viernes, 14 de agosto de 2020

RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO Ley 27555

RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO
Artículo 1°- Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación
de la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares características, lo
permitan. Los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.
Artículo 2°- Incorpórese al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de
Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el siguiente texto:
Capítulo VI
Del Contrato de Teletrabajo
Artículo 102 bis: Concepto. Habrá contrato de teletrabajo cuando la realización de actos, ejecución de obras o
prestación de servicios, en los términos de los artículos 21 y 22 de esta ley, sea efectuada total o parcialmente en el
domicilio de la persona que trabaja, o en lugares distintos al establecimiento o los establecimientos del empleador,
mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación.
Los presupuestos legales mínimos del contrato de teletrabajo se establecerán por ley especial. Las regulaciones
específicas para cada actividad se establecerán mediante la negociación colectiva respetando los principios de
orden público establecidos en esta ley.

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jueves, 13 de agosto de 2020

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA- Resolución General 35/2020

CONSIDERANDO:
Que en el texto de los ARTÍCULOS 1° y 2° de la RESOLUCIÓN GENERAL IGJ N° 34/2020 se dispuso:
“ARTÍCULO 1º: A partir de la entrada en vigencia de esta resolución las asociaciones civiles en proceso de
constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas
que se constituyan, en cuanto estuvieren o quedaren comprendidas en el artículo 299, de la Ley N° 19.550, excepto
las abarcadas por los incisos 1°, 2° y 7°, las fundaciones con un consejo de administración de integración
temporaria y electiva y las Sociedades del Estado (Ley N° 20.705) deberán incluir en su órgano de administración, y
en su caso en el órgano de fiscalización, una composición que respete la diversidad de género, estableciendo una
composición de los órganos referidos que esté integrado por la misma cantidad de miembros femeninos que de
miembros masculinos. Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá
integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.
ARTÍCULO 2º: Lo previsto en el artículo precedente para todas las personas jurídicas allí referidas inscriptas ante
esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, deberá aplicarse para las designaciones de los
miembros de los órganos de administración, y en caso de corresponder de fiscalización, electos en cada
oportunidad de su designación con posterioridad a la entrada en vigor de esta Resolución.”

 

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miércoles, 12 de agosto de 2020

Cómo vas a usar WhatsApp para pagar por celular: el plan para expandirse en Argentina tras desembarcar en Brasil

Su llegada al mercado local hará temblar a las billeteras digitales, pero el mensajero más usado del mundo eligió al país vecino. ¿Qué falta para tenerlo?

La llegada de la billetera de WhatsApp a Brasil rápidamente retumbó en el mercado latinoamericano, donde la penetración de esta app es mucho más alta –cercana al 80% de la población– que el acceso a servicios financieros de calidad, que ronda el 50% en promedio.

Si bien Facebook, empresa dueña de la aplicación, no ofrece datos pormenorizados por país, desde la ONG Latinobarómetro Corporation aseguran a iProUP que ocho de cada diez  argentinos que posee un smartphone utiliza este servicio.

Con semejante masividad, la noticia repercutió tanto en tierras albicelestes como en la nación vecina, por su carácter revolucionario y mercado potencial. No es para menos: el territorio liderado por Jair Bolsonaro posee más de 120 millones de cuentas. Es decir, tres de cada cinco brasileños podrían efectuar transacciones a bajo costo y por debajo del radar del regulador monetario.

Los rumores de su llegada a la Argentina crecen minuto a minuto. El propio Mark Zuckerberg, CEO y fundador de Facebook, reveló más de una vez que su firma “está construyendo WhatsApp Pay” y espera que “comience a funcionar en varios países y que se progrese a pasos acelerados en los próximos seis meses”.

La iniciativa es tan revolucionaria (y el negocio tan multimillonario) que, como era de prever, surgen algunos obstáculos por sortear. En este sentido, el Banco Central de Brasil obligó a las tarjetas de crédito a suspender su cooperación con la app hasta que se analice su impacto sobre el sistema de pagos.

“El Banco Central fue contra Visa y Mastercard y el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) hizo lo propio apuntando contra Cielo (red equivalente a POSNet)”, afirma una fuente cercana a Facebook. “Es decir, fueron contra cada uno de nuestros socios. La regla que el Banco Central esgrimió es una reglamentación reciente, aprobada de apuro tras el lanzamiento”, añaden. Pero semanas más tarde, la autoridad monetaria del país vecino probó  este sistema y afirmó que los primeros ensayos dan cuenta de un “importante avance.

Lo cierto es que nada impedirá que la tecnología avance sobre los medios de pago. Tardará un poco más o un poco menos, pero inevitablemente sucederá. WhatsApp Pay está enfocada en los países emergentes. Comenzó en la India, ahora está siendo probada en Brasil y luego iniciará su expansión en Latinoamérica, con Argentina como próximo destino.

¿Es una billetera?

Desde Facebook explican a iProUP que esta modalidad no es exactamente un sistema de pagos móviles ni una billetera virtual.

“Se trata más bien de una plataforma que facilita las transferencias entre los usuarios“, aseguran a este medio. Se lo podría comparar con el modelo implementado por WeChat (considerado el “WhatsApp Chino”) y su sistema denominado Wallet: el cliente asocia una tarjeta de crédito para enviar y recibir dinero dentro del chat.

La herramienta es gratuita para los movimientos de dinero entre particulares. Demanda la creación de un PIN de seguridad especial de seis dígitos y la asociación de uno de los plásticos emitidos por los bancos que forman parte de esta primera instancia”, precisan desde WhatsApp a iProUP.

Entre los actores se destacan el Banco do Brasil, la entidad financiera más grande de Latinoamérica; y Nubank, la fintech más importante de occidente y mayor emisor de tarjetas en su país natal.

Algunas características: impone un límite diario de 1.000 reales (unos 200 dólares) para cada envío. Respecto a la recepción de fondos, el tope es 20 transacciones y 5.000 reales (u$s1.000) por mes.

“En los últimos días recibimos pedidos de 20 bancos para sumarse a la plataforma. También lo hicieron Netflix y Pago Seguro, que es la empresa que procesa el abono de los servicios de manera digital en Brasil”, detallan.

Los pagos son gratuitos para los usuarios, pero los comercios deben pagar una comisión

Los pagos son gratuitos para los usuarios, pero los comercios deben pagar una comisión

Si bien la plataforma es gratuita para los usuarios, no lo es para comercios, que deben abonar una comisión de 3,99% por transacción para utilizar esta modalidad. Sin embargo, previamente tienen que estar registrados en WhatsApp Business y aceptar Cielo, una red de adquirencia equivalente a POSNet en Argentina.

Sorteada la primera etapa, el envío y la recepción de dinero se efectúa mediante los chats (como si se tratase de una foto o video). Para ello hay que:

  1. Pulsar en el ícono del clip
  2. Seleccionar la opción realizar pagos
  3. Detallar el monto a enviar o recibir
  4. Enviar la información al contacto

Hay que destacar que sólo están autorizadas las transacciones dentro del país y en moneda local.

¿Y la Argentina?

Se sabe que Argentina es leading case en algunos lanzamientos, pero Brasil esta vez obtuvo una ventaja por su atractivo para rentabilizar rápido, gracias a su desarrollo digital, bancario y fintech.

Además, este tipo de desembarcos suelen efectuarse de manera escalonada: se estudian las experiencias de las diferentes etapas y escenarios en cada mercado, como un proceso de aprendizaje y ajuste, antes de llegar a nuevos países.

Ignacio Carballo, director del Ecosistema de Programas Fintech de la UCA, destaca que, antes de llegar a la Argentina, la compañía debe alinearse al sistema de pagos local e interactuar con los principales players. “Esta herramienta será implementada en Brasil, Argentina y México. El proceso toma algo de tiempo y deben cumplirse con formalismos exigidos en el país”, señala.

De esta forma, si el Banco Central equipara con un Proveedor de Servicios de Pago (PSP), como a las billeteras virtuales, WhatsApp Pay deberá:

  • Inscribirse en un registro que conforma la AFIP
  • Brindar datos en tiempo real al Banco Central, como lo hacen otras entidades financieras
  • Designar ejecutivos responsables de brindar determinados tipos de información
  • Recibir inspecciones en las instalaciones para verificar documentación

Más allá de estos requisitos, Carballo asegura que “recién en junio llegó a Brasil. La pandemia demoró un poco los tiempos, pero se entiende que están trabajando para desembarcar en Argentina“. En efecto, desde Mastercard afirmaron a iProUP que están trabajando con las autoridades para habilitar estas y otras formas de pago en el país.

Por su parte, Ariel Kaplan, Senior Partner & Managing Director de la consultora Brain Network, destaca a iProUP la importancia del aspecto regulatorio como factor a considerar por WhatsApp antes de la implementación de su herramienta de pagos a nivel local, sin perder de vista la crisis económica que atraviesa el país y los controles cambiarios.

“Para este tipo de lanzamiento, Brasil es más amigable que Argentina. Además, el mercado local está en formación y es más pequeño. También tiene sus complejidades particulares”, remarca.

En su visión, “la ecuación costo-beneficio para el lanzamiento no era la mejor en nuestro país. Pero, si finalmente es exitoso del otro lado de la frontera -como es de prever- terminará decantando solo en Argentina“.

Impacto local

La penetración de WhatsApp en Argentina es tan alta, y su uso tan generalizado, que es difícil imaginar que no vaya a convertirse en un player más que relevante dentro del ecosistema de pagos.

En esta lucha por conquistar a los usuarios, las billeteras digitales tradicionales serán las más perjudicadas y deberán buscar un nuevo valor agregado a su servicio para medirse contra la popular app y su herramienta de transferencia de dinero entre personas.

No hay que perder de vista el rol de los marketplaces y cómo se han consolidado las redes sociales en plena pandemia, gracias al uso por parte de los pequeños comercios para afrontar restricciones impuestas por la cuarentena. “En Argentinaesta pelea es todavía más significativa, sobre todo porque el negocio de los bancos es más chico”, resalta Kaplan.

Para Ariel Setton, economista y especialista en medios digitales, anteriormente el desafío a la hora de vender por tiendas virtuales viene siendo el método de pago que, muchas veces, terminaba realizándose en efectivo contra entrega, mediante una transferencia bancaria o por un link de pago o QR.

“Con WhatsApp, todo esto se transformará en algo mucho más simple‘adjuntar’ dinero en el chat y asociarlo a una tarjeta que estaría guardada de modo seguro en la plataforma”, dice a iProUP.

Pero no sería ésta la única ventaja, ya que si algo caracteriza a la app de Facebook es la popularidad. Al ser usada por 2.500 millones de personas en todo el planeta, ya hizo gran parte del trabajo: no tiene que salir a “cazar” usuarios.

Sin barreras de entrada. La gran oportunidad de WhatsApp es que es una plataforma familiar para la mayoría de los usuarios

Sin barreras de entrada. La gran oportunidad de WhatsApp es que es una plataforma familiar para la mayoría de los usuarios

“El salto es ínfimo. No hay que bajarse ninguna aplicación ni aprender a usar la herramienta“, reflexiona Carballo. Además, los consumidores estarían frente a la posibilidad de resolver el proceso de compra dentro de una misma plataforma, lo que lo volvería aún más sencillo.

Queda claro que los pagos mediante WhatsApp, entre particulares o como intercambio por un producto o servicio, ya están, como se dice, a la vuelta de la esquina. O, más precisamente, del otro lado de la frontera.

La clave para su inminente triunfo es la gran cantidad de usuarios que posee en este país y su familiaridad. “Quienes sepan cómo mandar una foto van a entender rápidamente como enviar dinero por esta vía”, coinciden los expertos consultados.

El caso brasileño demuestra cómo los principales players se dieron cuenta de que sería muy difícil luchar contra este nuevo producto y optaron por cooperar para ser partícipe de este sistema de pagos y, de esta manera, no quedarse afuera de la avanzada fintech de Facebook.

Fuente: iProUp publicado 12/08/2020.-

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA- Comunicación “A” 7081/2020

LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO,
A LAS AGENCIAS DE CAMBIO

Nos dirigimos a Uds. en relación con la Comunicación “A” 7080 relativa al régimen informativo de la referencia.
Al respecto, les hacemos llegar en anexo las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado de la Sección
23. de “Presentación de Informaciones al Banco Central”. . A continuación, les señalamos las principales
modificaciones:
– Adecuación de los puntos 23.2.1.9. inc. a) y c), 23.2.1.10, 23.2.1.11, 23.2.1.12 y 23.2.1.13 vinculados con la
incorporación de los conceptos B15 y B16.
– Adecuación de los errores 14, 26, 27, 35, 38 y 40.
– Adecuación del anexo II.
Estas modificaciones serán de aplicación para las informaciones del 10/08/2020 en adelante, y para las
rectificativas que se presenten a partir de esa fecha, que correspondan a datos a partir del 06/07/2020, inclusive.

Descargar completa BCRA comunicacion A 7081-2020

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA- Comunicación “A” 7080/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO,
A LAS AGENCIAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CONAU 1 – 1424
R.I. Contable Mensual – “Operaciones de Cambios” (R.I.- O.C). Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas en el Régimen Informativo de la referencia
como consecuencia de las disposiciones difundidas mediante las Comunicaciones “A” 7068 y 7079.
En este sentido, se incorporaron en el punto 1. del Anexo II los códigos de concepto B15 y B16.
Las citadas modificaciones entrarán en vigencia a partir del 10.08.2020. No obstante, se aclara que podrán
rectificar, desde el 06.07.2020 inclusive, la información presentada respecto de las operaciones de cambio
informadas que se identifiquen con los códigos de concepto incorporados.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS- Resolución General 4792/2020

CONSIDERANDO:
Que en virtud de la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), mediante el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020, se dispuso una medida de “aislamiento social,
preventivo y obligatorio”, entre los días 20 y 31 de marzo de 2020, ambos inclusive, que fue prorrogada
sucesivamente por sus similares N° 325 del 31 de marzo de 2020, N° 355 del 11 de abril de 2020, N° 408 del 26 de
abril de 2020, N° 459 del 10 de mayo de 2020 y N° 493 del 24 de mayo de 2020, hasta el día 7 de junio de 2020,
inclusive.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520 del 7 de junio de 2020 y sus similares Nº 576 del 29 de junio
de 2020 y Nº 605 del 18 de julio de 2020, se extendió el referido aislamiento hasta el día 2 de agosto de 2020,
inclusive, exclusivamente para las personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los
departamentos y partidos de las provincias argentinas, que no cumplan positivamente con determinados
parámetros epidemiológicos y sanitarios, al tiempo que para las restantes jurisdicciones se estableció la medida de
“distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 641 del 2 de agosto de 2020, se dispuso el régimen aplicable
para los lugares del país en los que continúan vigentes las aludidas medidas de “aislamiento” y “distanciamiento”.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4791/2020

CONSIDERANDO:
Que corresponde a esta Administración Federal, en el marco de sus facultades, la adopción de medidas tendientes
a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Que en tal sentido, se estima conveniente establecer las condiciones para dar por cumplidas en término las
obligaciones correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales del periodo fiscal
2019, a aportes y contribuciones con destino a la seguridad social del periodo devengado julio 2020, y al régimen
de información nominativa de retenciones y percepciones practicadas en el mes de julio de 2020.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de
Asuntos Jurídicos y Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 20 y 24 de la Ley Nº 11.683, texto
ordenado en 1998 y sus modificaciones, y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios

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martes, 11 de agosto de 2020

Fintech incrementarán su relevancia en el mercado

Hace solo un par de años, el término “fintech”, una combinación de las palabras tecnología financiera, estaba reservado estrictamente para el sector de bancos, otras instituciones financieras y de crédito. Hoy en día, Fintech toca prácticamente la vida diaria de todos, desde el comercio electrónico hasta los préstamos en línea y las billeteras móviles.

De hecho, las recientes recomendaciones globales para el distanciamiento social, están empujando a las fintech a un público cada vez más amplio. De acuerdo con deVere Group, una de las organizaciones de asesoramiento financiero independiente más grandes del mundo, al coronavirus se le atribuye un aumento del 72% en el uso de aplicaciones fintech, ya que la mayor necesidad de pagos sin contacto más los temores de una recesión, están impulsando el crecimiento de estas compañías. 

Andrés Barrantes, CEO de nuvu, compañía especializada en la creación de negocios digitales, asegura que “vivimos un momento de transformación para todas las industrias a nivel global. Sin embargo, la vida continuará con nuevas formas de interacción comercial y una perspectiva profundamente digital. Este año abrió sus puertas con una caída económica récord que representó el máximo auge para la banca móvil. Ahora, las fintech y bancos digitales están en la mejor posición para generar valor al consumidor y la competitividad se incrementa para los bancos tradicionales”.

La industria fintech continúa evolucionando y la inversión se está disparando. Con casi el 80% de las instituciones financieras ya encerradas en sociedades fintech, está a punto de transformar prácticamente todas las industrias. Para ello, Barrantes señala que en este sentido, se debe avanzar en la simplificación, en que los bancos pueden facilitar la incorporación de los clientes.

Este año, las fintech incrementarán su relevancia en el mercado como el aliado clave de los gobiernos en una etapa de refinanciación, préstamos comerciales, gestión financiera y planificación. Aún queda un largo camino para conocer cuáles serán los cambios permanentes que la crisis económica traerá al ecosistema financiero de América Latina.

Fuente: El Nuevo Siglo publicado 11/08/2020.-

En fintech aún hay mucho por regular El país ha dado pasos para regular el sector. Pero hay varios aspectos por mejorar para consolidarlo.

El sector financiero ha sido gran ejemplo de transformación digital. En los últimos años, nuevas tecnologías financieras han cambiado las reglas de juego de manera significativa.

Actualmente, múltiples e innovadores participantes, a través de la tecnología, brindan nuevas alternativas para ofrecer productos y servicios financieros a un clic. Esto ha generado una titánica labor de los reguladores para plantear una normativa que se adapte a las nuevas realidades y que dé vía libre a nuevos modelos de negocios y segmentos.

En Colombia, al contrario que ha pasado con otras industrias, el sector fintech ha mostrado avances en su normativa liderados por el Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Regulación Financiera (URF), y la Superintendencia Financiera. Y no es para menos. actualmente Colombia es el tercer mercado de América Latina en el desarrollo de iniciativas fintech, por debajo de México y Brasil. Además, el más reciente estudio Finnovista Fintech Radar identificó 200 startups del sector en el país, con una tasa de crecimiento anual de 26%.

En ese contexto, los reguladores han puesto en marcha algunas iniciativas que permitan el desarrollo de modelos innovadores y el acceso a estos. Entre los avances más significativos está la normatividad para los depósitos electrónicos, el crédito digital y el crowdfunding. También se destaca el sandbox de la Superfinanciera, que ha tenido un gran peso en el desarrollo del sector fintech nacional.

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Pero se trata de pequeños pasos para los retos que vienen una vez superada la crisis del coronavirus. Esta industria tendrá un papel relevante en la recuperación económica.

Así las cosas, el sandbox ha resultado beneficioso para la industria, pero este mecanismo tiene cosas por mejorar. Para Ricardo Fandiño, socio director de banca y finanzas de Gómez Pinzón, la intención es buena, pero esta herramienta está frenando los procesos de innovación y la puesta en marcha de proyectos productivos, que muchas veces no tienen por qué pasar por este mecanismo. “Tiene que ser más ágil. Lo ideal es buscar que ese sandbox no se vuelva un camino disuasivo, donde los emprendedores van y esperan que les digan si su proyecto tiene o no vía libre para operar”, dijo.

Fandiño también resaltó la necesidad de superar el fantasma de las pirámides, cuya regulación limita el desarrollo de nuevos modelos de negocio, especialmente de segmentos como el crowdfundingEn ese sentido, señaló que el país limitó el campo de acción con cargas regulatorias poco realistas.

Fernando Bermúdez, asociado senior de Muñoz Tamayo & Asociados, concuerda. Afirma que la regulación para crowdfunding es muy restrictiva y no ha permitido que florezca en el país este mecanismo, una de las primeras opciones de los emprendedores hoy. “En dos años de la regulación solo hay un jugador en el mercado. Lo que evidencia que estas regulaciones donde se les exige a nuevos modelos operar con cargas regulatorias de una entidad financiera, tienen un costo muy alto para el país”, afirmó.

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Señalan que los reguladores deben comprender la operación de estos nuevos modelos. Y plantear una normativa flexible donde primen aspectos como la confianza, la buena fe y la seguridad jurídica. Para esto, también será necesario contar con un aparato judicial que esté familiarizado con estas alternativas de financiación.

Por otro lado, está el tema de los pagos electrónicos, que está pendiente desde hace un año y que hoy se convierte en un elemento clave para el desarrollo de industrias como el comercio electrónico.

En Colombia, este segmento es el segundo de mayor participación en la industria fintech. Sin embargo, señala Roberto Borrás, socio de Garrigues, la normativa se quedó atrás y no considera actores como las pasarelas de pago o procesadores, e impide la masificación de estos servicios en el país.

“La nueva regulación establece unos conceptos de industria que no están definidos hoy en la normativa. Este proyecto de decreto es fundamental y será un verdadero revolcón en la industria de pagos y servicios transaccionales en el país”, afirmó.

A estas prioridades, según Colombia Fintech, se unen temas como una mayor normativa jurídica al crédito digital, enfocada en darle seguridad a los cobros que se realizan a través de empresas fintech.

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También será clave poner sobre la mesa temas como el OpenBanking, que busca liberar la información para personalizar los servicios financieros; el factoring, al dar reglas claras para la negociación por ejemplo de los títulos valor; y los criptoactivos. Colombia es la quinta economía donde más se transan estos activos, pero su regulación ha retrasado la implementación de tecnologías como el blockchain, que promete ser un actor relevante en la banca del futuro.

Fuente: Dinero.Com publicado 08/06/2020.-

Avances en plataformas digitales para el agro

Se lanzó Qira, una app que permite comprar agroinsumos de forma digital gracias al comercio electrónico.

En su página web ofrece insumos con stock disponible de herbicidas, fungicidas, insecticidas, silobolsas, por ejemplo. El proceso de compra es a través del sitio más una línea de WhatsApp que está habilitada para canalizar consultas técnicas y de productos.

Los desarrolladores también crearon una red de puntos de entrega que ofrece la posibilidad de programar un calendario de retiro de los insumos en 25 centros que están ubicados en Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba.

Por otra parte, Circular, una plataforma inteligente para que los choferes puedan sacar un turno en el puerto de descarga, informó que tuvo un crecimiento del 400% desde su nacimiento en 2018 en la cantidad de usuarios activos. Hasta el momento, según informaron desde la empresa, ya concentra a más de 25.000 choferes registrados en línea.

Según afirmaron, el transporte de los granos a los puertos cambió sustancialmente su dinámica gracias a la adopción de esta plataforma por parte los distintos actores que participan de la cadena logística. La app ya otorgó más de 100.000 turnos.

Respetando el horario convenido, la mayoría de los usuarios evitó esperas innecesarias ni la necesidad de bajarse del camión para trámites adicionales. Disminuyeron las aglomeraciones que son habituales en estos puntos. Para cada camión, significó una reducción promedio de 4 horas en el tiempo de permanencia en el puerto.

“Continuamos trabajando en expandir la red y en nuevos servicios para los distintos actores”, señaló Marcos Laffaye, cofundador de Circular. “Acabamos de sacar la primer versión de la aplicación para los productores y estamos en proceso de análisis y estudio para brindar la solución de Circular en otros sectores como la fruta, azúcar y explotación forestal”, dijo.

Fuente: La Nacion publicado 10/08/2020.-