CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva se declaró la emergencia pública en
materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que la emergencia comprendió especialmente la situación de los planes de ahorro previo bajo la modalidad de
“grupos o círculos cerrados” habida cuenta del fuerte incremento del precio de los automotores objeto de los planes,
registrado como consecuencia de la devaluación producida en el año 2018 y la subsiguiente después de agosto de
2019, y que por la funcionalidad propia del sistema impacta directamente en las cuotas de ahorro y amortización
que deben pagar los suscriptores y genera dificultades para afrontar los pagos, lo que pone en crisis el sistema
como medio de acceso masivo a los bienes de consumo durables.
Que el art. 60 de la mencionada ley puso a cargo del Banco Central de la República Argentina la evaluación de la
situación de los planes de ahorro para la adquisición de vehículos automotor y el estudio de mecanismos para
mitigar los efectos negativos producidos.
