martes, 6 de junio de 2023

Binance le responde a la demanda de la SEC y dice que está listo para pelear

El CEO del exchange hizo publica una declaración en respuesta a la demanda reciente que hizo la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC).

La Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU. (SEC) presentó una demanda contra Binance y el CEO Changpeng Zhao por presuntas violaciones de las leyes de valores. Además, esta acción legal se produce después de que la Comisión de Comercio de Futuros de Productos Básicos tomara medidas regulatorias anteriores contra la empresa. El CEO del exchange hizo publica una declaración en respuesta a la demanda reciente.

“Desafortunadamente, la negativa de la SEC a comprometerse productivamente con nosotros es solo otro ejemplo de la negativa consciente y equivocada de la Comisión de proporcionar la claridad y la orientación que tanto necesita la industria de activos digitales”, mencionó el exchange en su declaración.

La declaración también subrayó que la verdadera intención de la SEC es aparecer en los titulares. Además, el CEO de Binance declaró que están preparados para combatirlo en toda la extensión de la ley.

Binance también expresó su decepción por las acciones de la SEC y mencionó que, a pesar de cooperar activamente con la comisión, la SEC decidió actuar unilateralmente. El exchange también declaró que está que están listos para defenderse vigorosamente.

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¿Es necesaria una regulación pública en materia de Inteligencia Artificial? – Infobae

La puesta en el mercado de esta herramienta haciéndola de acceso masivo y la evidencia de los riesgos que puede traer aparejados instaló un debate que ya comenzó en varios países

La tecnología avanza cada día trayendo casi siempre bienestar a los humanos, pero también, a veces, preocupaciones.

Partimos de la base de que, en principio, rige el principio de plena libertad para las empresas en lo que se refiere a sus capacidades de desarrollo tecnológico.

Sin embargo, las administraciones siempre conservan potestades regulatorias si el interés general o público pudiera considerarse comprometido con alguna consecuencia vinculada con los desarrollos de la IA. Ello ocurre en todos los ordenamientos jurídicos.

Estamos frente a herramientas o útiles, que pueden ser utilizados de diversa forma y con distintos fines, para hacer el bien o para dañar y pueden también producir daños no intencionales, tanto a nivel personal como con alcance social. Lo importante, entonces, es el uso que hagamos de estas herramientas.

La puesta en el mercado de estas herramientas haciéndolas de acceso masivo y la evidencia de los riesgos que pueden traer aparejados han generado un debate público sobre la necesidad de regular la creación, distribución y uso de las mismas.

La eventual regulación plantea un sinnúmero de aspectos a considerar y discutir: ¿alcanza con la auto-regulación, o hay que legislar? En ese caso, la regulación podría provenir de las administraciones sub-nacionales, nacionales o, quizás, de algún organismo internacional. En cualquier caso, habrá que evaluar la competencia para su implementación efectiva, para evitar que la regulación se transforme en una mera declaración sin impacto real.

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EEUU demandó al gigante de las criptomonedas Binance por violar normas del mercado: cae Bitcoin

La Comisión del Mercado de Valores de Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés) demandó este lunes a Binance, la mayor plataforma de criptomonedas del mundo, por violar con sus operaciones toda una serie de normas en el país.

La demanda, presentada en un tribunal federal de Washington, acusa a la empresa de gestionar de forma irregular fondos de sus usuarios y de mentir a inversores y reguladores, entre otras supuestas violaciones.

La SEC presentó en total 13 cargos contra Binance y contra su fundador, Changpeng Zhao -más conocido como CZ en el mundillo cripto-, a quienes acusa de ignorar de forma descarada las leyes bursátiles estadounidenses y de ganar miles de millones de dólares a cambio de poner en “riesgo significativo” los activos de sus clientes.

La principal criptomoneda por valorización de mercado, Bitcoin, reaccionó a la noticia acentuando las bajas en una rueda en la que ya cotizaba en rojo. Al momento de la publicación de esta noticia, el token perdía 2,98% en la última hora y 5,01% en las últimas 24 horas para cotizar a USD 25,818.34, según datos de Coinmarketcap.

El mayor exchange del mundo operaba una “red de engaños” que incluía inflar artificialmente sus volúmenes de negociación y desviar los activos de los clientes, según la denuncia que presentó la SEC.

La aaccionlegal también alega que Binance y Zhao controlan en secreto los activos de sus clientes, lo que les permite mezclar y desviar los fondos, y que Binance creó entidades estadounidenses separadas “como parte de un elaborado plan para evadir las leyes federales de valores de Estados Unidos”.

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 Binance registra una masiva salida de fondos tras demanda de la SEC 

Más de u$s70 millones en criptomonedas abandonaron Binance después de la noticia. Reguladores de Estados Unidos presentan 13 cargos en contra de Binance y su CEO.

La Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC) presentó este lunes una demanda contra Binance y su CEO, Changpeng Zhao, por la presunta oferta de valores no registrados en violación de las leyes federales. Esto derivo en una masiva salida de fondos que alcanza los u$s60 millones.

La demanda presenta trece cargos en contra de la compañía y sus afiliadas. Binance registró salidas netas por alrededor de u$s70 millones, según datos de la plataforma inteligencia de Blockchain que fueron recogidos por CoinDesk.

Los flujos de salida en la red Ethereum superan los u$s40 millones de dólares en la última hora, agregó la firma en un tweet.

Los usuarios del mayor intercambio de criptomonedas retiraron unos u$s125 millones de activos digitales en los últimos minutos posteriores al conocimiento público de la demanda. Los datos excluyen las transferencias de Bitcoin (BTC).

La Comisión de Valores (SEC) de los Estados Unidos presentó una demanda contra Binance, su plataforma en los Estados Unidos y Changpeng Zhao (CZ) en el Tribunal del Distrito de Columbia el 5 de junio.

El regulador estadounidense presentó 13 cargos contra Binance, que incluyen ofertas y ventas no registradas de tokens BNB, BUSB, productos Simple Earn y BNB Vault, y su programa de staking. Además, la SEC alega en la demanda que Binance no registró su plataforma Binance.com como un intercambio o una exchange. Además, afirmó que Binance y BAM Trading no registraron a Binance.US como un intercambio, corredor y agencia de compensación, y CZ fue demandado como una “persona de control”.

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lunes, 5 de junio de 2023

Com. A 7783 BCRA / “Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la información”. Adecuaciones. “Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguros.

Ref.: Circular
RUNOR 1-1799:
“Requisitos mínimos para la gestión y control de
los riesgos de tecnología y seguridad de la información”. Adecuaciones. “Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la información asociados a los
servicios financieros digitales.” Reglamentación.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adopto la siguiente resolución:

“1.Aprobar las normas sobre “Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la información asociados a los servicios financieros digitales” que constan
en anexo y forman parte de la presente comunicación.

2. Derogar la Sección 11. de las normas sobre “Requisitos mínimos para la gestión y control de los
riesgos de tecnología y seguridad de la información”.

3. Extender el alcance de las normas sobre “Requisitos mínimos para la gestión y control de los
riesgos de tecnología y seguridad de la información” a las Infraestructuras del Mercado Financiero conocidas como Sistemas de Pago de importancia sistémica: INTERBANKING, COELSA,
LINK y PRISMA.

4. Dejar sin efecto las normas sobre “Requisitos operativos mínimos del área de sistemas de información (SI) – tecnología informática”.

5. Establecer que estas disposiciones entrarán en vigencia a los 180 días corridos contados desde
la fecha de su difusión.”

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7783

viernes, 2 de junio de 2023

Com. A 7777 BCRA / Circular RUNOR 1-1798: Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la infor- mación. Texto ordenado.

Ref.: Circular
RUNOR 1-1798:
Requisitos mínimos para la gestión y control de
los riesgos de tecnología y seguridad de la información. Texto ordenado.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar el texto ordenado de las normas sobre “Requisitos mínimos para la gestión y control de los riesgos de tecnología y seguridad de la información” que contempla las disposiciones dadas a conocer mediante el punto 2. de la Comunicación “A”
7724.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7777

Com. A 7780 BCRA / Circular CAMEX 1-966: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Ref.: Circular
CAMEX 1-966:
Exterior y cambios. Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente
resolución:

“1. Reemplazar el punto 8.5.18.4. de las normas de “Exterior y cambios”, referido a los cobros
locales por exportaciones del régimen de ranchos a medios de transporte de bandera
extranjera, por el siguiente:

“8.5.18.4. El agente local no ha utilizado este mecanismo por un monto superior al equivalente
de USD 2.000.000 (dos millones de dólares estadounidenses) en el mes calendario
que se imputa.

En todos los casos el mes calendario que se imputa deberá corresponder a aquel
que corresponde a la fecha de embarque del permiso o ser posterior a éste.”

2. Incorporar en el punto 8.5.17. de las normas de “Exterior y cambios”, referido a las operaciones
aduaneras exceptuadas del Seguimiento de las negociaciones de divisas por exportaciones de
bienes (SECOEXPO), al siguiente:

“8.5.17.28. Operaciones aduaneras de los subregímenes “BARA” y “VMI1” en el marco de la
operatoria de proveedores de combustibles de medios de transporte.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en
reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7780

 

Com. A 7781 BCRA / Circular CAMEX 1-967: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Ref.: Circular
CAMEX 1-967:
Exterior y cambios. Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente
resolución:

“-. Incorporar al punto 9. de la Comunicación “A” 7622, complementarias y modificatorias, el
siguiente punto:

“9.X. el cliente accede al mercado de cambios antes de la fecha mínima de acceso en forma
simultánea con la liquidación de fondos originados en un endeudamiento financiero
con el exterior, en la medida que se cumplan las siguientes condiciones al momento
del otorgamiento:

9.X.1. la fecha de vencimiento de la financiación otorgada sea igual o posterior a la
fecha estimada de arribo de los bienes al país más 15 (quince) días corridos
más el plazo previsto en la declaración SIRA si correspondiese.

9.X.2. la entidad cuenta con una declaración jurada del importador en la que se
compromete, salvo situaciones de fuerza mayor ajenas a su voluntad, a
concretar el registro de ingreso aduanero de los bienes dentro de los 15
(quince) días corridos del arribo de éstos al país.

En la medida que el acceso del cliente se produzca con posterioridad al
registro de ingreso aduanero de los bienes no resultará necesario requerir la
declaración jurada indicada en el párrafo precedente ni considerar los 15
(quince) días corridos adicionales en el cómputo del plazo de vencimiento de
la financiación otorgada.

La porción de los endeudamientos financieros con el exterior que sea utilizada en
virtud de lo dispuesto en el presente punto no podrá ser computada a los efectos de
otros mecanismos específicos que habiliten el acceso al mercado de cambios a partir
del ingreso y/o liquidación de este tipo de operaciones.”

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7781

 

Com. A 7782 BCRA / Circular CAMEX 1-968: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Ref.: Circular
CAMEX 1-968:
Exterior y cambios. Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente
resolución:
“-. Establecer que lo previsto en el punto 3.17. de las normas de “Exterior y cambios” resultará
también aplicable, a partir del 2.6.23 inclusive, a los vencimientos de capital de gobiernos
locales que correspondan a emisiones de títulos de deuda con registro en el exterior, otros
endeudamientos financieros con el exterior o a emisiones de títulos de deuda con registro
público en el país denominados en moneda extranjera.
En el caso de vencimientos de las mencionadas operaciones que se registren hasta el 18.7.23,
la presentación del plan ante el BCRA podrá concretarse hasta 2 días hábiles antes de la fecha
del vencimiento.”
Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en
reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7782

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 963/2023 / Sustituyen el artículo 132 de la Sección XII del Capítulo V del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 132 de la Sección XII del Capítulo V del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 132.- Las obligaciones negociables emitidas bajo el presente Régimen deberán cumplir con los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina” y enmarcarse en la “Guía para la Emisión de Bonos Sociales, Verdes y Sustentables” previstos en los Anexos III, VI y VII del Capítulo I del Título VI de estas Normas. Asimismo, en el prospecto de emisión deberá surgir claramente el proyecto social y, en caso de existir, la/s población/ciones para la/s cual/es se obtendrá/n resultados socioeconómicos positivos estimados; así como también el impacto social esperado que resultará de los proyectos a los que se asignarán los fondos obtenidos”.

ARTÍCULO 2°.- Sustituir el artículo 5º de la Sección I del Capítulo IX del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 5°.- En caso de tratarse de emisiones de valores negociables que no sean acciones, la información exigida para el prospecto deberá adecuarse a la naturaleza del valor negociable en cuestión.

Cuando se trate de Emisoras de valores representativos de deuda de corto plazo, el prospecto deberá adecuarse al modelo que se indica en el Anexo II de este Capítulo.

Adicionalmente, para la emisión de obligaciones negociables y/o valores fiduciarios y/o cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados, destinados a proyectos SVS+, el prospecto deberá incluir información que se encuentre en consonancia con los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina”, conforme figura en el Anexo III del Capítulo I del Título VI de estas Normas”.

Descargar Completo Resolución General 963/2023