DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el procedimiento para la privatización total de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. bajo la modalidad de venta de la totalidad de las acciones de titularidad del ESTADO NACIONAL, cuyo porcentaje asciende al NOVENTA POR CIENTO (90 %) del capital social de dicha empresa, conforme lo establecido en el artículo 17, inciso 2) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la intervención de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”, adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de este decreto, debiendo concretar las siguientes acciones:
a. la venta de al menos el CINCUENTA Y UNO POR CIENTO (51 %) del total del paquete accionario de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. a un operador estratégico mediante el procedimiento de licitación pública de alcance nacional e internacional, en los términos del artículo 18, inciso 1) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias; y
b. la venta en bolsas y mercados del país del remanente de las acciones de titularidad del ESTADO NACIONAL en AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. que no haya sido vendido conforme al procedimiento establecido en el inciso a), de conformidad con lo previsto en el artículo 18, inciso 4) de la Ley N° 23.696 y sus modificatorias.
