lunes, 8 de marzo de 2021

Incrementa la confianza en criptomonedas, Latinoamérica llega al 63%

Binance Research realiza su primer estudio “Índice Global de Criptousuarios 2021” para conocer usos y preferencias de las monedas digitales en todo el mundo / El estudio revela que el 52% de los usuarios que realizan criptoinversiones lo ven como un medio para obtener ingresos / Chainalysis reporta a Colombia en la posición 9 de 154 en adopción de uso de monedas digitales

Colombia, Bogotá D.C, 3 de marzo de 2021. A medida que la inversión minorista en criptodivisas se hace más accesible y aumentan los canales de compra, venta e intercambio, la confianza en las criptodivisas está creciendo en todo el mundo y en Latinoamérica alcanzó el 63% según lo revela Binance Research, grupo de investigación y desarrollo en blockchain de la compañía Binance, líder mundial en el intercambio de criptoactivos,  en su primer estudio Índice global de Criptousuarios 2021, en donde examinaron los datos de más de 61.000 usuarios de criptomonedas de todo el mundo, que aborda información sobre las motivaciones, comportamientos y preferencias de estos usuarios. A nivel global, al tercer trimestre del 2020 se registraron 101 millones de personas y es una cifra que irá incrementando.

Según los hallazgos del estudio, el 52% considera la inversión en criptomonedas como un medio para obtener ingresos mientras que el 15% de los usuarios encuestados consideran a las criptomonedas su principal fuente de ingresos. Así mismo, dentro de las razones que los usuarios consideran para invertir en monedas digitales se destaca: poseer criptodivisas como parte de una estrategia de inversión a largo plazo (55%), baja confianza en el sistema financiero actual (38%) y oportunidades de comercio a corto plazo (31%).

“Actualmente, estamos viendo una adopción acelerada de las criptomonedas. De acuerdo a Chainalysis, Colombia se encuentra en la posición número 9 de 154 países en la adopción de este tipo de dinero digital, que en gran medida se debe a que a nivel mundial hay más actores apoyando y proporcionando canales adicionales para que las personas inviertan. Para Binance es fundamental comprender las motivaciones, actitudes y comportamiento de los usuarios de criptomonedas, es por esto, que el objetivo de nuestro Índice Global de Criptousuarios 2021 es entender los puntos en común y las diferencias entre los usuarios minoristas de criptomonedas según su perfil y contexto local”, señaló Bryan Benson, director de operaciones de Binance Latam.

Las principales conclusiones del informe son:

  • Los usuarios creen en la libertad del dinero. En Latinoamérica existe una confianza del 63% en el ecosistema criptográfico frente al 13% en confianza institucional.
  • Bitcoin sigue reinando: Bitcoin, que es utilizado por el 65% de los usuarios que poseen cualquier criptomoneda, continúa siendo la criptodivisa más popular. El 30% de los propietarios de Bitcoin asignan entre el 1 y el 20% de su cartera de criptomonedas a BTC, seguida de Binance Coin y Ethereum.
  • Las criptomonedas tienen usos diversos: A pesar de que la mayoría de las criptomonedas son utilizadas para inversión a largo plazo (39%), los usuarios también usan sus activos digitales únicamente para staking (dejar guardadas las criptomonedas en el wallet), préstamos (22%) y pagos (11%). Otro de los casos de uso es como medio de intercambio (21%) y finalmente el uso real (38%), es decir, como de dinero para realizar compras.
  • Las plataformas de intercambio son el lugar más popular para almacenar criptomonedas: el 60% de los usuarios mantiene sus activos digitales dentro de los exchanges. Los factores que los usuarios citan como los más importantes al elegir una plataforma de intercambio son: la seguridad (28%), seguida de la experiencia/interfase amigable para el usuario (25%) y los pares comerciales disponibles (23%).
  • Las DeFi están cobrando velocidad. El 66 % de todos los usuarios dijeron que están usando aplicaciones DeFi (Finanzas descentralizadas)

Fuente: Colombia Fintech publicado 05/03/2021

jueves, 4 de marzo de 2021

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET Disposición 292/2020 y anexo

CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones referidas tramita la propuesta efectuada por el representante del Directorio del Instituto
Nacional de Asociativismo y Economía Social – INAES, en relación a la creación de las zonas especiales .coop.ar y
mutual.ar, destinadas exclusivamente para el registro de los dominios de internet por las cooperativas y mutuales
que se encuentren inscriptas y con matrícula vigente por ante dicho Organismo, en su carácter de autoridad de
contralor.
Que la iniciativa de las zonas especiales tiene como fundamento que sea utilizada como una nueva herramienta de
visibilización de las cooperativas y mutuales.
Que a través de ello, se las diferencie de las empresas tradicionales de las sociedades comerciales y de ese modo
permita impulsar estas formas de organización social, facilitando canales para alcanzar un volumen de
interacciones que las consolide como alternativa económica.
Que, en ese sentido resulta de vital importancia contar con una zona digital de identidad nacional de los dos
sectores tradicionales de la economía social y solidaria.

Descargar Disposicion 292-2020

Descargar Anexo-292-2020

 

miércoles, 3 de marzo de 2021

Precio Bitcoin hoy: subió 36% en febrero, ¿a cuánto llegará este mes?

Nuevamente, el precio del BTC se dirige a los US$ 50.000. Qué pasará este mes de marzo con el valor de la criptomoneda.

En las últimas 24 horas, el Bitcoin (BTC) se recuperó 2% y supera los US$ 48.800. Nuevamente, su precio se dirige a los US$ 50.000En la Argentina, un BTC cuesta alrededor de $7.177.305.

En el mes de febrero, su precio subió 36%. Se espera que este mes de marzo su precio continúe en alza.

Días atrás, el CEO de MicroStrategy, Michael Saylor, compró otros 328 BTC por un valor de US$ 15 millones. Recientemente, se dio a conocer que la compañía compró 19.452 monedas, lo que le significó una inversión de US$ 1.000 millones. En total, la empresa tiene 90.859 BTC en su poder.

“La compañía sigue enfocada en vender software de análisis empresarial y en adquirir y mantener Bitcoin“, dijo Michael Saylor, CEO de la compañía.

Esta semana, Citi Group declaró públicamente sobre el BTC: la institución financiera sugiere que está “su punto de inflexión” ya que cada vez más empresas lo adoptan en su cartera.

Por otro lado, Google Finanzas, la página que recopila información financiera en tiempo real, añadió un aparato especial para analizar y documentar la evolución del Bitcoin junto a otras criptomonedas como Ethereum, Binance Coin, Litecoin, entre otras.

 

Fuente: INFOTECHNOLOGY publicado 03/03/2021

LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA Ley 27612

Ley 27612
Disposiciones.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA
Artículo 1º- La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un
porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción
extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio.
Toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras que supere dicho
porcentaje requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente.
Artículo 2º- Dispónese que todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo
Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u
operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente.

Descargar Ley 27612

martes, 2 de marzo de 2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Disposición 29/2021

CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición N° 439/05 (AFIP) se estableció el régimen de distribución de las sumas originadas
en honorarios en procesos judiciales en los que esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
sea parte y cuyo pago estuviere a cargo de la contraparte vencida, excluidos los correspondientes a la Dirección
General de Aduanas, entre los Agentes Judiciales, Abogados y otros funcionarios y/o agentes del Organismo que
en la misma se determinan.
Que la Disposición N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, modificó la organización del esquema de cobro judicial
e incorporó al sistema de cobranzas coactivas de las deudas tributarias a abogados de planta permanente del
Organismo que se desempeñen en las unidades que integran la estructura de las Direcciones Generales Impositiva,
de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social, y que sean apoderados al efecto en carácter de Abogados
Representantes del Fisco.

Descargar completa Disposicion 29-2021

lunes, 1 de marzo de 2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7229/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1 – 879.
Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Reemplazar el punto 7.5.2. del Texto ordenado de las normas sobre “Exterior y cambios” por el siguiente:
“7.5.2. Exportaciones totalmente prefinanciadas y/o posfinanciadas localmente o desde el exterior.
Cuando las operaciones hayan sido prefinanciadas en su totalidad y los fondos liquidados en el mercado de
cambios en concepto de prefinanciaciones de exportaciones locales y/o del exterior, se podrá extender el plazo
para la liquidación de divisas del embarque hasta la fecha de vencimiento de la correspondiente financiación.
En tanto si el exportador demuestra haber liquidado en el mercado de cambio el monto recibido en virtud de
posfinanciaciones de exportaciones que cubran la totalidad del permiso, sin que se verifiquen las condiciones
previstas para los puntos 9.3.4. y 9.3.5. para la emisión de la correspondiente certificación de aplicación, se podrá
extender el plazo para la liquidación de divisas del embarque hasta la fecha en que venza el crédito de mayor plazo
descontado y/o cedido por el exportador.”

Descargar completa BCRA Comunicacion A 7229-2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7227/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: OPRAC 1 – 1088. Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente,
establece:
“- Incrementar, en las normas sobre “Línea de financiamiento para la inversión productiva de MiPyME”, del 65 % al
100 % de su valor, el cómputo de las financiaciones desembolsadas a partir del 16.10.2020 inclusive con destino al
punto 4.2. “Capital de trabajo y descuento de cheques de pago diferido y de otros documentos” que las entidades
financieras pueden imputar como defecto de aplicación del cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del
punto 3.1. “Destino” –que al menos el 30 % del cupo se dirija al destino previsto en el punto 4.1. “Financiación de
proyectos de inversión”–.”

Descargar completa BCRA Comunicación A 7227-2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4838/2020

CONSIDERANDO:
Que la utilización de determinadas estrategias de planificación fiscal permite a las empresas que las implementan
aprovechar la complejidad del sistema tributario así como las asimetrías existentes en éste, a fin de minimizar la
carga tributaria de cada sujeto.
Que el concepto de planificación fiscal involucra la aplicación de técnicas del derecho tributario, la gestión de
patrimonios, la utilización del sistema bancario, así como otras medidas tendientes a lograr tal fin.
Que constituye una prioridad para los Estados conocer el funcionamiento y la utilización de las diversas estructuras
por parte de los contribuyentes, con el objeto de verificar que se ingresen los tributos correspondientes en las
jurisdicciones fiscales en las que realmente se perfeccionan los hechos imponibles.
Que uno de los mayores retos a los que se enfrentan las Administraciones Tributarias de todo el mundo es la falta
de información puntual, exhaustiva y pertinente sobre las estrategias de planificación fiscal, que permita que los
gobiernos identifiquen rápidamente las áreas de riesgo.
Que el principal objetivo de los regímenes de declaración obligatoria de planificaciones fiscales radica en
incrementar el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan las empresas a los
efectos de facilitar a las Administraciones Tributarias la obtención de información temprana.

Descargar completa Resolución Gral 4838-2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4837/2020

CONSIDERANDO:
Que la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones establece en el artículo 17
que los contribuyentes deberán registrar ante esta Administración Federal, los contratos celebrados con motivo de
la realización de operaciones de exportación de bienes con cotización en las que intervenga un intermediario
internacional que se encuentre ubicado, constituido, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperante o de
baja o nula tributación, o en las que se cumpla alguna de las condiciones a las que hace referencia el sexto párrafo
de dicho artículo.
Que, por su parte, en el artículo 48 del Anexo del Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019, reglamentario de la
Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, se estableció que la registración
de los datos de las operaciones de exportación antes referidas debe ser oficializada de manera electrónica en la
forma y plazos que indique este Organismo.
Que mediante el artículo 51 de la mencionada reglamentación, se extendió la obligación de registrar los contratos a
las exportaciones previstas en el artículo 9° de la ley del gravamen, referidas a bienes con cotización, aunque se
trate de exportadores exentos del impuesto e intervenga o no un intermediario.
Que mediante la Resolución General Nº 4.653 se reglamentó el citado registro en lo que respecta a los bienes
agrícolas con cotización contemplados en la Ley N° 21.453 y sus modificaciones.

Descargar completa Resolución General 4937

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 4936/2021

CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios dispuso ampliar la emergencia pública
en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización
Mundial de la Salud (OMS) con relación al COVID-19, por el plazo de UN (1) año.
Que las limitaciones impuestas, a causa de la declaración de emergencia y su ampliación, respecto de la
circulación de personas y el desarrollo de determinadas actividades produjo un impacto negativo y no deseado
sobre diversos sectores de la economía.
Que a fin de morigerar sus efectos y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad
productiva y preservar las fuentes de empleo, esta Administración Federal viene adoptando una serie de medidas
con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, cuya
aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a su cargo.
Que en ese contexto, razones de buena administración tributaria aconsejan suspender hasta el 31 de marzode
2021, inclusive, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las Micro y
Pequeñas Empresas, y para los sujetos que desarrollen actividades económicas afectadas en forma crítica, al
propio tiempo de suspender por idéntico plazo, la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier
naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja,
cuando se trate de los restantes contribuyentes.

Descargar completa Resolución General 4936-2021