lunes, 28 de junio de 2021

MEDIDAS GENERALES DE PREVENCIÓN

Decreto 411/2021

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- PRÓRROGA DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 287/21: Prorrógase el Decreto
N° 287/21, el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, prorrogados por el
artículo 1° de los Decretos Nros. 334/21 y 381/21, hasta el día 9 de julio de 2021, inclusive.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto es de orden público.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día 26 de junio de 2021.
ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Adecuan las Normas de Circular CAMEX

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7313/2021

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CASAS DE CAMBIO:
Ref.: Circular CAMEX 1-891: Exterior y cambios. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:
“1. Establecer que las disposiciones previstas en el punto 3.5.7. de las normas de “Exterior y cambios”, referidas al
acceso al mercado de cambios para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior a contrapartes
vinculadas, se mantendrán en vigor hasta el 31.12.2021 inclusive.
2. Establecer que las disposiciones previstas en los puntos 10.3.2.7., 10.4.2.10., 10.4.3.9. y 10.11. de las normas de
“Exterior y cambios”, referidas al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes, se
mantendrán en vigor hasta el 31.12.2021 inclusive.

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Crean el programa Federal de Fortalecimiento de reactivacion Productiva.

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA
Y
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES
Resolución Conjunta 1/2021 y anexo 

RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a las empresas interesadas en participar del “Programa Federal de Fortalecimiento de
la Reactivación Productiva”, creado por la Resolución Nº 245 de fecha 3 de junio de 2021 del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, cuyo objetivo sea la contratación de trabajadores o trabajadoras que vayan a
desempeñar sus tareas en la Provincia de MENDOZA, a presentar sus solicitudes y proyectos en el marco del
mismo.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones Particulares que regirán para la Convocatoria prevista en el
Artículo 1° de la presente resolución, que como Anexo, IF-2021-56938635-APN-SPYMEYE#MDP, forma parte
integrante de la presente medida

Descargar completa Resolución conjunta 1-2021

Descargar anexo I- Res.1-2021

 

Se crea programa BECAS PAIS DIGITAL

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA
Resolución 65/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el Programa “BECAS PAÍS DIGITAL” con el objeto de fomentar la inclusión digital y la
participación de mujeres y diversidades en la industria de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
(TIC) y de capacitar en programación, marketing digital y ciencia de datos, a fin de responder a la demanda laboral
de personas calificadas en habilidades digitales.
ARTÍCULO 2°.- Delégase la planificación, programación, gestión y ejecución del Programa creado en el artículo
primero en la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA y en la
SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO ABIERTO Y PAÍS DIGITAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, quedando facultadas – en forma
conjunta – para dictar las medidas complementarias a la presente y para suscribir convenios específicos y/o
acuerdos específicos con cámaras empresariales o entidades pertinentes a fin de cumplimentar los objetivos de
aquel

Descargar completa Resolución 65-2021

 

Prorrogan hasta el 31 de Diciembre de 2021 inclusive , la prohibicion de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o dismunucion de trabajo y fuerza mayor , dispuesto por el articulo N° 2 del Derecho N° 329/20

EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIA OCUPACIONAL
Decreto 413/2021

DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- El presente decreto se dicta en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria declarada
por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20, sus modificatorios y su prórroga establecida por el
Decreto N° 167/21 y la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto Nº 34/19 y ampliada  por sus similares Nros. 528/20, 961/20 y 39/21.
ARTÍCULO 2°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa
causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, dispuesta por el artículo 2° del Decreto
N° 329/20 y sus sucesivas prórrogas.

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Cancelan la inscripción de los auditores externos

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Resolución 21223/2021 y anexos 

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Cancelar la inscripción de los auditores externos de conformidad con la nómina que, como Anexo I
(IF-2021- 55601834-APN-GRC#CNV), forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Cancelar la inscripción de las asociaciones de profesionales auditores de conformidad con la
nómina que, como Anexo II (IF-2021-54967884-APN-GRC#CNV), forma parte integrante de la presente Resolución.

Descargar completa Resolucion 21223-2021

Descargar anexo- I 21223-2021

Descargar anexo II- 21223-2021

Modifican Bases y Condiciones de la convocatoria Escolar aprobadas por el anexo de la Resolucion N° 7 de fecha 11 de Febrero 2021

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES
Resolución 60/2021 y anexos 

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. -Sustitúyese el Artículo 18 de las Bases y Condiciones de la Convocatoria Escalar aprobadas por el
Anexo de la Resolución N° 7 de fecha 11 de febrero de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA  EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por el Anexo I que
como IF-2021-52733061-APN-SSE#MDP, forma parte integrante de la presente medida.


ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 19 de las Bases y Condiciones de la Convocatoria Escalar aprobadas por el
Anexo de la Resolución N° 7/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES, por el Anexo II que como IF-2021-55047330-APN-SSE#MDP, forma parte integrante de la
presente resolución.

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Descargar anexo I-60-2021

Descargar anexo II-60-2021

Descargar anexo III- 602021

Determina las condiciones necesaria para reglamentar el programa federal de fortalicimiento de la reactivacion productiva creado por la Resolucion N°245 de fecha 3 de junio de 2021

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 295/2021

RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Facúltase a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA y a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES, en forma conjunta, a dictar las normas aclaratorias e interpretativas del Programa Federal de
Fortalecimiento de la Reactivación Productiva creado por la Resolución N° 245 de fecha 3 de junio de 2021 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, como así también para ampliar o modificar las categorías de cupo
y para ampliar o excluir requisitos de acceso al referido Programa en cada convocatoria específica a realizarse para
cada provincia.
ARTÍCULO 2º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

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MSCI: la Argentina dejó de ser mercado emergente

En una decisión peor a la esperada, el país pasa a la categoría “standalone”. La persistencia del cepo cambiario fue clave y la determinación supone un empeoramiento de las condiciones para acceder a financiamiento privado.

MSCI volvió a sorprender. A contramano de lo que se preveía, la firma anunció la reclasificación de la Argentina a la categoría de standalone en lugar de hacerla descender al nivel de Frontera. El país queda así excluido de todos los índices de MSCI, lo que representa un golpe aún más duro que el que esperaba el mercado.

A través de su Revisión Anual de Clasificaciones de Mercado, MSCI determinó que la Argentina pierda la categoría de Emergente, a la que accedió en junio de 2018 pero a la que no ingresó formalmente hasta mayo de 2019.

Si bien un downgrade estaba prácticamente descontado, la decisión supone un empeoramiento de las condiciones de acceso al financiamiento. El país queda así en la misma situación que países como Jamaica, Panamá, Trinidad y Tobago, Botswana, Zimbabwe, El Líbano o Palestina. Dentro del estatus Standalone también se encuentran economías como la de Bosnia, Bulgaria, Malta y Ucrania.

La misma firma había prácticamente anticipado hace un año que la Argentina perdería su lugar entre Emergentes. En junio de 2020, MSCI había decidido darle una chance más al país manteniéndolo dentro de ese nivel pero con una clara advertencia: sería removido de dicho grupo en caso de que persistan los deterioros en la accesibilidad al mercado. Es decir, si persistían los controles de capitales instalados hace casi dos años.

Desde entonces el cepo cambiario no solo no fue removido sino que se endureció.

“Desde septiembre de 2019, los inversores institucionales internacionales han estado sujetos a la imposición de controles de capitales en el mercado de equity de Argentina”, dijo este jueves Craig Feldman, miembro del comité de políticas del Índice MSCI.

La severidad prolongada de los controles de capitales sin resolución no está en línea con los criterios de accesibilidad del índice MSCI Emerging Markets. Esto ha llevado a la reclasificación de la Argentina de mercados emergentes a estado de mercados independientes”, agregó Feldman en el comunicado.

El motivo por el que la decisión es aún más dura que la esperada radica en la expectativa de que si la Argentina pasaba a la categoría de Frontera, podía verse beneficiada por obtener una mayor ponderación en un nivel inferior respecto de la escasa participación que tenía en Emergentes. De hecho, detrás de esa expectativa se explicó en parte el rally que experimentó la renta variable local en las últimas semanas.

De las ocho empresas argentinas que se habían sumado al índice MSCI Emerging Markets en 2019, hoy solo permanecen Globant e YPF, mientras que Adecoagro remplazó recientemente a Telecom Argentina. Sin embargo, su ponderación apenas alcanzaba el 0,098% en el caso de Globant, del 0,012% para Adecoagro y del 0,011% en el caso de YPF.

La decisión de MSCI perjudica significativamente a las acciones locales, afectando el ingreso de ciertos flujos. Básicamente, sacan al país de emergentes pero tampoco lo posicionan como fronterizo, quedando aislado hasta que se analice una nueva reclasificación”, explicó al respecto Lucas Yatche, senior financial advisor de Liebre Capital.

Para Diego Martínez Burzaco, jefe de research de Inviu, la decisión implica que “la Argentina desaparece un poco más del mapa”. Es que según consideró “la noticia no es buena”, y a mediano plazo, “es una muy mala señal porque aleja a la Argentina aún más del radar de los fondos institucionales”.

Fuente: El Cronista