jueves, 17 de noviembre de 2022

Sam Bankman-Fried Asume La Responsabilidad Por La Crisis FTX Y Asegura Que El Intercambio Busca Recaudar Capital Para Resolver La Situación – Criptotendencias – Noticias De Bitcoin, Criptomonedas Y Blockchain

El joven fundador y CEO de FTX, Sam Bankman-Fried, acudió a su cuenta de Twitter para disculparse y asumir su responsabilidad ante el complicado panorama financiero actual del intercambio de criptomonedas, que atraviesa una crisis de liquidez que obligó al exchange a suspender los retiros y el acceso de los usuarios a su plataforma. Sin embargo, las explicaciones de Bankman-Fried sobre lo que pasó no parecen traer cierta claridad a un panorama lleno de caos y dudas.

Bankman-Fried, asegura que «FTX International tiene actualmente un valor de mercado total de activos/colaterales superior a los depósitos de clientes», pero «eso es diferente de la liquidez para la entrega, como se puede ver en el estado de los retiros. La liquidez varía ampliamente, de muy a muy poco«. Además, aprovechó para destacar que en el caso de FTX.US, la división del intercambio en Estados Unidos, se encuentra «bien y con 100% liquidez».

«La historia completa aquí es una que todavía estoy perfeccionando cada detalle, pero como un nivel muy alto, la cagué dos veces. La primera vez, un mal etiquetado interno de las cuentas relacionadas con el banco significaba que estaba sustancialmente fuera de mi sentido del margen de los usuarios. Pensé que era mucho más bajo», intentó explicar Bankman-Fried en sus mensajes con respecto a lo que pasó, aunque dejando más dudas que respuestas reconociendo luego como un error su falta de actualización y comunicación. «Y así estamos donde estamos. Lo que apesta, y eso es culpa mía. Lo siento», enfatizó nuevamente el CEO de FTX.

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La Startup Web3 De Nigeria Nestcoin Despide Gran Parte De Su Nómina Debido A Que Tenía Fondos En FTX – Criptotendencias – Noticias De Bitcoin, Criptomonedas Y Blockchain

Yele Bademosi, CEO de Nestcoin, ha hecho público un tweet en el que indica que su empresa se vio seriamente afectada por lo acontecido por el exchange FTX, debido a que sus fondos operativos, entre efectivo y stablecoins, se quedaron represados en dicha empresa. Como consecuencia de ello, Nestcoin se vio obligada a despedir a algunos de sus empleados de su nómina.

Acorde al comunicado publicado en el tweet, Nestcoin se quedó con algunos de los fondos que había recaudado durante sus rondas de inversión en FTX. La firma paralela a FTX, Alameda Research, invirtió en la ronda de recaudación de fondos semilla de la empresa nigeriana de 6,5 millones de dólares en febrero de este año.

Al no tener acceso a los fondos, Nestcoin se ve obligado a apretarse el cinturón. Y en esa apretada se vieron en la obligación de despedir a casi la mitad de su nómina, así como a la implementación de recortes salariales del 40% para los trabajadores no despedidos. Se prevé, según las fuentes, que algunos empleados serán cesanteados por lo menos hasta dos meses.Incluso, el mismo Bademosi renunciaría a su paga mientras la startup atraviesa este amargo periodo.

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Janet Yellen Pide Más Regulación En La Industria Cripto Tras El Colapso De FTX – Criptotendencias – Noticias De Bitcoin, Criptomonedas Y Blockchain

En declaraciones recabadas recientemente, la secretaria del Tesoro de los Estados Unidos, Janet Yellen, los recientes sucesos que involucraron el colapso del exchange FTX reforzaron su postura de que los mercados de criptoactivos necesitan una «regulación más rigurosa».

El pasado viernes 11 de noviembre, FTX se declaró en bancarrota, estremeciendo al sector de las criptomonedas, el cual viene experimentando una baja sensible en sus precios expresados en dólares en gran parte del año. Un tribunal va a evaluar cómo lidiar con clientes, acreeedores y socios comerciales que buscan un resarcimiento de sus pérdidas.

Lo sucedido en FTX representa, según fuentes, un colapso sensible para una compañía que en año 2021 había dicho que tenía más de 5 millones de usuarios en todo el mundo, comercializando en dicho año más de 700.000 millones de dólares. Cabe destacar que la fortuna personal de Sam Bankman-Fried de 16.000 millones de dólares ha caído a cero, siendo una de las mayores destrucciones de riqueza de las que se tiene registro.

Antes del desastre de FTX, fuentes indicaron que Bankman-Fried había transferido 4.000 millones de dólares de FTX a Alameda Research, una firma de comercio de criptomonedas paralela también propiedad de Bankman-Fried a principios del año 2022, sin revelarlo.

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martes, 15 de noviembre de 2022

Ciberseguridad

El Ministerio de Seguridad de la Nación dispuso el 01/11/2022 el modelo de adhesión y el acuerdo marco para la campaña federal “Para. Piensa. Conéctate. Argentina” como campaña federal de sensibilización pública sobre ciberseguridad y prevención del ciberdelito y convocó a las provincias y a CABA para su adhesión a la misma.

 

El objetivo de la campaña es difundir y capacitar sobre las buenas prácticas destinadas a concientizar sobre la ciberseguridad y el ciberdelito a través de un convenio suscripto con STOP. THINK. CONNECT. MESSAGING CONVENTION INC. que tiene como objetivo concientizar a las personas y organizaciones en los problemas de la ciberseguridad, sobre los riesgos y amenazas asociados a esto, proponiendo estrategias y herramientas para profundizar la seguridad en el uso de herramientas tecnológicas e Internet.

En base a este acuerdo marco: (i) el ministerio se compromete a orientar estratégicamente y a otorgar material de consulta y contenido en español para la difundir la campaña, y; (ii) las entidades adherentes se comprometen a: (a) actuar como curadores del material proporcionado, compartiendo cualquier mejora realizada respecto de los materiales de la Campaña; (b) elaborar y comunicar al Ministerio un cronograma semestral de actividades públicas a realizarse para la ejecución de la campaña, y; (c) compartir información relativa a las problemáticas abordadas en cada actividad, y hallazgos de nuevas problemáticas a afrontar.

Las entidades que adhieran a la Campaña deben designar, dentro del plazo de 30 días de la suscripción del acuerdo marco propuesto, un funcionario para actuar en carácter de enlace con el Ministerio.

lunes, 14 de noviembre de 2022

Com. A 7631 BCRA / Circular RUNOR 1-1759: Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas. Adecuaciones.

2.1. Alcance.
Los bancos comerciales y las compañías financieras podrán mantener participaciones en el capital de empresas del país o del exterior que tengan por objeto exclusivo alguna(s) de la(s) actividades que se mencionan en el punto 2.2., superiores al 12,5 % del capital social o del total de
votos o porcentajes inferiores si ello es suficiente para formar la voluntad social en las asambleas de accionistas o reuniones de directorio de dichas empresas, sujeto al cumplimiento de
las disposiciones contenidas en el punto 2.3.
De tratarse de participación en el capital de empresas cuyo objeto sea el desarrollo de las actividades enumeradas en los puntos 2.2.6., 2.2.8., 2.2.19. a 2.2.21., como paso previo la entidad
financiera deberá recalcular su última posición cerrada de capitales mínimos a efectos de constatar que, considerando esa incorporación, no presente un defecto de integración, tanto a nivel
individual como consolidado.
En los casos de los demás bancos, de las sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u
otros inmuebles y de las cajas de crédito, esas participaciones podrán mantenerse en la medida en que la naturaleza de la actividad sea compatible con la clase de entidad, según las operaciones autorizadas en la Ley de Entidades Financieras.
2.2. Actividades comprendidas.
2.2.1. Agente de negociación, agente de liquidación y compensación (integral o propio), agente
productor, agente de corretaje de valores negociables y/o agente de liquidación y compensación integral – agroindustrial (que podrán tener únicamente como actividad complementaria la de corretaje de granos), autorizados e inscriptos en el Registro de la Comisión Nacional de Valores. Estos últimos no podrán realizar operaciones para la cartera
propia y, en el caso de que asuman la función de pagos por cuenta de sus comitentes,
estos deberán realizarse mediante el sistema de pago contra entrega o posterior a la entrega.
2.2.2. Explotación y administración de redes de cajeros automáticos.
2.2.3. Sistemas de transmisión electrónica de transacciones con entidades y/o sus clientes.
2.2.4. Administración de fondos de jubilaciones y pensiones, incluyendo la actividad de las administradoras con objeto social reconvertido conforme a lo previsto en el artículo 6° de la
Ley 26.425.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7631

Com. A 7633 BCRA / Circular CONAU 1-1556: R.I. Base de datos sobre Eventos de Riesgo Operacional. Modificación umbral mínimo.

II – INSTRUCCIONES GENERALES
Se deberán informar todos aquellos eventos que, siendo cuantificables, hayan generado
pérdidas o hayan sido previsionados contablemente. También se podrán informar los costos
de oportunidad y las cuasi-pérdidas (entendiéndose por estas últimas a los eventos operativos
que no resultan en una pérdida financiera; la ausencia de pérdidas en estos casos no resulta
de un accionar preventivo de la entidad, sino por cuestiones puramente circunstanciales) en la
medida que puedan ser claramente identificados. Los recuperos deben considerarse como un
suceso independiente, pero vinculado a través de la causa raíz con el evento original.
Se deberán incluir aquellos eventos cuyo monto de pérdida, sin considerar recuperos, supere
un umbral mínimo de $ 40.000 (o su equivalente en moneda extranjera) durante el mes. No
obstante, aquellos eventos de similar naturaleza que individualmente no alcancen el monto
mínimo pero su sumatoria lo exceda y se produzcan en el mismo mes (pérdidas repetitivas),
deberán ser incluidos e informados en forma consolidada como un solo evento.
Los importes se expresarán en unidades, sin decimales. A los fines del redondeo de las magnitudes, se incrementarán los valores en una unidad cuando el primer dígito de las fracciones
sea igual o mayor que 5, desechando estas últimas si resultan inferiores.
En el caso de tratarse de eventos que involucren montos en moneda extranjera, se deberán
convertir a pesos utilizando el tipo de cambio de referencia del dólar estadounidense difundido
por esta Institución. De tratarse de monedas extranjeras distintas de dólar estadounidense, se
convertirán a esta moneda utilizando los tipos de pase comunicados por la mesa de operaciones del Banco Central de la República Argentina.
Cuando se trate de eventos que generen impactos múltiples (pérdidas y/o ganancias), se deberá tener en cuenta la causa original (o evento raíz) que ocasionó las pérdidas subsiguientes, de manera que se considerarán como si se tratase de un único evento.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7633

Com. A 7634 BCRA / Circular CONAU 1-1557, RUNOR 1-1760: 11/11/2022 “Las Malvinas son argentinas” Informe Especial Respecto del Cumplimiento de Capitales Mínimos – (COMUNICACIÓN “A” 7584).

1. Sujetos alcanzados
Los Operadores de Cambio.

2. Contenido
Los sujetos referidos deberán remitir el citado Informe especial, debiendo incluir el detalle de la
composición del Patrimonio Neto y de los aportes pendientes de integración, en observancia de
las normas dictadas por el BCRA.
El informe deberá ser elaborado por el auditor externo que cada entidad tenga registrado ante
este B.C.R.A. en el Registro de Auditores Externos y deberá estar certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas en el que se encuentren matriculados.

3. Periodicidad y vencimiento.
El mencionado informe deberá certificar la situación en la materia al 01.11.22 y su vencimiento
operará el día 20/12/2022.
Para su remisión se tendrán en cuenta las especificaciones establecidas en la Sección 77 del
texto ordenado de “Presentación de informaciones al Banco Central”.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7634

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5286/2022 / Aclaración

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aclarar que las operaciones contempladas en los incisos b) a e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, cuando sean realizadas en o con destino a las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, no se encuentran alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial, y resultarán de aplicación para las operaciones efectuadas a partir de la entrada en vigencia de la Ley N° 27.541.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Descargar Completo Resolución General 5286/2022

InfoLEG – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Argentina

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Adhesión a la Campaña Federal “PARA. PIENSA. CONECTATE. Argentina” (CAMPAÑA FEDERAL DE SENSIBILIZACIÓN PÚBLICA SOBRE CIBERSEGURIDAD Y PREVENCION DEL CIBERDELITO) que como ANEXO I (IF-2022-117023818-APN-UGA#MSG) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Aprúebase Modelo de Acuerdo Marco Campaña Federal “PARA. PIENSA. CONECTATE. Argentina” (CAMPAÑA FEDERAL DE SENSIBILIZACIÓN PÚBLICA SOBRE CIBERSEGURIDAD Y PREVENCION DEL CIBERDELITO) que como ANEXO II (IF-2022-117023494-APN-UGA#MSG) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3°: Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la Campaña Federal “PARA. PIENSA. CONECTATE. Argentina” (CAMPAÑA FEDERAL DE SENSIBILIZACIÓN PÚBLICA SOBRE CIBERSEGURIDAD Y PREVENCION DEL CIBERDELITO) mediante la suscripción de los documentos aprobados por la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.

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