miércoles, 22 de julio de 2020

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS- Resolución 241/2020

Que la Ley 26.589 en su artículo 40 creó el REGISTRO NACIONAL DE MEDIACIÓN, el que está compuesto, entre
otros, por el REGISTRO DE ENTIDADES FORMADORAS que tiene a su cargo la autorización, habilitación y
control del funcionamiento de las entidades dedicadas a la formación y capacitación de los mediadores.
Que conforme las atribuciones conferidas por la Resolución MJyDH N° 517 del 1° de abril de 2014, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE ACCESO DE LA JUSTICIA de la SECRETARÍA DE JUSTICIA de este Ministerio, tiene
a su cargo el REGISTRO DE ENTIDADES FORMADORAS.
Que las Entidades Formadoras a que refiere el artículo 38 de la Ley N° 26.589, se encuentran registradas en los
términos establecidos por la Resolución MJyDH N° 517/14, por la cual se rige además la homologación de sus
programas de formación y capacitación de Mediadores y Profesionales Asistentes.
Que el inciso f) del artículo 8 del Anexo I del Decreto N° 1467 del 22 de septiembre de 2011 establece para los
mediadores la obligación de acreditar anualmente la realización de la capacitación continua conforme sea fijada por
la Autoridad de Aplicación, y su falta puede acarrear la sanción de suspensión prevista en el artículo 39 de la misma
norma.
Descargar completa Resolucion 241-2020

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -Comunicación “A” 7072/2020

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: Circular SINAP 1 – 109 Sistema Nacional de Pagos-Transferencias. Recaudos especiales sobre transferencias
en moneda extranjera.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha resuelto lo siguiente:
1. Reemplazar el punto 2.2.2.11. de las normas sobre “Sistema Nacional de Pagos. Transferencias”, por el
siguiente: 2.2.2.11. Política “conozca a su cliente”: recaudos especiales a tomar de manera previa a la
efectivización de una transferencia, a los fines de continuar con la política de minimizar el riesgo, particularmente
con respecto a las cuentas que presenten algunas de las siguientes características:
• Cuentas de destino que no hayan sido previamente asociadas por el originante de la transferencia a través de
cajeros automáticos, en sede de la entidad financiera o por cualquier otro mecanismo que ella considere pertinente.
• Cuentas de destino que no registren una antigüedad mayor a 180 días desde su apertura.
• Cuentas que no hayan registrado depósitos o extracciones en los 180 días anteriores a la fecha en que sea
ordenada la transferencia inmediata.

Descargar completa BCRA Comunicacion A7072-2020

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN- Acordada 27/2020

I) Que a raíz de la pandemia de coronavirus (COVID-19), esta Corte Suprema de Justicia de la Nación ha venido
adoptando distintas medidas en el ámbito del Poder Judicial de la Nación, concordantes con las disposiciones del
Poder Ejecutivo Nacional y las recomendaciones de la autoridad sanitaria de la nación -conf. acordadas 3, 4, 6, 7,
8, 9, 10, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25 y 26, todas del corriente año-.
II) Que, en este sentido, y a través de distintas acordadas se instrumentó una serie de medidas que conjugaron la
prestación del servicio de justicia -indispensable aún en circunstancias como las presentes- con la protección de la
salud de los empleados, funcionarios, magistrados, como así también del público en general que concurre a los
tribunales. Y en este marco se dispuso una feria extraordinaria por razones de salud pública -atento a lo dispuesto,
originalmente, en el Decreto de Necesidad y Urgencia n° 297/2020-; la que fue sucesivamente prorrogada por este
Tribunal a través de diferentes acordadas, fijando en cada oportunidad condiciones especiales a fin de lograr una
mayor amplitud en la actuación de los tribunales sin desatender las razones de salud pública que inspiraron las
medidas.
III) Que, por otro lado, en función a la evaluación efectuada por distintas cámaras y tribunales orales federales con
asiento en las provincias de las condiciones epidemiológicas en la respectiva jurisdicción, se procedió al
levantamiento de la feria extraordinaria para aquellos tribunales que así lo requirieron. Y asimismo, se los facultó,
de manera excepcional, a disponer una nueva feria extraordinaria, si así lo aconsejaran razones sanitarias -conf.
acordadas 17, 19, 20, 23, 24 y 26 de este año-

Descargar completa Corte suprema Acordada 27-2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS-Resolución General 4766/2020

Que la Resolución General N° 1.983, sus modificatorias y complementarias, previó que durante determinados
períodos del año -atendiendo a las ferias judiciales que se establezcan cada año para el Poder Judicial de la
Nación-, no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante este Organismo,
vinculados a la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Que en virtud de la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), mediante el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020, se dispuso una medida de “aislamiento social,
preventivo y obligatorio”, entre los días 20 y 31 de marzo de 2020, ambos inclusive, que fue prorrogada
sucesivamente por sus similares N° 325 del 31 de marzo de 2020, N° 355 del 11 de abril de 2020, N° 408 del 26 de
abril de 2020, N° 459 del 10 de mayo de 2020 y N° 493 del 24 de mayo de 2020, hasta el día 7 de junio de 2020,
inclusive.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 520 del 7 de junio de 2020 y su similar Nº 576 del 29 de junio de
2020, se extendió el referido aislamiento hasta el día 17 de julio de 2020, inclusive, exclusivamente para las
personas que residan o se encuentren en los aglomerados urbanos y en los departamentos y partidos de las
provincias argentinas, que no cumplan positivamente con determinados parámetros epidemiológicos y sanitarios, al
tiempo que para las restantes jurisdicciones se estableció la medida de “distanciamiento social, preventivo y
obligatorio”.

Descargar completa Resolucion Gral 4766-2020

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO -SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR -Resolución 220/2020

Que mediante la Ley N° 27.519 se prorrogó hasta el día 31 de diciembre de 2022 la Emergencia Alimentaria
Nacional y se estableció que concierne al ESTADO NACIONAL garantizar en forma permanente y de manera
prioritaria el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria y nutricional de la población de la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Que, en ese contexto, se dictó el Decreto N° 418 de fecha 29 de abril de 2020 el cual estableció un régimen
especial de compensación para quienes efectúen ventas de bienes de primera necesidad, como lo son
determinados alimentos lácteos, de modo de generar un efecto favorable en los precios destinados a la población.
Que, dicho decreto instruye a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO a establecer las formas, plazos y condiciones para que los sujetos alcanzados por dicho régimen
acrediten las operaciones que se encuentren comprendidas en el mismo.
Que mediante el Decreto N° 1.063 de fecha 5 de octubre de 2016, se aprobó la Plataforma de “Trámites a
Distancia” (TAD) como parte integrante del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

Descargar completa Resolucion 220-2020

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO -Decisión Administrativa 1294/2020 y anexos

Que a través del Decreto N° 297/20 se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo
el país, que fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20, 459/20 y 493/20, hasta el
7 de junio de 2020, inclusive.
Que por los Decretos Nros. 520/20 y 576/20 se diferenció a las distintas áreas geográficas del país, en el marco de
la emergencia sanitaria originada por el COVID 19, entre aquellas que pasaron a una etapa de “distanciamiento
social, preventivo y obligatorio” y las que permanecieron en “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, de
acuerdo al estatus sanitario de cada provincia, departamento y aglomerado.
Que mediante el Decreto Nº 605/20 se dispusieron nuevamente diversas medidas de cuidado sanitario para
prevenir la transmisión del virus SARS-CoV-2 y se estableció, para el período comprendido entre los días 18 de
julio y 2 de agosto de 2020 inclusive, el régimen aplicable para cada provincia, departamento y aglomerado de
acuerdo a las características de circulación y dinámica del virus en cada uno de ellos.
Que para el aglomerado urbano denominado ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA) se ha
prorrogado, en los términos establecidos en los artículos 10 y 11 del citado Decreto N° 605/20, hasta el 2 de agosto
de 2020 inclusive, el aislamiento social, preventivo y obligatorio; estableciéndose asimismo en dicha norma diversas
excepciones al mismo.
Que, además, se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de
Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia
Internacional”, a autorizar en aglomerados urbanos, partidos y departamentos con más de QUINIENTOS MIL

Descargar completa Decision administrativa 1294-2020

Descargar completa anexo I-1294-2020

Descargar completa anexoII- 1294-2020

lunes, 20 de julio de 2020

Webinar – Asoprofi Tecnología aplicada a la originación del crédito y a las cobranzas 

Estimados, adjuntamos el acceso a la disertación Tecnología aplicada a la originación del crédito y a las cobranzas – que fue realizara por  Cámara días atrás, a cargo del Ing. Juan Weber/Div Inf S.A. Lic. Lucas Nobile/Epico S.A.y Dr. Diego Petitto 

Descargar completa Webinar: https://drive.google.com/file/d/1cbdkA8lKEeL359gOwGrA4fnO_WjVw8ex/view?usp=sharing

Redes sociales, ecommerce y mucho más: las 7 claves para hacer rentable a tu emprendimiento en la pandemia por iProUP

La misión fundamental de todo microemprendimiento para sostenerse en pie a lo largo del tiempo es que sea rentable.

La rentabilidad es el beneficio promedio de la empresa por la totalidad de las inversiones realizadas.

Por ejemplo, si la ganancia de una empresa en un año es del 10%, significa que ha ganado 100 pesos por cada 1.000 pesos invertidos.

“El objetivo de toda empresa es aumentar su rentabilidad y para hacerlo deberá contar con una estrategia sólida que no sólo tenga en cuenta ´precio de venta´ menos ´costos´”, dice a iProfesional la coach empresarial y emprendedora Daniela de Lucía.

Es decir, a palabras de esta experta, la estrategia para aumentar la rentabilidad de un microemprendimiento debe ser integral y contemplar los preciosventascomunicación liderazgo que lleve adelante.

“La rentabilidad de una empresa es el resultado de su comportamiento desde todas sus áreas, no es sólo el resultado del balance o del área de administración“, sostiene De Lucía.

Para los expertos, mejorar el nivel de ganancias de un microemprendimiento implica optimizar potenciar cada una de sus áreas. “Desde lo comercial hasta recursos humanos, todo suma”, acota la coach profesional.

Al respecto, de Lucía menciona siete aspectos fundamentales para lograr que un microemprendimiento sea rentable:

1- Identificar cuál es el valor de tu microemprendimiento

Las ideas originales son importantes para hacer crecer un microemprendimiento

El valor que aporta un microemprendimiento es fundamental para crecer en rentabilidad

En primera medida se debe tener presente que el concepto valor” es abstracto, por lo que varias empresas lo dejan a propias interpretaciones y prioridades.

“La realidad es que cuando un microemprendimiento entiende el concepto de valor de la manera adecuada enciende el corazón de su negocio y asegura su rentabilidad“, dice de Lucía.

Y agrega: “El valor no es algo que la empresa agregue. No es el precio, no es un descuento o un pequeño servicio adicional, tampoco agregar algo extra al producto; eso es una promoción. El valor de un microemprendimiento es, simplemente, el producto servicio que la empresa ofrece a sus clientes y por el cual sus clientes lo valoran y, como consecuencia, compran”.

Algo que suele ocurrir a menudo es que muchas empresas venden a ciegas, desconociendo su verdadero valor, y se ven “aplastadas” por la competencia porque conocen su producto o servicio, pero desconocen cuál es el valor que ofrece.

“Miran tanto hacia adentro, hacia la rentabilidad y hacia el balance, que se olvidan de mirar a sus clientes y el valor que ofrecen a sus vidas con sus productos o servicios“, remarca de Lucía.

Siga leyendo

Alexa, Siri y Google Assistant en la mira: la Comisión Europea investiga el sector de Internet de las Cosas por iProUP

En un nuevo camino por regular el mercado, ahora la Comisión Europea se centra en la Internet de las Cosas, con énfasis en los asistentes por voz

argrethe Vestager ha comenzado a investigar el sector del Internet de las Cosas. Según ha confirmado en un comunicado de prensa, la Comisión Europea ha iniciado una investigación sectorial cuyo objetivo es saber qué productos se venden, cómo funcionan estos mercados, qué datos se recogen, cómo se usan y cómo las compañías ganan dinero con ellos. Precisamente por ello, la Comisión pondrá especial atención en los asistentes de voz, a saber AlexaSiri Google Assistant.

De acuerdo a Vestager, “los resultados de esta investigación deberían ayudarnos a detectar situaciones en las que las empresas pueden haber infringido las normas de competencia“. Señala, además, que aportará información útil que “puede alimentar las iniciativas reglamentarias de la Comisión” que afectan al IoT y, por último, enviar “un importante mensaje a los poderosos operadores de estos mercados de que los estamos vigilando”.

184 millones de dispositivos para 2023 y una competencia frágil

Margrethe Vestager, Comisión Europea

Margrethe Vestager, Comisión Europea

Según la comisaria europea, Internet está penetrando cada vez más en los objetos que usamos día a día. Tanto que a finales de 2019 había 108 millones de dispositivos y se estima que para 2023 haya 184 millones. Es un mercado jugoso, puesto que tal y como asegura Vestager, “se espera que el valor del mercado de los hogares inteligentes casi se duplique en los próximos cuatro años a más de 27.000 millones de euros”. Esto incluye cualquier dispositivo IoT, desde relojes y pulseras hasta frigoríficos conectados.

En el centro de este ecosistema se encuentran los asistentes de voz, como Siri, Google Assistant o Alexa. Para la comisaria, el potencial de estos dispositivos es increíble, aunque solo tendremos todos los beneficios (“precios bajos, amplias opciones y servicios y productos innovadores”) si el mercado se mantiene “abierto y competitivo”. El problema, explican desde la Comisión, es que “la competencia en los mercados digitales puede ser frágil”.

“Cuando las grandes empresas abusan de su poder, pueden empujar rápidamente los mercados más allá del punto de inflexión, donde la competencia se convierte en monopolio. Ya hemos visto eso antes. Si no actuamos a tiempo, hay un serio riesgo de que suceda de nuevo con el Internet de las cosas”.

Ahora es la Internet de las Cosas la que está en la mida de la COmisaria de la Comisión Europea

Ahora es la Internet de las Cosas la que está en la mira de la Comisaria de la Comisión Europea

Una de las claves de este mercado son los datos. Los asistentes de voz y, por ende, los dispositivos conectados, recogen una “gran cantidad de datos” sobre nuestros y, según la comisaria, “existe el riesgo de que las grandes empresas puedan hacer un mal uso de los datos recogidos a través de estos dispositivos, para cimentar su posición en el mercado frente a los desafíos de la competencia”.

Para descubrir cuál es la situación del mercado y que están haciendo las compañías con los dispositivos que venden y los datos que recopilan, la Comisión va a enviar una serie de cuestionarios a 400 empresas europeas, asiáticas y americanas, tanto grandes y pequeñas. Según Vestager, “estamos preguntando sobre los datos – cómo se recogen, cómo se utilizan, y cómo las empresas ganan dinero con los datos que recogen. Y estamos preguntando sobre cómo estos productos y servicios trabajan juntos, y sobre los posibles problemas para hacerlos interoperables”, indicó Xataka.

Fuente: iProUP publicado 18/07/2020.-