martes, 6 de julio de 2021

Modifican el reglamento del programa de empleo independiente y entramados productivos locales

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 679/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del Artículo 137 del Reglamento del PROGRAMA DE EMPLEO
INDEPENDIENTE Y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES, aprobado como ANEXO de la Resolución de la
SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1862/2011 y modificatorias, por el siguiente:
“ARTICULO 137.- Asistencia económica. La LÍNEA DE DESARROLLO DE ENTRAMADOS PRODUCTIVOS
LOCALES brindará asistencia económica por hasta un monto máximo de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS
MIL ($ 2.700.000) por proyecto.”
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el texto del Artículo 153 del Reglamento del PROGRAMA DE EMPLEO
INDEPENDIENTE Y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES, aprobado como ANEXO de la Resolución de la
SECRETARÍA DE EMPLEO N° 1862/2011 y modificatorias, por el siguiente:

Descargar completa Resolución 679-2021

Pagos digitales: 34 billeteras virtuales se disputan el mercado en la Argentina

Un estudio reciente muestra que el 72% de quienes acceden a su cuenta bancaria a través del celular tienen descargada una de esas aplicaciones. Sin embargo, la mitad de las transacciones del país todavía se hacen en efectivo.

El mercado de los pagos digitales es un negocio en plena expansión.

 

Compras en comercios con códigos QR, pago de servicios públicos, recarga de celulares y tarjetas de transporte y hasta inversiones, son algunas de las opciones que ofrecen las billeteras virtuales, aplicaciones que 34 bancos y empresas fintech lanzaron en la Argentina y que compiten por un espacio en el mercado de los pagos digitales, un negocio en plena expansión.

De la mano del salto tecnológico, los cambios normativos y el efecto de la pandemia en los hábitos de consumo, las billeteras virtuales salieron en los últimos tres años a buscar clientes en el universo de pagos en efectivo que, hasta 2020, representaban cerca de 9 de cada 10 transacciones.

En ese sentido, si bien el 91% de los adultos en la Argentina tiene a su nombre una cuenta bancariaaún persiste el uso de efectivo para concretar los pagos de montos más pequeños.

Según datos del Banco Central (BCRA), cerca de la mitad del dinero que se mueve por transacciones en el país se hace en efectivo, por lo que el espacio de crecimiento de soluciones de pago digital es enorme.

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lunes, 5 de julio de 2021

Requisitos mínimos de gestión, implementación y control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras. Adecuaciones.

Banco Central de la Republica Argentina

Comunicacion A 7319

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Incorporar en el requisito técnico-operativo RMC012 –del proceso de monitoreo y control–, establecido en el punto 6.7.4. de las normas sobre “Requisitos mínimos de gestión, implementación y
control de los riesgos relacionados con tecnología informática, sistemas de información y recursos asociados para las entidades financieras”, lo siguiente:
“Para la autorización de un crédito preaprobado la entidad debe verificar fehacientemente la
identidad de la persona usuaria de servicios financieros involucrada. Esta verificación debe hacerse mediante técnicas de identificación positiva, de acuerdo con la definición prevista en el
glosario y en el requisito técnico operativo específico (RCA040) de estas normas. Asimismo, se
deberá constatar previamente a través del resultado del proceso de monitoreo y control, como
mínimo, que los puntos de contacto indicados por el usuario de servicios financieros no hayan
sido modificados recientemente. Una vez verificada la identidad de la persona usuaria, la entidad deberá comunicarle –a través de todos los puntos de contacto disponibles– que el crédito
se encuentra aprobado y que, de no mediar objeciones, el monto será acreditado en su cuenta a
partir de las 48 horas hábiles siguientes. El citado plazo de acreditación podrá ser reducido en el
caso de recibirse la conformidad del usuario de servicios financieros de manera fehaciente.

Descargar completa BCRA Comunicacion A7319

Excluyen a las tarjetas de debito y prepagas de las obligaciones para la determinación de la exigencia de efectivo mínimo

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7318/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: REMON 1-1045. Efectivo mínimo. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente,
establece:
“- Disponer, con vigencia a partir del 1.7.21, que las obligaciones con comercios por las ventas realizadas mediante
la utilización de tarjetas de débito y prepagas se encuentran excluidas de las obligaciones comprendidas para la
determinación de la exigencia de efectivo mínimo conforme a lo establecido en las normas sobre “Efectivo
mínimo

Descargar completa BCRA Comunicacion A 7318-2021

Modifican el reglamento General de Actividad de los productores asesores de Seguros-

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 537/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorpórese como Punto 20.5. del Reglamento General de Actividad de los Productores Asesores
de Seguros (t.o. Resolución SSN N° 24.828 de fecha 30 de septiembre de 1996, y sus modificatorias y
complementarias), el siguiente texto:
“20.5. Denominación.
20.5.1. Las sociedades de productores asesores deberán incluir en su denominación el término SOCIEDAD DE
PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS, debiendo además evitar cualquier otra referencia ambigua que
pueda suscitar equivocación sobre la naturaleza de las operaciones.
20.5.2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Punto 20.5.1., se observará la utilización de denominaciones homónimas
o similares a otras ya inscriptas y aquellas que pudieran inducir a confusión a los asegurados, asegurables y
terceros.”.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que lo previsto en el Punto 20.5.1. del Reglamento General de Actividad de los
Productores Asesores de Seguros (t.o. Resolución SSN N° 24.828 de fecha 30 de septiembre de 1996, y sus
modificatorias y complementarias), será de aplicación para la inscripción de nuevas sociedades de productores de
seguros y para los cambios de denominaciones de sociedades registradas.

Descargar Completa Resolución 537-2021

viernes, 2 de julio de 2021

Sustituyen el Anexo V del Capítulo II del Título XVI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.)

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Anexo V del Capítulo II del Título XVI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
ANEXO V
FACULTADES DELEGADAS EN LA GERENCIA DE AGENTES Y MERCADOS.
1.- Aplicación de Advertencias a los sujetos sometidos a su fiscalización, por nota dirigida a los órganos de
administración y de fiscalización, y por única vez respecto de cada infracción en cuestión, por incumplimientos de
tipo formal, o falta de cumplimiento inmediato de intimación para la adecuación de cuestiones que le fueron observadas.
2.- Registro de los miembros del Consejo de Calificación de las Calificadoras de Riesgo.
3.- Autorización para funcionar e inscripción en el registro como AGENTE PRODUCTOR.

ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Descargar Completo Resolución General 894/2021

Modifican el Reglamento General de la Actividad Aseguradora

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórese como Punto 33.4.3 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o.
Resolución SSN N°38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias).

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que las aseguradoras que operan con la cobertura de riesgos del trabajo podrán afectar
a las reservas del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales exclusivamente aquellos casos previstos en la
reglamentación dispuesta por la presente. Todo caso o reclamación que no encuadre de manera estricta en el
Artículo 1° de la presente Resolución, podrá ser reservado por la entidad sin posibilidad de utilizar las cuentas
regularizadoras a cargo del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.

Descargar Completo Resolución 535/2021

Modifican El PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL N°937/2006, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- El PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS
DE PRODUCCIÓN tendrá por objeto asistir a trabajadores con discapacidad integrados a Talleres Protegidos
Especiales para el Empleo o a Talleres Protegidos de Producción, en el desarrollo de sus potencialidades y
competencias laborales, en la mejora de sus condiciones de empleabilidad y en su inserción en el mercado laboral
competitivo.”

Descargar Completo Resolución 374/2021

 

Reglamentan el REGISTRO DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Asígnense transitoriamente, a partir del 04 de mayo de 2021, y por el PLAZO DE CIENTO
OCHENTA DIAS (180) HÁBILES, las funciones correspondientes a la Coordinación de Estudios Tecnológicos,
Vigilancia e Inteligencia Estratégica de la Dirección Nacional de Estudios de la SUBSECRETARIA DE ESTUDIOS Y
PROSPECTIVA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y POLÍTICAS EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, a la Magister ELISA HERRERA
(D.N.I. N°26.371.316), agente de la Planta Permanente, Agrupamiento Profesional, Nivel B-Grado 4, Tramo
General, autorizándose al correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV, en los términos
establecidos por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP) , homologado por el Decreto N°2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2º.- Que la asignación de funciones se autoriza conforme lo preceptuado en el artículo 109 del Decreto
N°2098/08, con la asignación del Suplemento por FUNCIÓN EJECUTIVA correspondiente al nivel asignado en el
ARTÍCULO 1 del presente.

Descargar Completo Resolución 353/2021