RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Las Sociedades por Acciones Simplificadas confeccionarán sus estados contables de
conformidad con las normas contables profesionales vigentes, y deberán ser presentados por
medios digitales ante esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dentro de los quince (15) días
posteriores a la fecha de la reunión del órgano de gobierno que los haya aprobado, de acuerdo a
los recaudos y procedimiento que a continuación se detallan:
1) Se iniciará el trámite a través del portal Trámites a Distancia (TAD). Allí se deberán consignar los
datos de identificación y efectuarse el pago correspondiente por alguno de los medios habilitados
en la plataforma TAD.
2) A continuación se deberá adjuntar en formato pdf. la siguiente documentación:
(a) acta de reunión del órgano de administración debidamente firmada, con la convocatoria a la
reunión del órgano de gobierno que deberá considerar los estados contables objeto de
presentación. (b) acta de reunión del órgano de gobierno que aprobó los estados contables, con la respectiva
planilla del registro de asistencia, debidamente firmadas.
(c) ejemplar de los estados contables: estado de situación patrimonial, estado de resultados,
estado de evolución del patrimonio neto, estado de flujo de efectivo, notas y anexos
correspondientes, con el informe del auditor con opinión, firmados por el Representante Legal,
por el órgano de fiscalización –si lo hubiere- y por contador público, con su firma debidamente
legalizada por la entidad que ejerce el control de su matrícula.
(d) informe del órgano de fiscalización debidamente firmado, si lo hubiere.
(e) memoria firmada por Representante Legal.
(f) Anexo I (IF-2021-19616762-APN-IGJ#MJ) aprobado en esta Resolución conteniendo
certificación emitida por Contador Público con firma legalizada por el CPCECABA y declaración del
Representante Legal de la sociedad debidamente suscripta por el mismo.
