RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorporar al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la resolución anticipada de origen emitida en los términos de lo establecido en la Resolución N° 26 del 28 de abril de 2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
ARTÍCULO 2°.- Las pautas procedimentales para la declaración de la resolución anticipada de origen aludida en el artículo 1°, se consignan en el Anexo (IF-2026-01712669-ARCA-SGDADVCOAD#SDGINS) que se aprueba y forma parte de la presente.
Asimismo, deberán observarse las pautas contenidas en el “Manual de Usuario Externo” que estará disponible en el micrositio “VUCE – Ventanilla Única de Comercio Exterior” del sitio web de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero (https://www.arca.gob.ar).
ARTÍCULO 3°.- Facultar a la Subdirección General de Sistemas y Telecomunicaciones y a la Dirección General de Aduanas, a dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de la presente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

