miércoles, 26 de febrero de 2025

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – Decreto 137/2025. Nombramiento de jueces.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, al doctor Manuel José GARCÍA-MANSILLA (D.N.I. N° 21.389.235) en el cargo de juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Nómbrase en comisión, en los términos del artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, al doctor Ariel Oscar LIJO (D.N.I. N° 20.521.450) en el cargo de juez de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 3°.- Los nombrados en comisión por este acto, al momento de prestar juramento de acuerdo a lo previsto en el artículo 112 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, deberán cumplir las formalidades para el ejercicio del cargo.

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

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CriptoNews 2025 Edición 2

#1

Caída cripto

Al cierre de esta edición, las principales criptomonedas sufrieron una fuerte corrección, seguramente influenciada por el hackeo de Bybit y tamibién por la amenaza de aranceles del presidente estadounidense Donald Trump. El Bitcoin cayó por debajo de los 91.000 dólares por primera vez en más de un trimestre, mientras que Ethereum descendió hasta los 2.461,52 dólares, su nivel más bajo desde el 3 de febrero pasado.

#2

Audiencia clave por los activos digitales

Bitcoin podría experimentar alta volatilidad esta semana debido a eventos clave: la Bitcoin Investor Week, reportes financieros de empresas mineras y tecnológicas, una audiencia legislativa en EE.UU. y el vencimiento de opciones por $5.1 billones. Estos factores podrían impactar la confianza y el precio del activo.

La Bitcoin Investor Week comienza el 24 de febrero en Nueva York, reuniendo a inversionistas institucionales y expertos de la industria. Durante el evento, se discutirán tendencias del mercado, adopción institucional y el impacto de la regulación, lo que podría influir en el precio de bitcoin.

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Fintech crisis: la inversión cae a su nivel más bajo en siete años

El sector fintech enfrentó un 2024 desafiante, porque la inversión global cayó a su nivel más bajo en siete años.

De acuerdo al informe Pulse of Finech H2’24 Global analysis of fintech funding elaborado por KPMG y recientemente difundido, la financiación en fintechs solo alcanzó los $95.6 mil millones en todo el mundo, una cifra que no se veía desde 2017.

Factores como la incertidumbre macroeconómica, los conflictos geopolíticos y la cautela de los inversionistas ante un entorno de salidas (exits) poco favorables, han llevado a este declive.

Un 2024 marcado por la cautela y crisis

A lo largo del año, la inversión en fintechs fue disminuyendo progresivamente. En el primer semestre se registraron $51.7 mil millones en inversiones, mientras que en el segundo semestre la cifra cayó a $43.9 mil millones.
Esta tendencia negativa ha impactado a todas las regiones, con América liderando la captación de fondos con $63.8 mil millones, seguida por Europa, Medio Oriente y África (EMEA) con $20.3 mil millones y Asia-Pacífico con $11.4 mil millones.

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Asesoramiento financiero impulsado por IA

En un mundo que nunca se detiene y en el que los clientes operan las 24 horas del día con sus instituciones financieras, la demanda de herramientas y servicios está en su punto más alto.

Dado que gran parte del rol de un asesor financiero se centra en la necesidad de mantener relaciones de confianza, el asesoramiento financiero impulsado por inteligencia artificial (IA) está sumando una herramienta positiva para que bancos y fintech fidelicen clientes, a través de soluciones más personalizadas y eficientes.

Según Statista, los activos bajo gestión en el mercado de Robo-Advisors superarán los 2 billones de dólares en 2025.
El monto total proyectado para 2029 es de 2.38 billones de dólares, con un número de usuarios que superará los 34 millones. A nivel global, se observa que el mayor volumen de activos bajo gestión se alcanzará en los Estados Unidos.

Recientemente, N5, la fintech brasileña enfocada en Open Finance, recaudó 20 millones de dólares para invertir en agentes de IA para bancos.

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Texto ordenado al 27/12/24 – CAPITALES MÍNIMOS DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

1.1. Exigencia.
La exigencia de capital mínimo que las entidades financieras deberán tener integrada será
equivalente al mayor valor que resulte de la comparación entre la exigencia básica y la suma de
las determinadas por riesgos de crédito, de mercado –exigencia por las posiciones diarias de
los activos comprendidos– y operacional.

1.2. Exigencia básica.
Según la clase de entidad, serán las siguientes exigencias básicas:


Las compañías financieras que realicen, en forma directa, operaciones de comercio exterior
deberán observar las exigencias establecidas para los bancos.

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martes, 25 de febrero de 2025

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Resolución General Conjunta 5651/2025. SEDI. Abrogación.

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución General Conjunta N° 5.429 del 9 de octubre de 2023 de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA y derogar los artículos 1° a 9°, 13 y 14 de la Resolución General Conjunta N° 5.466 del 22 de diciembre de 2023 y el artículo 1° inciso a) de la Resolución General Conjunta N° 5.478 del 10 de enero de 2024, de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Las declaraciones registradas a través del “Sistema Estadístico de Importaciones” (SEDI), conforme la Resolución General Conjunta N° 5.466 del 22 de diciembre de 2023 y su modificatoria de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, quedarán sin efecto a la fecha de entrada en vigencia de la presente.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general conjunta entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO – Resolución 20/2025. Derogaciones.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 85 de fecha 6 de septiembre de 2012, 146 de fecha 22 de noviembre de 2012, ambas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, 241 de fecha 25 de noviembre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, 246 de fecha 31 de agosto de 2016 y 243 de fecha 29 de marzo de 2017, ambas de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 545 de fecha 13 de septiembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y 1.709 de fecha 2 de octubre de 2023 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2°.- Derógase la Resolución N° 84 de fecha 5 de septiembre de 2012 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 3°.- Incorpórase al Ordenamiento Jurídico Nacional la Resolución MERCOSUR/GMC N° 21 de fecha 28 de septiembre de 2022 del GRUPO MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).

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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES – Resolución 103/2025. Modificar el ARTÍCULO 24º del Anexo I según IF-2024-85969743-APN-SGP#INCAA de la Resolución INCAA N° RESOL-2024-520-APN-INCAA#MCH. Selección de Proyectos.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modificar el ARTÍCULO 24º del Anexo I según IF-2024-85969743-APN-SGP#INCAA de la Resolución INCAA N° RESOL-2024-520-APN-INCAA#MCH, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 24°. El jurado dispondrá, como máximo, hasta TRESCIENTOS (300) días corridos para la selección de los guiones y la elaboración del acta según el puntaje establecido.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar el ARTÍCULO 23º del Anexo II según IF-2024-85969981-APN-SGP#INCAA de la Resolución INCAA N° RESOL-2024-520-APN-INCAA#MCH, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 23°. El jurado dispondrá, como máximo, hasta TRESCIENTOS (300) días corridos para la selección de los guiones y la elaboración del acta según el puntaje establecido.”.

ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

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INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES – Resolución 101/2025. REGISTRO PÚBLICO DE LA ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL. Funcionamiento.

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Modificar el ARTÍCULO 1° de la Resolución INCAA Nº RESOL-2022-551-APN-INCAA#MC por el siguiente: “ARTÍCULO 1º – Establecer que el REGISTRO PÚBLICO DE LA ACTIVIDAD CINEMATOGRÁFICA Y AUDIOVISUAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 57 de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) funcionará en el ámbito de la SUBGERENCIA DE EXHIBICIÓN Y FISCALIZACIÓN o la que en el futuro la reemplace.”.

ARTICULO 2° — Derogar el ARTÍCULO 4° de la Resolución INCAA N° RESOL-2022-551-APN-INCAA#MC.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Descargar Completo Resolución 101/2025