RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Revocar la autorización para operar en seguros oportunamente conferida a LATIN AMERICAN SEGUROS S.A. (CUIT 30-71213779-3) mediante Resolución RESOL-2018-490-APN-SSN#MF de fecha 18 de mayo, entidad inscripta en la Inspección General de Justicia el 17 de diciembre de 2012 bajo el número 20.165, Libro 62, y ante el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros bajo número SSN N° 0855, con domicilio en Cuba 3065 1 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 48 inciso a) de la Ley N° 20.091.
ARTÍCULO 2°.- Prohibir a LATIN AMERICAN SEGUROS S.A. realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda, en la inteligencia de su debida toma de razón. Se deja expresa constancia de que dicha medida no alcanza a las cuentas corrientes bancarias.
ARTÍCULO 3°.- Hacer saber a los miembros de los Órganos de Administración y Fiscalización de LATIN AMERICAN SEGUROS S.A. que la revocación de la autorización para operar en seguros implica su disolución automática y liquidación forzosa conforme lo previsto en los artículos 49 y 51 de la Ley N° 20.091, por lo que deberán ajustar sus conductas a ello.
