La puesta en el mercado de esta herramienta haciéndola de acceso masivo y la evidencia de los riesgos que puede traer aparejados instaló un debate que ya comenzó en varios países
La tecnología avanza cada día trayendo casi siempre bienestar a los humanos, pero también, a veces, preocupaciones.
Partimos de la base de que, en principio, rige el principio de plena libertad para las empresas en lo que se refiere a sus capacidades de desarrollo tecnológico.
Sin embargo, las administraciones siempre conservan potestades regulatorias si el interés general o público pudiera considerarse comprometido con alguna consecuencia vinculada con los desarrollos de la IA. Ello ocurre en todos los ordenamientos jurídicos.
Estamos frente a herramientas o útiles, que pueden ser utilizados de diversa forma y con distintos fines, para hacer el bien o para dañar y pueden también producir daños no intencionales, tanto a nivel personal como con alcance social. Lo importante, entonces, es el uso que hagamos de estas herramientas.
La puesta en el mercado de estas herramientas haciéndolas de acceso masivo y la evidencia de los riesgos que pueden traer aparejados han generado un debate público sobre la necesidad de regular la creación, distribución y uso de las mismas.
La eventual regulación plantea un sinnúmero de aspectos a considerar y discutir: ¿alcanza con la auto-regulación, o hay que legislar? En ese caso, la regulación podría provenir de las administraciones sub-nacionales, nacionales o, quizás, de algún organismo internacional. En cualquier caso, habrá que evaluar la competencia para su implementación efectiva, para evitar que la regulación se transforme en una mera declaración sin impacto real.
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