lunes, 1 de agosto de 2022

Bitcoin y criptomonedas por las nubes: cuál es la razón por la que explotó el mercado

Bitcoin (BTC) sigue recuperándose con fuerza este jueves para subir hasta los u$s 23.000, mientras que el resto de las criptomonedas registra rendimientos interesantes de entre 5% y 12% arriba en las últimas 24 horas.

Este aumento se da a pesar de la suba en 75 puntos básicos que realizó la Reserva Federal (FED) en el día de ayer, la cual perfilaba a perjudicar al mercado de las criptos pero terminó sin tener efecto.

Según la información de CoinMarketCap, la cotización de BTC subió un 8,5% durante el último día para dejar su precio en el rango de los u$s 23.100. Ethereum (ETH) tuvo un mejor rendimiento con una suba del 12% en las últimas 24 horas que dejó al activo con una cotización al borde de los u$s 1600.

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miércoles, 27 de julio de 2022

BCRA – Límite de tenencia de CEDEARS.

Mediante la comunicación (BCRA) “A” 7552/2022, se dispone como límite de tenencia de Certificados de Depósitos Argentinos (CEDEARS) representativos de acciones extranjeras y/o activos externos equivalente de USD 100.000 (cien mil dólares estadounidenses) para personas jurídicas que acceden al mercado oficial de cambios.

Las entidades podrán hasta el 19.8.22 inclusive, considerar a la tenencia de certificados de depósitos argentinos representativos de acciones extranjeras superior adquiridos hasta el 21.7.22.

Asimismo, dispuso que los instrumentos mencionados (CEDEARS) no podrán ser operados 90 días corridos anteriores, ni 90 días corridos subsiguientes al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC).
BCRA Com A 7552-2022

 

 

La AFIP adecua la reglamentación respecto al impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos y a los videogramas grabados.

La AFIP mediante la Resolución General N° 5239/2022 actualiza la normativa respecto a la liquidación e ingresos del Impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos y a los videogramas grabados, derogando la Resolución General (AFIP) N° 1772/2004 y por consiguiente eliminando el TITULO III “Impuesto a los Servicios de Radiodifusión” de esta última.

Cabe mencionar que la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, en su artículo 164 derogó la Ley N° 22.285, eliminando el “Impuesto a los Servicios de Radiodifusión” y creó, en su artículo 94, el “Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual” reglamentado posteriormente por la norma conjunta Resolución Nº 1/11 (AFSCA) y Resolución General Nº 3018 (AFIP) y sus complementarias.

Por último, se mantendrá vigente el programa aplicativo denominado “CIRAVI Versión 4.0” y los formularios de declaración jurada correspondientes, establecidos por la Resolución General N°1772/2004.

Resolución General (AFIP) Nº 5239-2022

AFIP – PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA OBTENCIÓN DE CLAVE FISCAL

AFIP – El organismo de recaudación de impuestos establece un procedimiento simplificado para la obtención de la clave fiscal paras las personas jurídicas, asociaciones civiles, fundaciones y contratos de fideicomiso en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. 

A través de la Resolución General (AFIP) N° 5238/2022, se establece el procedimiento de inscripción y solicitud de clave fiscal ante la AFIP para las sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, contratos asociativos y contratos de fideicomiso sometidos a la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.

El procedimiento de inscripción mencionado, será de aplicación como se indica a continuación:

  • Sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada: para las solicitudes de registración que se realicen a partir del 1/8/2022.
  • Restantes sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, contratos asociativos y contratos de fideicomiso: de acuerdo con la normativa que al efecto emita oportunamente la Dirección Provincial de Personas Jurídicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires.
  • Resolución General (AFIP) N° 5238-2022

ARBA – Res. 19/2022 – Modifica las exclusiones del régimen recaudaciones bancarias tanto local como “SIRCRED”

A través de la Resolución Normativa N° 19/2022, se modifica las exclusiones del régimen recaudaciones bancarias tanto local como “SIRCRED”, exceptuando del régimen los importes que se acrediten como consecuencia de las devoluciones efectuadas por la AFIP, como así también las acreditaciones efectuadas como consecuencia de la devolución de tributos ordenadas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, las restantes jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Descargar Resolución 19/2022

ARBA – Res. 18/2022 – Se crea el registro de Claves Bancarias Uniformes (CBU)

Mediante la Resolución Normativa N° 18/2022, ARBA crea el registro de Claves Bancarias Uniformes (CBU) correspondientes a cuentas en pesos de titularidad o cotitularidad de contribuyentes y/o responsables, abiertas en entidades bancarias autorizadas por el Banco Central de la República Argentina y el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Este registro tendrá como fin agiliza la acreditación de los importes reconocidos a favor de contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el marco de demandas de repetición interpuestas por los mismos, en cuentas cuyas CBU hayan sido incorporadas al registro.

Los contribuyentes y/o responsables, deberán comunicar a través de la aplicación “Portal de Autogestión”, disponible en el sitio oficial de internet de esta Autoridad de Aplicación (www.arba.gob.ar).

 

Descargar Res 18/2022

viernes, 22 de julio de 2022

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas – Argentina / Ley 26.951 Titulares o usuarios del servicio de telefonía

ARTICULO 1° — Objeto. El objeto de la presente ley es proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía, en cualquiera de sus modalidades, de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados.

ARTICULO 2° — Registro Nacional. Créase en el ámbito de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Registro Nacional “No Llame”.

ARTICULO 3º — Protección. El Registro Nacional “No Llame” tiene por objeto proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía, en cualquiera de sus modalidades, de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados a través de los mismos.

ARTICULO 4° — Servicios de telefonía. A los efectos de la presente ley se entenderá por servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades los servicios de telefonía básica, telefonía móvil, servicios de radiocomunicaciones móvil celular, de comunicaciones móviles y de voz IP, así como cualquier otro tipo de servicio similar que la tecnología permita brindar en el futuro.

ARTICULO 5° — Inscripción. Podrá inscribirse en el Registro Nacional “No Llame” toda persona física o jurídica titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 27 de la ley 25.326.

Descargar Completo Ley 26.951

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Argentina Decreto 746/2017. GENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 22 bis del Título V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, correspondientes al MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el siguiente:

“ARTÍCULO 22 bis.- Compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático y en particular:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3. Entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Nacionales (Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria) y provinciales.

4. Dirigir el Esfuerzo Nacional de Policía, planificando y coordinando las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, atendiendo a todo lo que a ellas concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento.

5. Entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales.

6. Formular el diagnóstico de la situación de la seguridad interior en el MERCOSUR e impulsar la coordinación de políticas de seguridad conjuntas con los países miembros.

7. Supervisar el accionar individual o conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, de acuerdo con lo previsto en la Ley N° 24.059 de Seguridad Interior.

Descargar Completo Decreto 746/2017