RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el Protocolo de Entrega de la COPIA A para los diferentes contenidos audiovisuales, conforme lo detallado en los Anexos I (IF-2025-49667098-APN-SGEYF#INCAA), II (IF-2025-39988931-APN-SGEYF#INCAA), III (IF-2025-39990656-APN-SGEYF#INCAA), IV (IF-2025-39992451-APNSGEYF#INCAA) y V (IF-2025-39993967-APN-SGEYF#INCAA), los cuales forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el procedimiento que contemple los requisitos a ser tenidos para la entrega de Copia A Versión Mejorada establecidos en el Anexo VI (IF-2025-50092894-APN-SGEYF#INCAA), la cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el Glosario incluido en el Anexo VII (IF-2025-39996268-APN-SGEYF#INCAA), la cual forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Determinar que la presentación de la COPIA A deberá, contar con el correspondiente Apto Técnico para su aceptación y tenerse por entregada en el Organismo y efectuarse dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente. El INCAA aceptará como máximo TRES (3) presentaciones: una entrega inicial y hasta DOS (2) rectificaciones en caso de que la copia sea observada. Luego de cada devolución, el presentante dispondrá de un plazo de TREINTA (30) días corridos, contados a partir de la notificación, para efectuar la rectificación correspondiente, en tanto que el INCAA contará con un plazo máximo de QUINCE (15) días corridos para la revisión y notificación en cada una de las presentaciones.
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