RESUELVE:
CAPÍTULO I. REPORTE DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (RFT).
ARTÍCULO 1°.- Los Sujetos Obligados enumerados en el artículo 20 de la Ley Nº 25.246 y sus modificatorias deberán reportar, sin demora alguna, como Operación Sospechosa de Financiación del Terrorismo a las operaciones realizadas o tentadas en las que se constate alguna de las siguientes circunstancias:
1. a) Que los bienes u otros activos involucrados en la operación sean propiedad directa o indirecta de una persona humana o jurídica o entidad designada por el CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS de conformidad con la Resolución 1267 (1999) y sus sucesivas actualizaciones, o por los órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme lo dispuesto en el artículo 25, inciso d) del decreto 918/2012 y modificatorios (o el que en un futuro lo reemplace), o sean controlados íntegra o conjuntamente por aquellas. El término “propiedad directa o indirecta” será interpretado de conformidad con los estándares del GAFI, incluyendo especialmente todos los fondos u otros activos que son propiedad o están controlados por la persona o entidad designada, y no sólo aquellos que se pueden vincular a un acto terrorista particular, complot o amenaza; los fondos u otros activos que son propiedad o están controlados, en su totalidad o conjuntamente, directa o indirectamente, por personas o entidades designadas; y los fondos u otros activos derivados o generados a partir de fondos u otros activos que pertenecen o están controlados, directa o indirectamente, por personas o entidades designadas, así como los fondos u otros activos de personas y entidades que actúan en nombre de, o bajo la dirección de, personas o entidades designadas.
b) Que las personas humanas o jurídicas o entidades que lleven a cabo la operación sean personas designadas por el CONSEJO DE SEGURIDAD de las NACIONES UNIDAS de conformidad con la Resolución 1267 (1999) y sus sucesivas actualizaciones, o por los órganos del PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme lo dispuesto en el artículo 25, inciso d) del decreto 918/2012 y modificatorios (o el que en un futuro lo reemplace).
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