jueves, 18 de mayo de 2023

Com. A 7768 BCRA / Circular OPASI 2-690: Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales. Actualización.

Ref.: Circular
OPASI 2-690:
Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales.
Actualización.
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Nos dirigimos a Uds. a fin de hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia, en función de las aclaraciones difundidas por la Comunicación “B” 12539.
Adicionalmente, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes –
Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos
resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

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El Gobierno envió al Congreso el proyecto de blanqueo de capitales

La iniciativa está diseñada para sumar fondos en pleno año electoral. Los sujetos alcanzados son las personas humanas y empresas comprendidas en el art. 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Este miércoles el gobierno nacional envió al Congreso la Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino No Exteriorizado, un proyecto de blanqueo de capitales que estará dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas.

En concreto, se trata de una herramienta a la que apuesta el Ejecutivo nacional en medio de la campaña electoral. La “exteriorización de activos no declarados” en el exterior permitiría al Gobierno no solo captar miles de dólares fuera del radar, sino también garantizar una recaudación extra y con ella un mayor margen de maniobra hacia las elecciones, sin desviarse de las metas pactadas con el FMI en materia de gasto público.

La iniciativa pasó al Congreso para su tratamiento, luego de que el ministro de Economía, Sergio Massa, anunciara la firma del acuerdo de intercambio de información financiera entre los Estados Unidos y la Argentina.

Tal como detalla el documento, la normativa “permite exteriorizar tenencia de moneda nacional o extranjera en el país o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y en el exterior”. También están incluidos los créditos.

La “exteriorización de activos no declarados” en el exterior, tal el nombre de la iniciativa, permitiría al Gobierno no solo captar miles de dólares fuera del radar, sino también garantizarse una recaudación extra. (Foto: Ministerio de Economía)

Las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación son las siguientes:

  • 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos,
  • 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos,
  • 20% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.

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Crédito sin intereses? La revolución del BNPL – Frecuencia Money

El servicio Buy Now Pay Later está creciendo exponencialmente, porque beneficia a los consumidores en un contexto de inflación global
Este año puede alcanzar los 11 mil millones de dólares

Los servicios Buy Now,Pay Later (BNPL: Compre ahora, pague después) se han hecho cada vez más populares en los últimos años.

El concepto es bien sencillo: los clientes pueden hacer una compra (grande o pequeña) y pagarla en varias cuotas, sin la intervención de tarjetas de crédito; la mayoría de las veces, sin pagar ningún tipo de interés por la financiación.

Según un estudio de Research And Markets, este año el mercado del BNLP puede llegar a más de USD 11 mil millones en 2023, y se proyecta que llegará a los 600 mil millones en 2030.

Algunas claves de este sistema:

  • . Con la crisis económica y financiera que sigue complicando a muchos países luego de la pandemia, la posibilidad de una financiación sin intereses es un atractivo central de este modelo.
  • . Los servicios de BNPL existen desde hace décadas, pero su crecimiento se debe al auge de las empresas de tecnología financiera y la creciente preferencia por las compras en línea.
  • . En América Latina, ya hay varias empresas fintech que ofrecen el sistema. Entre las pioneras están: Addi (Colombia), Atrato y Kueski (México), Creditas (Brasil).
  • . Los proveedores de BNPL cobran a los minoristas una comisión por cada transacción. Pero algunos generan otra fuente de ingresos con intereses de los consumidores morosos.

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Europa regula el mercado cripto – Frecuencia Mone

Las plataformas que ya operan con criptoactivos tendrán 18 meses para adaptarse al nuevo régimen europeo, solicitar una licencia y cumplir con todos los requisitos de la MiCA (Markets in Crypto Assets).

Una serie de escandalosas quiebras de empresas criptográficas -como por ejemplo, el caso de FTX-, abrieron el debate en los estados miembro de la Unión Europea sobre la necesidad de crear reglas muy estrictas para regular la actividad.

Los objetivos son:

  • Mejorar la transparencia de los exchanges, las billeteras, las plataformas.
  • Combatir el lavado de dinero.
  • Proteger las monedas estables (generalmente, vinculadas a una moneda fuerte o una materia prima como el oro), que son menos volátiles que el resto de las criptomonedas.
  • Regular otros tokens digitales, así como también aquellos servicios relacionados con el Bitcoin y las billeteras digitales, que ahora estarán sujetos a estas reglas.
  • Evitar que se financie el terrorismo o las plataformas se conviertan en vías de lavado de dinero.Desde ahora, las empresas de criptomonedas necesitarán aprobación para operar en la Unión Europea, y serán responsables en caso de malversar o perder los activos de los inversores.

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miércoles, 17 de mayo de 2023

Alerta máxima para Bitcoin y cripto: una declaración hundió todo el mercado

Justo cuando los analistas pensaron que Bitcoin (BTC) estaba a punto de mostrar signos de una ruptura de precios, el mercado de las criptomonedas se hundió por un 0,4% en las últimas 24 horas.

Este revés sucede un día después de que la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) presentara una respuesta a la demanda del famoso exchange Coinbase, para aclarar que los tokens son valores y, por lo tanto, merecen ser registrados y controlados.

Esta batalla legal deja en claro que las presiones regulatorias aún son una amenaza para el ecosistema cripto, lo que impacta en los movimientos de los inversores. En este sentido, el índice de miedo y avaricia, que mide el comportamiento del mercado, se redujo unos 4 puntos desde ayer, lo que se interpreta como una mayor cautela en el comercio cripto.

La criptomoneda más popular del mundo, Bitcoin (BTC), extendió las pérdidas para este miércoles por la mañana y perdió la marca de los u$s 27.000 que veía ayer.

Así, el token estrella actualmente opera alrededor de los u$s 26.724, lo que supone una caída del 1,5% en 24 horas. En la última semana, en cambio, acumula una baja más pronunciada; del 3,2%.

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martes, 16 de mayo de 2023

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO – Resolución 608/2023 / Aprueban el Reglamento del PROGRAMA EMPLEO VERDE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento del PROGRAMA EMPLEO VERDE, que como ANEXO I N° IF-2023-51054997-APN-SSPE#MT forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO y a la SUBSECRETARÍA DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CAPACITACIÓN PERMANENTE, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE EMPLEO, en el marco de sus respectivas competencias, a aprobar los instrumentos operativos e instructivos necesarios para la implementación del PROGRAMA EMPLEO VERDE.

La modificación o adaptación de los instrumentos operativos de los planes, programas o líneas de acción de promoción del empleo o formación profesional administrados por la SECRETARÍA DE EMPLEO, a través de los cuales se implemente el PROGRAMA EMPLEO VERDE, se realizará de conformidad con las previsiones de sus marcos normativos específicos.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5358/2023 / Impuesto a las Ganancias. Decreto N° 267/23. Exención SAC. Deducción Especial Incrementada. Ley N° 27.718. Exención Guardias. R.G. Nros. 2.442 y 4.003. Norma modificatoria y complementaria.

RESUELVE:

TÍTULO I

EXENCIÓN DEL SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO Y DETERMINACIÓN DE LA DEDUCCIÓN ESPECIAL INCREMENTADA

CAPÍTULO I

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO

ARTÍCULO 1°.- A fin de determinar la procedencia de la exención del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2023, en los términos del inciso z) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, y del Decreto N° 267 del 11 de mayo de 2023, deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración y/o haber bruto mensual no supere la suma de PESOS QUINIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 506.230.-), inclusive.

CAPÍTULO II

DEDUCCIÓN ESPECIAL INCREMENTADA

ARTÍCULO 2º.- A los efectos de determinar la procedencia y el cálculo de la deducción especial incrementada prevista en el penúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, respecto de los sujetos que perciban las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la referida ley, los agentes de retención procederán conforme se indica a continuación:

– Primera parte del penúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la ley del gravamen:

1) Liquidaciones mensuales correspondientes a rentas devengadas hasta el 30 de abril de 2023, inclusive: resulta de aplicación el procedimiento dispuesto en el sexto párrafo y siguientes, del Apartado E – Deducciones Personales del Anexo II de la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, y el monto de PESOS CUATROCIENTOS CUATRO MIL SESENTA Y DOS ($ 404.062.-) vigente para dicho período.

2) Liquidaciones mensuales correspondientes a rentas devengadas desde el 1 de mayo de 2023: no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración y/o haber bruto del mes que se liquida o el promedio de las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales a ese mes, el que fuere menor, no supere la suma de PESOS QUINIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA ($ 506.230.-), inclusive.

A tal efecto, los agentes de retención computarán, en el mes que se liquida, una deducción especial incrementada en un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c) -primer párrafo- del artículo 30 de la ley del gravamen, de manera tal que -una vez computada aquélla- la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a CERO (0).

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Resolución 485/2023 / PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE. Su creación.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE que tiene por objeto:

1. Promover acciones directas orientadas tanto a la inclusión laboral como a la erradicación del trabajo infantil, el trabajo forzoso y la prevención de la violencia y acoso en el mundo del trabajo;

2. Fomentar la creación y/o el fortalecimiento técnico de las áreas orientadas a la promoción del trabajo decente en el sector gubernamental a través del acuerdo con las autoridades provinciales en el marco del Consejo Federal del Trabajo;

3. Acompañar y asistir a los gobiernos locales en la implementación de acciones orientadas a la promoción del trabajo decente, a nivel regional y sectorial;

4. Brindar asistencia económica a los organismos públicos provinciales para fines específicos.

ARTÍCULO 2°.- La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, en el marco de su competencia, será la Autoridad de Aplicación del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE y estará facultada para dictar las normas complementarias y reglamentarias, como así también para suscribir los Convenios necesarios para su implementación. Podrá asimismo, acordar el acompañamiento de las acciones del presente Programa con el CONSEJO FEDERAL DEL TRABAJO.

ARTÍCULO 3°.- El PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE promoverá la articulación y coordinación de sus prestaciones con otras políticas, acciones o programas nacionales, provinciales, municipales que tengan objetivos similares o complementarios.

ARTÍCULO 4°.- Apruébese el Reglamento del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE que como ANEXO Nº IF-2023-45067905-APN-SSPIML#MT, forma parte integrante de la presente Resolución.

Descargar Completo Resolución 485/2023

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En Uruguay el 70 por ciento de los pagos son a través de medios electrónicos

Los pagos electrónicos son los medios de pagos cada vez más elegidos para las compras en Uruguay.Así lo encontró el reporte “Sistemas de Pagos Minorista” que publicó el Banco Central del Uruguay (BCU): en el segundo semestre del 2022 se registraron un 53 millones de transferencias interbancarias, lo que marca un incremento del 13% interanual.

El informe señala un dato representativo: 7 de cada 10 pesos gastados son a través de pagos electrónicos. Desde 2015 que esta cifra no para de crecer, y cada vez ganan más terreno por sobre los pagos en efectivo.

Respecto del parque total de plásticos emitidos, el reporte del BCU da cuenta de que, a cierres del 2022, se ubicó en 3.494.938. Si se compara con las tarjetas emitidas a junio del año pasado, en solo seis meses el número aumentó en casi 46.000 tarjetas nuevas. Además, se incorporaron al sistema 30.000 nuevos titulares de este medio de pago, manteniendo estable el promedio de 2,5 tarjetas por tarjetahabiente.

El 87% de las transacciones correspondió a operaciones de compra de bienes y servicios —incluyendo los débitos automáticos—, las que se incrementaron 29% en términos interanuales. El resto se debió a transacciones de retiro de efectivo.

Por su parte, el monto total operado en pesos con dinero electrónico en el segundo semestre de 2022 tuvo un alza interanual del orden del 12%; mientras que el monto de las operaciones de compra de bienes y servicios, en particular, aumentó un 30%.Si se analizan las cifras globales de tarjetas —débito, crédito y dinero electrónico—, los volúmenes transaccionales registraron un aumento del 20% en términos interanuales, considerando la segunda mitad del año pasado como período temporal.

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viernes, 12 de mayo de 2023

Com. A 7766 BCRA / Circular CAMEX 1-962: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Ref.: Circular
CAMEX 1-962:
Exterior y cambios. Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente
resolución:
1. Establecer que para dar acceso al mercado de cambios en el marco de lo dispuesto en los
puntos 8.1. a 8.6. de la Comunicación “A” 7622 y complementarias para cursar pagos con
registro de ingreso aduanero pendiente por operaciones respaldadas por declaraciones SIRA
oficializadas a partir del 12.5.23, las entidades deberán adicionalmente constatar que a la
correspondiente declaración SIRA en estado “SALIDA” se le ha asignado un plazo de 0 (cero)
días corridos.
2. Reemplazar los puntos 3.16.3.3. y 3.16.3.4. de las normas de “Exterior y cambios”, referido a
las declaraciones juradas adicionales que deben presentar las personas jurídicas en el marco
del punto 3.16.3., por los siguientes:
“3.16.3.3. el detalle de las personas humanas o jurídicas que ejercen una relación de control
directo sobre el cliente y de otras personas jurídicas con las que integra un mismo
grupo económico.
A los efectos de determinar la existencia de una relación de control directo
deberán considerarse los tipos de relaciones descriptos en el punto 1.2.2.1. de las
normas de “Grandes exposiciones al riesgo de crédito”.
Deben ser considerados como integrantes de un mismo grupo económico las
empresas que compartan una relación de control del tipo definido en los puntos
1.2.1.1. y 1.2.2.1. de las normas de “Grandes exposiciones al riesgo de crédito”.

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