martes, 17 de octubre de 2017

Semana Económica, 14/10/17

Editorial: Buscando la verdadera Argentina

Mientras en el mundo abundan las noticias alentadoras en materia económica, resulta muy difícil entender el humor de los Argentinos.

El Fondo Monetario Internacional, pronosticó un crecimiento de la economía global del 3,6% para 2017 y otro tanto para 2018, lo cual indica una dispersión de las nubes de estancamiento aparecidas en el año 2016, lo que se suma a las noticias alentadoras que vive América Latina con subas proyectadas de su PBI de 1,2% para 2017 y 1,9% para 2018 y en especial para Argentina que está obligada a crecer de manera sostenida luego de cinco años sin crecimiento durante más de un período anual.

Ya hablamos de Brasil en nuestra anterior edición que también empieza a empujar a la región con una expectativa de crecimiento de hasta 0,8% para 2017 y un crecimiento proyectado de 1,5% para 2018, lo que sin duda genera buenas expectativas de futuro luego de tanta incertidumbre.

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lunes, 9 de octubre de 2017

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA: CAMBIOS REGLAMENTARIOS.

A través de la RG 8/2017 la I.G.J. introdujon modificaciones que apuntan a mejorar los procedimientos y la accesibilidad al trámite. La nueva resolución, publicada el 6/10 en el Boletín Oficial, dispone modificaciones a la RG N° 6/2017:

  1. Instrumento constitutivo por escritura pública: Se habilita la firma digital de profesionales pertenecientes a cualquier jurisdicción, sin restricción a la Ciudad de Buenos Aires, a través del sistema firmador del Colegio de Escribanos que corresponda en cada caso.
  2. Documento electrónico: se habilita la firma electrónica de los socios, “debiendo el último de los socios en firmar, utilizar firma digital para suscribir y cerrar el documento con todas las propiedades y seguridades que brinda dicha firma digital. Si la SAS fuera unipersonal, la firma del socio único deberá ser digital”.
  3. Dictamen: en caso de ser emitido por escribano, el mismo podrá ser de la Ciudad de Buenos Aires o de la provincia de Buenos Aires. La firma deberá realizarla a través del sistema firmador del colegio correspondiente.
  4. Denominación social: la misma “no podrá ser igual o similar a otras ya existentes ni incluir términos o expresiones contrarias a la ley, el orden público o las buenas costumbres”. En la medida en que no se cumpla con lo dispuesto “los otorgantes serán responsables ante terceros por la denominación social elegida”.
  5. Objeto social: se introduce la industrialización entre las opciones de actividades previstas.
  6. Plazo de duración de la sociedad: en caso de no adoptar el plazo de duración previsto en el instrumento constitutivo modelo, se deberá incluir el plazo acordado por los socios.

RG IGJ_8-2017

Comunicación “A” 6336 BCRA – Asistencia crediticia a proveedores no financieros de créditos, adecuación

Se han sustituido las normas sobre “Asistencia crediticia a proveedores no financieros de crédito” por lo siguiente:

3.1. Empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra.

3.1.1. A partir de la notificación del incumplimiento detectado por esta Institución –cursada a la dirección de correo electrónico informada por dichas empresas–, contarán con un período de 30 días corridos para subsanarlo.

3.1.2. Una vez transcurrido dicho plazo, de persistir el incumplimiento, se restringirá su acceso al financiamiento de entidades financieras. A tal fin, se reflejará esa situación en el registro respectivo, mientras se mantenga vigente tal restricción.

3.1.3. Para dejar sin efecto la restricción prevista en el punto 3.1.2. se requerirá el envío de la información pendiente de presentación a la fecha de solicitud de regularización o de los 6 meses anteriores a esta última fecha, de ambos períodos el menor.

3.2. Otros proveedores no financieros de crédito.

3.2.1. A partir de la notificación del incumplimiento detectado por esta Institución –cursada a la dirección de correo electrónico de dichos sujetos–, contarán con un período de 30 días corridos para subsanarlo.

3.2.2. Una vez transcurrido dicho plazo, de persistir el incumplimiento, se restringirá su acceso al financiamiento de entidades financieras. A tal fin, se reflejará esa situación en el registro respectivo, mientras se mantenga vigente tal restricción.

3.2.3. Para dejar sin efecto la restricción prevista en el punto 3.2.2. se requerirá el envío de la información pendiente de presentación a la fecha de solicitud de regularización o de los 6 meses anteriores a esta última fecha, de ambos períodos el menor.

Cuando se trate de incumplimientos reiterados producidos en el lapso de un año calendario, el plazo previsto en los puntos 3.1.1. y 3.2.1. se reducirá a 15 días corridos –en la segunda oportunidad–, no siendo de aplicación para los casos detectados con posterioridad.”

A6336_Asistencia crediticia proveedores no financieros

Semana Económica, 07/10/17

La Macro:

  • La Alegría no es solo Brasilera.
    • Más allá de los repuntes claros que muestra la economía Argentina, en Brasil están intentando salir de la recesión más importante de los últimos 80 años.
    • Luego de tres años duros, la economía Brasilera anuncia un camino de recuperación con los dos primeros trimestres del año positivos en relación a los trimestres anteriores, pudiendo según las estimaciones terminar el año con una recuperación del 0,7% y con una proyección de crecimiento para 2018 de 2,5%, con un crecimiento del 20% de las ventas internas.

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lunes, 2 de octubre de 2017

Débito Inmediato (DEBIN)

El producto DEBIN, disponible en banca por internet, móvil y en los demás canales que disponga oportunamente el BCRA, permite concretar cobros de bienes y/o servicios mediante débito “en línea” en la cuenta del cliente bancario una vez que autorizó la operación, con crédito “en línea” en la cuenta del cliente receptor. El DEBIN requiere que el cliente bancario autorice la operación. Esta es la diferencia sustancial con el débito directo, en donde el cliente solicita a una entidad financiera que se realicen débitos directos en su cuenta para abonar servicios e impuestos periódicamente.

En el DEBIN, el cliente bancario recibirá una propuesta de débito por parte de un tercero, y a fin de proceder al pago en línea, deberá registrar la autorización del pago.

Estas medidas buscan brindar a los usuarios financieros funcionalidades para la realización ágil y sencilla de sus transacciones bancarias, en un marco de seguridad y eficiencia.