lunes, 7 de junio de 2021

CODIGO PENAL Ley 25.246

Ley 25.246

Modificación. Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo. Unidad de Información Financiera. Deber de informar. Sujetos obligados. Régimen Penal Administrativo. Ministerio Público Fiscal. Derógase el artículo 25 de la Ley 23.737 (texto ordenado).

Ley:

CAPITULO I

Modificación del Código Penal

ARTICULO 1º — Sustitúyese la rúbrica del Capítulo XIII, Título XI del Código Penal, el que pasará a denominarse de la siguiente manera: “Capítulo XIII: Encubrimiento y Lavado de Activos de origen delictivo”.

ARTICULO 2º — Sustitúyese el artículo 277 del Código Penal, por el siguiente:

Artículo 277: 1) Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado:

  1. a) Ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta.
  2. b) Ocultare, alterare o hiciere desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, o ayudare al autor o partícipe a ocultarlos, alterarlos o hacerlos desaparecer.
  3. c) Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito.
  4. d) No denunciare la perpetración de un delito o no individualizare al autor o partícipe de un delito ya conocido, cuando estuviere obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole.
  5. e) Asegurare o ayudare al autor o partícipe a asegurar el producto o provecho del delito.

 

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LEY DE FINANCIAMIENTO PRODUCTIVO Ley 27440

Ley de Financiamiento Productivo

Título I

Impulso al financiamiento de pymes
Artículo 1°- En todas las operaciones comerciales en las que una Micro, Pequeña o Mediana Empresa esté obligada a emitir comprobantes electrónicos originales (factura o recibo) a una empresa grande, conforme las reglamentaciones que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Hacienda, se deberá emitir ‘Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs’, en los términos dispuestos en los artículos siguientes, en reemplazo de los mencionados comprobantes.

El régimen aprobado en el presente Título será optativo en las operaciones comerciales entre Micro, Pequeñas o Medianas Empresas.
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Reglaméntanos actividades bajo el programa REPRO

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Y
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General Conjunta 5005/2021


RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Los empleadores y las empleadoras del sector privado que accedan al beneficio otorgado por el
“Programa REPRO II” previsto en la Resolución N° 938 del 12 de noviembre de 2020 y sus modificatorias y
complementarias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y que tengan como actividad
principal declarada según el “Clasificador de Actividades Económicas” (Formulario Nº 883) aprobado por la
Resolución General Nº 3.537 (AFIP), alguna de las actividades incluidas en los sectores críticos detallados en el
Anexo I de la resolución citada en primer término, gozarán -respecto de cada uno de sus trabajadores y
trabajadoras- de una reducción del CIEN POR CIENTO (100%) de las contribuciones patronales vigentes con
destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que se devenguen entre los períodos mensuales mayo y  diciembre de 2021, ambos inclusive, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 323 del 8 de
mayo de 2021.

ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL informará mensualmente a la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, mediante el envío del formulario F. 1266, la nómina de
los empleadores y las empleadoras inscriptos en el “Programa REPRO II”, así como las fechas de inicio y fin del
beneficio de reducción de contribuciones patronales.

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Modifican disposiciones relativas a los agentes de la calificación de Riesgo.

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 893/2021

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derogar los artículos 22 y 48 del Capítulo I del Título IX de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).
ARTÍCULO 2°.- Derogar los artículos 21 y 47 del Capítulo II del Título IX de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).
ARTÍCULO 3°.- Derogar el artículo 1° del Capítulo VII del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).
ARTÍCULO 4°.- La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial,
incorpórese en el Sitio Web del Organismo www.argentina.gob.ar/cnv, agréguese al texto de las NORMAS (N.T.
2013 y mod.) y archívese.

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Luz verde a los tres primeros Fondos Comunes de Inversión Abiertos ASG

La Comisión Nacional de Valores (CNV) autorizó hoy los Fondos Comunes de Inversión Abiertos ASG, en el marco de su RG 885/2021 y bajo el régimen especial destinado a fomentar la inversión en valores negociables con impacto Ambiental, Social y de Gobernanza, tal la sigla.

Publicado el jueves 03 de junio de 2021

Se trata de los fondos abiertos “Bull Market Fondo Común de Inversión ASG”, “Quinquela Renta Mixta Sustentable FCI ASG” y “ESG ST Fondo Común de Inversión ASG”, impulsados por las administradoras Bull Market Asset Management S.A., QM Asset Management SA y Southern Trust S.A, respectivamente.

“La medida responde al fuerte impulso que CNV viene dando al nuevo régimen de financiamiento sostenible y a la promoción de instrumentos que fomenten la emisión de bonos verdes y con impacto social”, afirmó el presidente del organismo, Adrián Cosentino.

También se puso en marcha un programa integral que incluye guías orientadoras para emisores, certificadores e inversores comprometidos con la generación de impacto positivo en sus proyectos de inversión.

En estos instrumentos se prevé la inversión de al menos el 45% del haber del fondo en valores de renta fija y/o variable que se encuentren listados en segmentos y/o paneles de negociación Sociales, Verdes y/o Sustentables (SVS). También en paneles que destaquen la aplicación de buenas prácticas de Gobierno Corporativo, Social y/o Medioambiental, y/o que contemplen índices de sustentabilidad y variables ASG; o que cuenten con revisión externa de acuerdo a los Lineamientos SVS, o sean emitidos por Fideicomisos Financieros Solidarios.

Asimismo se tuvo en cuenta la inversión de hasta el 30% del haber del fondo en valores emitidos por fideicomisos financieros destinados al financiamiento de PyMES, y/o por PyMES CNV, exceptuando aquellos activos cuyo objeto de financiación fueran comprendidos dentro de los criterios de exclusión publicados en el sitio web del ente regulador.

Además los fondos aprobados prevén la inversión de hasta el 10% de su patrimonio en Fondos Comunes de Inversión Cerrados “Sustentables” administrados por otra sociedad gerente y cuentan con un plazo de adecuación de 180 días corridos a partir de su lanzamiento, el cual puede ser prorrogado por un plazo igual o menor, por única vez.

El listado de Actividades Excluidas con respecto a las inversiones en activos PyMEs puede ser consultado en el siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/anexo_rg_fci_sustentables_-_final.pdf.

En un webinar realizado precisamente sobre la RG 885 con la industria y expertos, en mayo pasado, del que participaron funcionarios del organismo, fueron elogiados los “elementos de primerísima línea” del organismo en materia de finanzas sostenibles.

03-06-2021

Tarjetas de crédito: por la nueva cuarentena, los consumos cayeron 30%

Las restricciones a la movilidad de mayo retrajeron significativamente el consumo, llevándolo a niveles de abril de 2020, uno de los peores registros desde que comenzó la pandemia.

Los impactos económicos de las últimas restricciones a la circulación, dispuestas por el Gobierno para contener la propagación de la segunda ola de contagios, ya empiezan a verse con nitidez. Durante el mes de mayo los consumos con tarjetas se desplomaron un 30%, y alcanzaron un equiparable a los registros mínimos de abril de 2020, mes en el que comenzó a verse el derrumbe causado por el inicio de la cuarentena estricta.

“Las restricciones a la movilidad de mayo retrajeron significativamente el consumo con tarjetas llevándolo a una caída real de 30% interanual, y regresándolo a niveles de abril de 2020, uno de los peores registros desde que comenzó la pandemia“, precisa un informe del BBVA Research, sobre seguimiento del consumo en tiempo real, que lleva la firma de su economista principal, Juan Manuel Manías, y del economista Mario Iparraguirre.

Los rubros más afectados por la nueva fase estricta fueron los relacionados a la movilidad y a las actividades no esenciales.

En particular, durante la última semana de mayo la baja promedio en hogar, moda, ocio y viajes se ubicó entre 50% y 60% por debajo de la semana anterior.

Automoción, deportes y juguetes, tecnología y transporte se retrajeron alrededor de 35% semanal; alojamiento, bares y restaurantes, combustibles, construcción, cuidado y belleza apuntaron caídas entre 20% y 30% en el mismo lapso.

El comportamiento captado por este indicador de gastos en tiempo real coincidió con los datos de compras en supermercados de marzo último dados a conocer por el Indec, que marcaron una caída del 8,8%..

Para el segundo trimestre, desde el banco pronostican una leve baja en el nivel de consumos comparado con los registros previos al inicio de la pandemia.

En el plano internacional, los países dan indicios de ir superando la crisis del coronavirus en función de los consumos realizados con las tarjetas de sus clie

Sin embargo, los datos correspondientes a Argentina revelan una pobre performance en la senda hacia la nueva normalidad: su desempeño es deslucido en los diferentes rubros al lado de sus pares, tanto en los esenciales como en el resto. Si bien hay una mejora, no hay evidencia aún de que la misma sea sostenida en el mediano plazo.

Ante la caída de la actividad económica, mucha gente se quedó sin capacidad de gastar y le puso un candado a la tarjeta, por lo que se limitó a seguir refinanciando los saldos impagos, pero mucho de lo que se hacía con tarjeta, como viajes, ropa y salidas, fue para comprar alimentos.

Entonces hubo quienes decidieron devolverla, pues tiene un costo mantenerla, y al irle mal económicamente dieron de baja la tarjeta como una forma de no gastar.

Por otra parte, el impuesto a los sellos que puso la Ciudad de Buenos Aires, del 1,2% por cada transacción con tarjeta de crédito, le quitó incentivo a usarla.

A su vez, en la pandemia también han surgido otras vías de financiamiento con medios digitales como las fintech, donde no hay ningún recargo, ya que son gratis.

Además, ante la incertidumbre laboral por la cuarentena, muchas personas dieron de baja tarjetas que no se usaban para bajar los costos, teniendo en cuenta que no podían viajar por la pandemia y no se podía consumir, en un contexto de baja de empleo y dificultades para los pagos.

Otro de los factores es una reducción de cantidad de tarjetas por persona. Quien antes tenía tres tarjetas de bancos distintos, para bajar los costos consolida todas en un mismo banco.

Fuente: El Cronista publicado 04/06/2021

Emiten Consulta participativa de normas sobre proyecto de RG S/Modificacion CAP II TITULOS XIII Normas Reglamentación procedimiento sumarial abreviado y modificación

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 892/2021 y anexos 

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por
el Decreto Nº 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la
adopción de una reglamentación sobre “PROYECTO DE RG S//MODIFICACIÓN CAP. II TITULO XIII NORMAS.
REGLAMENTACIÓN PROCEDIMIENTO SUMARIAL ABREVIADO Y OTRAS MODIF”, tomando en consideración el  texto contenido en el Anexo I (IF-2021-49481720-APN-GAL#CNV), que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Designar a la Dra. Geraldine Martínez para dirigir el procedimiento de “Elaboración Participativa de
Normas”, conforme al Decreto N° 1172/2003.

Descargar completa Resolucion General 892-2021

Descargar anexo I- 892-2021

Descargar anexo II – 892-2021

Emítenos consulta sobre proyecto de RG S/FCI abiertos para el financiamiento de la infraestrutura y la economia real

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución General 891/2021 y anexos

LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por
el Decreto N° 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la
adopción de una reglamentación sobre “PROYECTO DE RG S/ FCI ABIERTOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE
LA INFRAESTRUCTURA Y LA ECONOMÍA REAL”, tomando en consideración el texto contenido en el Anexo I
(IF-2021-49477112-APN-GAL#CNV) que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Designar al doctor Rodrigo Zárate para dirigir el procedimiento de “Elaboración Participativa de
Normas” conforme al Decreto N° 1172/2003

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Descargar anexo I-891-2021

Descargar anexo II-891-2021

Crean el consejo para el cambio Estructural en el Ambito de la Unidad Gabinete de Asesores de Ministerio de Desarrollo Productivo

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 246/2021

EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el Consejo para el Cambio Estructural en el ámbito de la UNIDAD GABINETE DE
ASESORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el objeto de asesorar y cooperar en el
desarrollo de políticas públicas productivas para el cambio de la estructura productiva nacional a mediano y largo
plazo, y el que tendrá entre sus objetivos:
a. Contribuir al aumento de las capacidades productivas, tecnológicas, organizacionales y comerciales, entre otras.
b. Desarrollar y/o renovar la estructura tecnológica para la realización de innovaciones incrementales respecto al
perfil de especialización de partida.
c. Propiciar innovaciones que permitan el surgimiento de nuevos sectores en la estructura económica nacional.

d. Incrementar la eficiencia productiva.

e. Generar encadenamientos productivos desde sectores con progreso técnico hacia el resto de la economía.
f. Facilitar vinculaciones virtuosas entre organizaciones para el aumento de capacidades.
g. Propiciar la transición hacia una estructura productiva sustentable.

Descargar completa Resolución 246-2021