jueves, 12 de mayo de 2022

Decreto 671/2022 Provincia de Mendoza / Código de Descuento de Haberes

DECRETA:
Artículo 1º – OBJETO. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente decreto tiene por objeto regular el Sistema de Códigos de Descuento que faculta al
personal de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo, a pactar con
aquellas personas físicas o jurídicas prestadoras de bienes o servicios o que perciban del
personal aportes o contribuciones, que tengan concedido el uso de Códigos de Descuento, elpago de las sumas adeudadas a las mismas mediante descuento directo efectuado por el Gobierno de la Provincia sobre los haberes del personal y su posterior abono a los acreedores.

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Resolución 562/2022 / Programa de Recuperación laboral

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que el “Plan de Recuperación Económica, Productiva y Laboral” previsto en el artículo 5° inciso b) de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 420 del 18 de abril de 2022, deberá contener:

  1. Motivo de solicitud de acceso al Programa.
  2. Causa de la crisis económica o productiva.
  3. Descripción de la crisis económica o productiva.
  4. Acciones a realizar a fin de superar la crisis económica o productiva, detallando cuáles serán los objetivos y las metas a cumplirse para lograr dicho fin.
  5. Presentación de una meta trimestral medible.
  6. Detalle de un objetivo anual mensurable.
  7. Declaración respecto a la participación de la empresa, manifestando si posee una participación controlada o vinculada.
  8. Declaración respecto de la existencia de reducciones de jornadas de trabajo y/o suspensiones en los últimos tres meses anteriores a la solicitud del beneficio.
  9. Declaración respecto de la participación de la empresa en un Procedimiento Preventivo de Crisis.
  10. Declaración respecto de la percepción de subsidios de cualquier índole o programas o beneficios por parte del Estado Nacional, Provincial o Municipal.
  11. Detalle de los principales clientes que representen más del TREINTA POR CIENTO (30%) de las ventas.
  12. Detalle del monto total mensual respecto de las ventas expresadas en pesos y en unidades.
  13. Descripción de la lista de precios de hasta TRES (3) productos o servicios en términos de relevancia respecto a las ventas en pesos.
  14. Información de los datos históricos, los cuales deberán surgir de los estados de resultados de los dos últimos balances

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miércoles, 11 de mayo de 2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO – Disposición 193/2022 / Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a aquellas a Personas Jurídicas y Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) interesadas en acceder al Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, creado por la Resolución N° 309 de fecha 28 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, pertenecientes al Sector de Videojuegos, a realizar las correspondientes presentaciones de conformidad a las previsiones dispuestas en las “Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica Potenciar Industria del Videojuego”, aprobadas en el Artículo 2º de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las “Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica Potenciar Industria del Videojuego”, que como Anexo IF-2022-40837592-APN-DNIA#MDP, forman parte integrante de la presente medida y que regirán la esta Convocatoria Específica en forma complementaria al Reglamento Operativo del Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” aprobado por la Resolución N° 309/21 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y demás normativa aplicable.

ARTÍCULO 3°.- La Convocatoria Específica “Potenciar Industria del Videojuego” estará vigente desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, hasta el día 8 de julio de 2022, plazo durante el cual los interesados, podrán realizar las presentaciones exigidas a los fines de acceder a los mentados beneficios.

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Descagar completa anexo I- Disposicion 193-2022

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL – Resolución 1919/2022 / Moratoria para regularizar Cooperativas y Mutuales

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Del Programa. Apruébase el programa moratoria para la regularización de cooperativas y mutuales de primer grado conforme los recaudos de los artículos siguientes, cuya pre inscripción tendrá una duración de tres (3) meses desde la publicación de la presente. Una vez finalizado el plazo el Instituto notificará a las entidades admitidas.

ARTÍCULO 2º.- Forma de inscripción. Para adherirse al programa deberá realizarse una presentación en la Mesa de Entradas de este Organismo o vía plataforma de Trámites a Distancia (TAD), adjuntando copia de la última acta de asamblea, última acta de distribución de cargos o último certificado de autoridades expedido por esta autoridad de aplicación en la que consten las últimas autoridades legítimamente electas, con carácter de declaración jurada en los términos de los artículos 109 y 110 del Dto. N° 1759/72 (T.O. Dto N° 894/2017 ). De igual forma, y sin perjuicio de su debida registración en los estados contables, deberá declararse la existencia o no de bienes inmuebles y/o muebles registrables.

ARTÍCULO 3º.- Universo comprendido. Quedan incluidas todas las cooperativas y mutuales de primer grado inscriptas y admitidas en el Programa por el medio que determine la Dirección Nacional de Cumplimiento y Fiscalización. Quedan excluidas las entidades reconocidas por la Unidad de Información Financiera (UIF) como sujetos obligados a informar entendiendo a éstas como a las cooperativas autorizadas a dar créditos, las mutuales autorizadas a brindar el servicio de ayuda económica mutual y las cooperativas y mutuales autorizadas a realizar gestión de préstamos.

Descargar Completa Resolucion 1919-2022

martes, 10 de mayo de 2022

BCRA Comunicacion A 7509/ Circular OPASI 2-659: 09/05/2022 – Cooperación tributaria internacional. Debida dili- gencia de clientes. Actualización de textos ordenados.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173):
Ref.: Circular
OPASI 2-659:
Cooperación tributaria internacional. Debida diligencia de clientes. Actualización de textos ordenados.
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”, “Depósitos e inversiones a plazo”, “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria” y “Cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas”, en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 7484.

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MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA – Resolución 279/2022 / Convocan a participar del Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento” y Anexo

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a aquellas Provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Municipios, Comunas y Comunas Rurales, Comisiones de Fomento, Delegaciones Municipales, Comisiones y Comisionados Municipales, Juntas Vecinales, Juntas de Gobierno y Delegaciones Comunales interesadas en acceder al “Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento”, creado por la Resolución N° 115 de fecha 23 de julio de 2020 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el cual estará vigente desde el día siguiente de la publicación del Reglamento Operativo del mencionado Programa, en el BOLETÍN OFICIAL y hasta agotar el cupo presupuestario asignado al Programa o durante CUARENTA Y CINCO (45) días corridos, lo que ocurra primero. La Convocatoria referida podrá ser prorrogada, sujeta a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el “Reglamento Operativo del Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento”, por el que, como Anexo, IF-2022-43630150-APN-SSEC#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que los sujetos que sean Beneficiarios del Programa aprobado mediante las Resoluciones Nros. 115/20 y 130 de fecha 23 de abril de 2021, ambas de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y sus prórrogas, podrán presentarse realizando una nueva solicitud, rigiéndoles el monto máximo del beneficio establecido en el Punto 3 del Reglamento Operativo del “Programa Capacitación 4.0 y Economía del Conocimiento”. No computándose para el cálculo del monto máximo de la presente Convocatoria, los montos aprobados en las citadas resoluciones.

Descargar Resolucion 279-2022

Descargar anexo I- Rresolucion 279-2022

 

lunes, 9 de mayo de 2022

Colombia Fintech presenta la primera edición de su Informe económico CF, el reporte más completo sobre la industria Fintech en Colombia.

  • Esta edición muestra un crecimiento de 16% anual promedio en el número de Fintech en las últimas dos décadas hasta alcanzar 299 compañías en 2021. 94% de éstas están agremiadas en Colombia Fintech.
  • Crédito Digital es la vertical más representativa del ecosistema, con casi un tercio de las compañías, seguida por Pagos Digitales. Los segmentos con mayor tasa de crecimiento fueron los Neobancos, Crypto&Blockchain y PFM & Wealthtech.

Bogotá, mayo de 2022 │En los últimos 20 años la tecnología y los canales digitales en Colombia han sido herramientas que vienen en un constante crecimiento debido a la urgencia de suplir procesos manuales y tediosos de la cotidianidad como los pagos de bienes y servicios, transferencias, solicitudes de crédito, apertura de cuentas de ahorro, inversiones, entre otros, ayudando así a empoderar financieramente al consumidor y a acercar los servicios financieros a poblaciones previamente excluidas.

El año 2021 fue marcado por el crecimiento del ecosistema digital en donde se logró transformar la accesibilidad de los sistemas financieros de una manera eficaz, apoyando así el proceso de reactivación económica luego de la pandemia causada por el COVID-19. Esta crisis permitió democratizar la prestación de los servicios financieros, apalancándose en la innovación como pilar principal del modelo de negocio.

Uno de los sectores con mayor crecimiento a nivel digital fue el Fintech. Dicha tasa alcanzó su pico en 2018, con 40 empresas registradas en el mismo año, para luego estabilizarse. “El crecimiento de este sector se evidencia con la aparición de nuevas startups que logran tener una amplia línea de servicios para todas las necesidades del consumidor financiero. El ecosistema ha llegado a 299 compañías a diciembre de 2021, 283 de estas agremiadas en Colombia Fintech, lo que estima un incremento promedio de 16 por ciento anual en las últimas dos décadas” dijo Erick Rincón, Presidente de Colombia Fintech.

Según el Informe Económico de Colombia Fintech – IECF (encuéntrelo completo aquí), el crédito digital es el modelo con mayor representación, con casi un tercio (33 por ciento) de las compañías; seguido por el segmento de pagos digitales con el 26,42 por ciento y Finanzas Empresariales con el 10,37 por ciento de participación. También se observa un importante crecimiento en el número de compañías en Crypto & Blockchain y en PMF & WealthTech (herramientas que ayudan a los clientes a administrar sus finanzas personales), lo que refleja la gran demanda que representan estas tecnologías y el interés por invertir y ahorrar. Así mismo, los segmentos de Crowdfunding, Insurtech y Neobancos, servicios financieros relativamente nuevos, han venido creciendo debido a nuevos adelantos regulatorios y modelos de negocios enfocados en lo digital.

El crecimiento robusto del ecosistema digital no sólo ha sido en número de firmas, sino también se ha traducido en ingresos: Entre 2017 y 2021, los ingresos reales crecieron en promedio un 27 por ciento anual. La industria logró una cifra récord de 3,7 billones de pesos en 2021, lo que representa el 0,31 por ciento del PIB (Producto Interno Bruto) de Colombia en este año.

El segmento de pagos digitales lideró el ecosistema con ingresos reales de 2,29 billones de pesos en 2021, seguido por el crédito digital con 940 mil millones en el mismo año. En 2021 los ingresos totales del sector crecieron 74 por ciento en comparación con el año 2019. Los segmentos que más crecieron para este periodo fueron los Neobancos, Crypto & Blockchain y PFM & Wealthtech.

Es importante destacar que el sector Fintech ha tenido un crecimiento significativamente mayor al de la economía colombiana, demostrando así que es una industria con un gran potencial, cuyo desarrollo redundará en una mejora de las condiciones para todos.

Sobre Colombia Fintech

Colombia Fintech es una asociación joven con más de cinco años de existencia, que agrupa más de 300 empresas del ecosistema de innovación financiera del país. El gran propósito de esta asociación es dinamizar el ecosistema de servicios financieros digitales a través de estrategias de posicionamiento, conocimiento y capital relacional que apuntan a tres grandes frentes: Inversión, talento e Inclusión financiera digital.

Fuente: Colombia Fintech publicado 09/05/2022

 

Desde 2001 industria ‘fintech’ viene creciendo 16% cada año 2022-05-09

De acuerdo con un informe de Colombia Fintech, el número de empresas viene creciendo de manera sólida los últimos 20 años. Al cierre de 2021 había 299 compañías y al cierre de abril ya eran 360, lo que representa un crecimiento promedio de 16% anual en las últimas dos décadas, con aproximadamente 14 iniciativas nuevas cada año, en promedio.

El impulso más grande que ha tenido el sector ha sido la vertical de Crédito Digital, con casi un tercio de las compañías. Le sigue el segmento de Pagos Digitales con el 26,42% y Finanzas Empresariales con el 10,37% de participación.
Erick Rincón, presidente de Colombia Fintech, dijo en el reciente evento del sector Itaú Fintech Connect, que se observa un importante crecimiento en el número de compañías en crypto y blockchain y en PMF (Personal Finance Manager) o un gestor de finanzas personal y wealthTech, lo que refleja la incorporación de tecnologías y el apetito por nuevas maneras de invertir y ahorrar.

Por su parte, los segmentos de crowdfunding (inversión colaborativa), insurtech (Seguros digitales) y Neobancos, vienen creciendo debido a nuevos adelantos regulatorios y modelos de negocios enfocados en lo digital.

MÁS INGRESOS

Los ingresos del ecosistema fintech reflejan también el crecimiento del sector: de 2017 a 2021 los ingresos reales del ecosistema crecieron en promedio 27% anualmente.
Ajustando por inflación, el ecosistema logró una cifra récord de $3,7 billones en 2021, lo que representa el 0,31% del PIB de Colombia en 2021.

El segmento de Pagos Digitales lidera en el ecosistema con ingresos reales de $2,29 billones en 2021, seguido por Crédito Digital con $940.000 millones.

El informe de Colombia Fintech dice que la tasa de crecimiento en ingresos totales del ecosistema en 2021 tuvo un alza de 74% en comparación con 2019. Los segmentos que más crecieron fueron Neobancos, crypto y blockchain y PFM & wealthtech.

Las compañías entrevistadas en el Radar Fintech afirman que su principal segmento de clientes objetivo son las grandes empresas (28%) y las personas no bancarizadas (28%).
Los otros segmentos de clientes objetivo de estas empresas son las personas bancarizadas (21%), las pymes bancarizadas (18%) y las pymes no bancarizadas (6%).

Durante 2019, año prepandemia, y 2021, segundo año de pandemia, el empleo generado por las empresas de este sector tuvo un crecimiento agregado de 10%. En particular, seis de los nueve segmentos vieron un incremento en el número de colaboradores.

El crecimiento en el número de colaboradores estuvo jalonado principalmente por los tres segmentos más grandes del ecosistema, crédito digital, pagos digitales y finanzas empresariales.

Este último tuvo el incremento más grande de todo el sector, 947 nuevos colaboradores se unieron en 2021 al segmento de finanzas empresariales.  En particular para el sector fintech, se espera que el 2022 sea un año de crecimiento transversal para todas las verticales.
Según el reporte Fintech Market Forecast de Velmie, el promedio de crecimiento de los sectores fintech en 2022 será de 12,5%. Se espera que el sector de finanzas y prestamos tenga un incremento en su volumen de negocio de 22,9%.

Fuente: Colombia Fintech publicado 09/05/2022

LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Ley 27442

Ley de Defensa de la Competencia

Capítulo I

De los acuerdos y prácticas prohibidas
Artículo 1°- Están prohibidos los acuerdos entre competidores, las concentraciones económicas, los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general. Se les aplicarán las sanciones establecidas en la presente ley a quienes realicen dichos actos o incurran en dichas conductas, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieren corresponder como consecuencia de los mismos.

Queda comprendida en este artículo, en tanto se den los supuestos del párrafo anterior, la obtención de ventajas competitivas significativas mediante la infracción de otras normas

Descargar LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA.Ley 27442

LEALTAD COMERCIAL Decreto 274/2019

DECRETA:

LEALTAD COMERCIAL

Título Preliminar

OBJETO

ARTÍCULO 1°.- Finalidad. Los Títulos I, II, III, IV, V, VI y VIII del presente Decreto tienen por objeto asegurar la lealtad y transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados en la REPÚBLICA ARGENTINA a través de canales físicos o digitales, en interés de todos los participantes del mercado.
A los fines de este Decreto, se entiende por “mercado” al ámbito en el cual los oferentes y demandantes de un bien o servicio realizan UNA (1) o más transacciones comerciales.

Descargar LEALTAD COMERCIAL Decreto 274