jueves, 9 de junio de 2022

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – Resolución Sintetizada 195/2022 / Régimen de Contrataciones del BCRA

RESUELVE:

1. MODIFICAR parcialmente los artículos 9, 12, 13, 21, 22, 26, 27, 33, 41, 45, 46, 47, 51, 53, 54, 69, 74, 75, 76, 82, 83, 89, 98, 101, 102, 105, 106 y Anexo I del Reglamento de Contrataciones de este Banco Central, aprobado por Resolución de Directorio N° 383/16 y modificatorias, conforme los términos que lucen en Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución.

2. APROBAR el texto ordenado del Reglamento de Contrataciones que en Anexo II se acompaña y que forma parte integrante de la presente Resolución.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Y SECRETARÍA DE MINERÍA – Resolución General Conjunta 5205/2022 / Beneficiarios de la estabilidad fiscal prevista en el artículo 8° de la Ley N° 24.196 y sus modificaciones,

RESUELVEN:

A – ALCANCE

ARTÍCULO 1°.- Los sujetos beneficiarios de la estabilidad fiscal prevista en el artículo 8° de la Ley N° 24.196 y sus modificaciones, debidamente inscriptos en el Registro de la Ley de Inversiones Mineras en el ámbito de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que consideren haber soportado en un ejercicio fiscal y en jurisdicción nacional una carga tributaria y/o arancelaria total superior a la que hubiera correspondido, a efectos de solicitar la acreditación o devolución de las sumas abonadas de más, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) del artículo 4° del Anexo I del Decreto Nº 1.089 del 7 de mayo de 2003, deberán observar las formas, los plazos y las demás condiciones que se establecen por la presente.

B – SUJETOS EXCLUIDOS

ARTÍCULO 2º.- Quedan excluidos del procedimiento previsto en la presente norma conjunta, los sujetos que se encuentren en las condiciones indicadas en el artículo 3° de la Ley N° 24.196 y sus modificaciones, al momento de presentar la solicitud de acreditación o devolución.

C – CARGA TRIBUTARIA

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Modificaciones en la legislación vigente relativas a la Prevención y represión del Lavado de Activos (LA) y otros

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 41 quinquies del Código Penal por el siguiente:
“ARTÍCULO 41 quinquies.- Cuando alguno de los delitos previstos en este Código, en leyes especiales y en las
leyes que incorporen tipos penales previstos en convenciones internacionales vigentes en la REPÚBLICA
ARGENTINA hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades
públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o
abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el doble del mínimo y el máximo.
Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando el o los hechos de que se traten tuvieren lugar en
ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derecho constitucional”.

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El BCRA creó un régimen de disponibilidad de divisas para exportadores de servicios

Las personas que exportan servicios podrán disponer de hasta 12.000 dólares anuales en cuentas en entidades financieras locales sin requisito de liquidación en pesos. El beneficio se extiende a las empresas del sector, que tendrán disponibilidad de divisas para el pago salarial por un porcentaje del incremento de las ventas externas que realicen este año respecto de 2021.

El régimen de excepción a la obligación de liquidación de divisas para los cobros de exportaciones de servicios por ciertos conceptos es retroactivo al 1 de enero, por lo que se podrá disponer hasta fin de año del total anual, según fue dispuesto por el Directorio del Banco Central de la República Argentina.

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Ecosistema de Finanzas Sostenibles en Argentina

Durante el año 2020, el Ministerio de Economía de la Nación Argentina lanzó una Mesa
Técnica de Finanzas Sostenibles (Mesa), que representa una instancia permanente para el
intercambio de información, discusión, coordinación y evaluación de acciones, estrategias y
actividades, con el objetivo general de desarrollar las Finanzas Sostenibles en Argentina. A fin
de cumplir con dicha meta, la Mesa elaboró una Hoja de Ruta que posee las líneas de acción
estratégicas para la consecución de la Estrategia Nacional en la materia.

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miércoles, 8 de junio de 2022

Com. A 7522 BCRA / Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. – A.R.)

Al respecto, se detallan los siguientes cambios, con vigencia mayo/2022:
– Incorporación de la partida 500115/TP – Aplicación de BOTE 2027 depositados en
la CRyL.
– Adecuación de las partidas: 210105/TP – Aplicación de “Bonos del Tesoro Nacional
depositados en la CRyL, y 824000/001-TP – Importe admitido de exigencia integrable con BOTE.
– Adecuación en la descripción de las partidas 837000/001 y 7130000/001

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7522

Com. A 7523 BCRA / Régimen Informativo Contable Mensual. Efectivo Mínimo y Aplicación de Recursos (R.I. – E.M. – A.R.). Adecuaciones

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que corresponden reemplazar en el
texto ordenado de la Sección 6. de “Presentación de Informaciones al Banco Central” relacionadas
con las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 7522.
En tal sentido, se destacan las siguientes modificaciones:
– Adecuación de los controles de validación 173 a 177, 182 y 183.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7523

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE CONCILIACIÓN LABORAL OBLIGATORIA – Disposición 13028/2022 / Virtualidad en las audiencias de Conciliación Laboral

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Mantener el procedimiento virtual de las audiencias en todos los trámites correspondientes al Procedimiento de Conciliación Laboral Obligatoria así como las audiencias de ratificación de acuerdos espontáneos en el SECLO, en los términos de lo oportunamente dispuesto por los arts. 1, 2 y 3 de la Disposición SECLO DI-2020-290-APN-DNSCOYPCP#MT, a través de plataformas virtuales en uso y autorizadas por esta Cartera de Estado y/o cualquier medio electrónico que asegure el cumplimiento de la finalidad perseguida que garantice el debido proceso.

ARTÍCULO 2°.- Todas las audiencias que se celebren dentro del procedimiento de conciliación obligatoria se realizarán de manera virtual en los términos del artículo anterior.

Descargar Completo Disposición 13028/2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5204/2022 / Impuesto a las Ganancias. Presentación de declaraciones juradas patrimoniales informativas. Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, sus modificatorias y complementarias.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el inciso b) del primer párrafo del artículo 8° de la Resolución General N° 2.442, sus modificatorias y complementarias, la expresión “UN MILLÓN DE PESOS ($1.000.000.-)” por la expresión “TRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 3.700.000.-)”.

ARTÍCULO 2°.- Sustituir en el artículo 14 de la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, la expresión “UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000.-)” por la expresión “TRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 3.700.000.-)”.

Descargar Completo Resolución General 5204/2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO – Resolución 529/2022 / Modifican la Resolución Nº 684 de fecha 22 de octubre de 2021

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como inciso g) del Artículo 3° de la Resolución Nº 684 de fecha 22 de octubre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, el siguiente texto:

“g) Anexo VII (IF-2022-56954742-APN-DNFP#MDP) destinado a facilitar el otorgamiento de créditos a través de Entidades de Financiamiento en favor de las MiPYME que fomenten las exportaciones de sus actividades productivas.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Anexo II de la Resolución Nº 684 de fecha 22 de octubre de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, por el Anexo II (IF-2022-56955114-APN-DNFP#MDP) que forma parte integrante de la presente medida.

Descargar Completo Resolución 529/2022