación progresiva del servicio que aquí se dispone.

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – Acordada 19/2022

ACORDARON:

1º) Modificar el punto 1° de la Acordada n° 13/97, y en consecuencia fijar el arancel en la suma de pesos seis mil seiscientos ($ 6.600)- a partir del día siguiente de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, para la realización de los dictámenes periciales efectuados por el Cuerpo Médico Forense, Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales, Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales y peritos tasadores, ello de conformidad con lo dispuesto en aquella y en las Acordadas 40/97 y 27/01, todas las cuales forman integrante de la presente.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunique; se publique en la página WEB de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en el Boletín Oficial de la República Argentina; y se registre en el libro correspondiente, de lo que doy fe.

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – Acordada 18/2022

ACORDARON:

1º) Modificar el punto 1° de la Acordada 29/95, y en consecuencia arancelar a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina, -en las sumas que se determinan para cada caso- las siguientes solicitudes, con excepción de las provenientes de los Poderes del Estado Nacional, Provincial o Municipal, efectuadas por personal que acredite actuar en representación:

a) Inscripción de peritos, síndicos y martilleros, y abogados de la matrícula federal (ley 22192) -pesos dos mil quinientos ($ 2.500)-.

b) Denuncias formuladas por particulares ante el Cuerpo de Auditores Judiciales: pesos quinientos ($ 500)-. En caso de ser admitida la veracidad de los hechos puestos en conocimiento de la Corte, el importe será reintegrado al denunciante.

c) Expedición de certificados y testimonios – pesos quinientos ($ 500)-, sin perjuicio de la excepción contemplada por la Acordada 50/95, para el caso de que los soliciten las partes o los auxiliares de la justicia.

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COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 938/2022 / PROYECTO DE RG S/EMISORAS QUE ELABORAN EEFF EN MONEDA FUNCIONAL DISTINTA A LA MONEDA DE CURSO LEGAL – POLÍTICAS CONTABLES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N° 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación sobre “PROYECTO DE RG S/EMISORAS QUE ELABORAN EEFF EN MONEDA FUNCIONAL DISTINTA A LA MONEDA DE CURSO LEGAL – POLÍTICAS CONTABLES”, tomando en consideración el texto contenido en el Anexo I (IF-2022-79000458-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Designar a la Contadora María Cecilia ACUÑA MIGUEZ para dirigir el procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” conforme al Decreto N° 1172/2003.

Descargar Completo Resolución General 938/2022

Descargar Completo Anexo 1

Descargar Completo Anexo 2

ESTUDIO SOBRE LAS CRIPTOMONEDAS Y LA EFECTIVIDAD DE LAS MEDIDAS IMPULSADAS POR LA CNMV

PRINCIPALES CONCLUSIONES
Conocimiento y penetración de criptomonedas

CONOCIMIENTO CRIPTOMONEDAS
• Tres de cada cuatro ciudadanos aseguran conocer las criptomonedas. En su mayoría son hombres y jóvenes menores de 34 años.
• El grado de conocimiento sobre las criptomonedas es bajo, dado que la mayoría afirma que los conoce de oídas, pero que desconoce este
mundo. El resto afirma tener fundamentos básicos o medios el tema y tan solo el 2% afirma poseer un conocimiento amplio sobre este tipo
de “monedas”.
• Se identifican tres canales principales por los cuales los entrevistados conocen por primera vez las criptomonedas: los medios generalistas
(TV, radio…), seguidos de la información que provee el entorno más cercano (familiares o amigos) y en tercer lugar, las redes sociales.
• Más de una tercera parte de los que conocen las criptomonedas no tiene una opinión formada sobre determinados aspectos que engloban
tanto su estructura como su funcionamiento.

PENETRACIÓN DE INVERSION EN CRIPTOMONEDAS
• El 6,8% de los entrevistados ha invertido en criptomonedas alguna vez, y esto se acentúa entre hombres y menores de 34 años. El 38% no
invierte en la actualidad pero sí lo hizo en el pasado, por lo que el 4,2% de los entrevistados posee alguna criptomoneda en la actualidad.
• De los inversores actuales, algo más de la mitad, el 52% lo hace de forma ocasional cuando se producen caídas en el valor de esta divisa o
dispone de dinero para invertir y, aproximadamente, el 10% invierte una cantidad de forma regular.
• La cantidad destinada a este tipo de inversión no supone en su mayoría más del 5% de su capital.
• Son las mujeres y mayores de 45 años los que menos intención tienen de invertir a corto o medio plazo, sin embargo, sí muestran cierta
predisposición a invertir en un futuro.

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Activos Virtuales: Otra Perspectiva Del Impacto De La Revolucion Digital

I. INTRODUCCIÓN
En el año 1989, el quebranto de los antiguos intermediarios con la creación de “World Wide Web
(www)” de Tim Berners brindó la oportunidad a los emprendedores de impulsar una revolución digital,
cuyo alcance no dejó indiferente a ningún sector o industria.
Esta situación se profundizó con el avance de Google, Facebook, Twitter, Instagram o WhatsApp.
Estas aplicaciones y navegadores Web cambiaron fundamentalmente los mecanismos de comunicación
al afectar el modo de interactuar de las personas, su forma de buscar información, de conectarse uno
con el otro.
Es un panorama que, sometido a análisis, ha permitido observar un mercado donde los productores
de contenidos se relacionan de modo directo con la audiencia y los anunciantes. Este fenómeno se ha
visto acrecentado por Ebay, Amazon o Mercado Libre -si tomamos un ejemplo regional-, que han transformado el comercio y la conexión entre quien vende y quien compra.

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jueves, 4 de agosto de 2022

REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS – Decreto 456/2022 / En relación con la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, aprobada por la Ley N° 25.164 y su reglamentación, aprobada por el Decreto N° 1421/02

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el REGLAMENTO DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS, que como ANEXO (IF-2022-70751207-APN-PTN) forma parte del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- El Reglamento que se aprueba por el presente decreto será de aplicación a los sumarios en trámite a la fecha de su entrada en vigencia, con excepción de los plazos en curso y las diligencias que hayan tenido principio de ejecución, los cuales se regirán por las normas hasta entonces vigentes.

ARTÍCULO 3º.- El Reglamento que por el presente se aprueba entrará en vigencia a los SESENTA (60) días corridos de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

Descargar Completo Decreto 456/2022

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Proponen modificar el Código Civil y Comercial para establecer la moneda de pago de los contratos en dólares

Un grupo de diputados de Juntos por el Cambio, junto con José Luis Espert, presentó un proyecto de ley para modificar el Código Civil y Comercial sobre la celebración y la moneda de pago de los contratos pactados en moneda extranjera.

En concreto, proponen cambiar los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial de la Nación para que aquellos contratos que se pactaron en dólares deban ser cumplidos entregando moneda extranjera.

Sostienen que la actual redacción del artículo 765 (que permite desobligarse de una deuda en dólares entregando su equivalente en pesos de acuerdo al cambio oficial) genera inconvenientes de toda índole, ya que “socava la seguridad jurídica de los contratos en moneda extranjera, perjudicando el buen funcionamiento de la economía en un entorno inflacionario en el que se ha hecho frecuente el uso del dólar americano para la denominación de contratos”.

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Boom de los medios de pago: ¿la nueva industria de moda? – El Cronista

Potenciada por la innovación tecnológica, la industria de medios de pagos sigue creciendo, con especial atención en las transacciones digitales y los nuevos recursos con los que las empresas cuentan actualmente.

¿Podemos decir que es la industria de moda? Es la pregunta que da comienzo a la entrevista de El Cronista junto a Mario Rivas, director de IT en Fiserv para Argentina y Uruguay, y Néstor Ayala, socio Tech Consulting en EY para la Industria de Servicios Financieros.

“Sin dudas. Durante la última década todo lo relacionado con medios de pagos ha sido muy relevante a nivel mundial por facilitar el intercambio comercial a través de innovaciones tecnológicas. El punto de inflexión se da ahora en la pandemia cuando todos apreciamos lo crucial que resulta el medio de pago electrónico para facilitar la vida comercial”, señala Mario Rivas.

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