martes, 18 de julio de 2023

INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA – Resolución General 9/2023 / Sistemas de ahorro para fines determinados bajo la modalidad de planes de ahorro previo por círculos o grupos cerrados

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Las sociedades de ahorro previo por círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles y la adjudicación de sumas de dinero con destino a la adquisición de bienes muebles o servicios y con destino a la adquisición, ampliación o refacción de bienes inmuebles y las sociedades de capitalización que prevean en las condiciones generales de sus títulos la realización de sorteos o licitaciones mediante extracciones de un bolillero en acto público con presencia de Escribano Público llevarán a cabo los actos mensuales de adjudicación y los actos mensuales de sorteo y licitación, respectivamente, en forma presencial y con presencia física de escribano público, de conformidad con las estipulaciones de sus condiciones generales de contratación, aprobadas por este Organismo, y deberán disponer de transmisiones en vivo de los actos que realicen, las que deberán ser debidamente publicitadas a través de su página web y en los cupones de las cuotas que emitan.

ARTÍCULO 2º: Esta resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3 º: Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese oportunamente a las Direcciones y Jefaturas de los Departamentos y respectivas Oficinas del Organismo y al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, solicitando a éste ponga la presente resolución en conocimiento de los Colegios Profesionales que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase a la Delegación Administrativa. Oportunamente, archívese.

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INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA – Resolución General 8/2023 / Planes de ahorro bajo modalidad de “grupo cerrado”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: OPCIÓN DE DIFERIMIENTO. OBLIGATORIEDAD. SUSCRIPTORES COMPRENDIDOS.

Las entidades administradoras de planes de ahorro bajo modalidad de “grupo cerrado”, deberán ofrecer a los suscriptores la opción de pago diferido de los porcentajes de valor móvil del bien tipo objeto del contrato o su sustituto no cancelados en virtud de las medidas cautelares aplicadas.

Quedan alcanzados por la presente resolución:

1. Suscriptores ahorristas, adjudicados y adjudicatarios, titulares de contratos beneficiados con medidas cautelares o preventivas en procesos judiciales con incidencia sobre el pago de sus cuotas y, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, hubieran sido revocadas.

2. Suscriptores ahorristas, adjudicados y adjudicatarios, titulares de contratos beneficiados con medidas cautelares o preventivas en procesos judiciales con incidencia sobre el pago de sus cuotas y que se revoquen desde la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución y hasta la fecha de finalización del plan (vencimiento original de duración del contrato o cuando en el grupo no queden suscriptores por ser adjudicados).

3. Suscriptores ahorristas, adjudicados y adjudicatarios con medidas cautelares o preventivas en procesos judiciales con incidencia sobre el pago de sus cuotas y que a la fecha del dictado de la presente resolución se encuentren vigentes y decidan desistir de los efectos de dichas medidas cautelares durante la vigencia original del contrato y hasta la fecha de finalización del plan (vencimiento original de duración del contrato o cuando en el grupo no queden suscriptores por ser adjudicados).

4. Suscriptores adjudicados y adjudicatarios de grupos finalizados con medidas cautelares o preventivas en procesos judiciales, con incidencia sobre el pago de sus cuotas, y que a la fecha de vigencia de la presente resolución hayan sido revocadas, que se revoquen en el futuro o decidan desistir de los efectos de las medidas cautelares.

5. Suscriptores ahorristas de grupos finalizados con medidas cautelares o preventivas en procesos judiciales, con incidencia sobre el pago de sus cuotas, y que a la fecha de vigencia de la presente resolución hayan sido revocadas, que se revoquen en el futuro o decidan desistir de los efectos de las medidas cautelares, siempre y cuando retiren la unidad adjudicada.

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5386/2023

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 5.228 en la forma que se indica a continuación:

1. Sustituir el artículo 16, por el siguiente:

“ARTÍCULO 16.- La solicitud de inscripción en el ‘Registro’ será resuelta por esta Administración Federal, una vez que el organismo regulador de la actividad en la jurisdicción que corresponda, haya intervenido y validado los aspectos de su competencia.

Dicha validación se efectuará a través del servicio ‘Juegos de azar y/o apuestas – Organismo Habilitante’, ingresando a la opción ‘Habilitación de Operadores – Juegos online’, utilizando la respectiva Clave Fiscal.

Asimismo, mediante el aludido servicio deberá informar -cuando corresponda- la modificación o revocación de la licencia, así como los datos de los dominios habilitados al operador.”.

2. Sustituir el artículo 18, por el siguiente:

“ARTÍCULO 18.- A efectos de determinar la alícuota de percepción aplicable, en los términos de los artículos 2°, 3°, 5° y 6° del Decreto N° 293 del 2 de junio de 2022, esta Administración Federal considerará los datos declarados por el solicitante y los disponibles en las bases del Organismo. Al respecto:

a) Sobre el monto de capital invertido superior a PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($200.000.000.-) al que hace referencia el inciso a) del artículo 5° del mencionado decreto, se considerará la composición de los rubros del activo que surja de los estados contables debidamente certificados por profesional independiente, correspondientes a los ejercicios económicos cerrados a partir del 1° de enero de 2021.

b) En relación al incremento de la nómina requerido en el inciso b) del artículo 5° del decreto aludido, se considerará que la modalidad es de tiempo completo cuando se cumpla con la jornada laboral máxima establecida por la legislación vigente para las actividades vinculadas a la operación del juego presencial y/u ‘online’.

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Crypto Use Cases: 12 Real-World Stories of How Millions of People Are Using Crypto Services Today

Farcaster: Fixing What’s Broken in Social Media

Thousands of early adopters and public figures are
using Farcaster to free themselves from corporate
control, censorship, and misinformation.

One of social media’s greatest features—that it allows people to
communicate with a huge network of other people—often leads
to one of its worst: It creates corporate monopolies.
Facebook, Twitter, and LinkedIn attracted billions of users by
creating virtual arenas where people could meet and share ideas
at an unprecedented scale with friends and followers. There’s a
big cost to this, though. Everything you create—your profile, your
followers, your posts, your history—is their property. That means
they can do an awful lot with that data, like sell it, alter it, or shut
it down altogether.
They can also institute arbitrary new rules (an issue that has
exploded into the public consciousness in the past year after
Elon Musk’s purchase of Twitter). Or kill access to the platform’s
API to block out new developers or innovation.
This is their world; you and your community just live in it.
To get around this, you need a mechanism that lets people
preserve the powerful networking benefits of social media while
scrapping its Big Brother ownership. You can probably guess
that this mechanism is a decentralized blockchain. And one
company that has launched such a decentralized social network
is Farcaster.

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lunes, 17 de julio de 2023

Primer informe sobre endeudamientos, géneros y cuidados en la Argentina Equipo de trabajo de la CEPAL y el Ministerio de Economía de la Argentina.

I. Uso de financiamiento
De acuerdo con los datos del Banco Central de la República Argentina (BCRA), el endeudamiento agregado
de los hogares argentinos con el sistema financiero es equivalente al 4% del PIB, nivel que resulta
relativamente acotado en una comparación histórica –alcanzó casi el 7% en 2018–, así como en comparación
con otros países emergentes y desarrollados (BCRA, 2022a). Sin embargo, más allá de las deudas en el sector
formal, los hogares acceden a diversas fuentes de financiamiento, entre las que se incluyen aquellas de tipo
informal. Las fuentes alternativas al financiamiento formal no quedan completamente registradas en las
estadísticas oficiales, por lo que su dinámica y el rol que tienen para sostener el consumo de los hogares se
encuentra invisibilizado (Tumini y Wilkis, 2022).

Por lo tanto, en esta sección se analiza, a partir de los resultados de la Encuesta de Financiamiento y
Uso de Medios de Pagos, el uso de las distintas fuentes de financiamiento que utilizan los hogares ya sean
fuentes formales (tarjetas de crédito, créditos bancarios, financieras, fintech o créditos de la ANSES), o
fuentes informales (préstamos de familiares o amigos, fiado en comercios, préstamos de empleadores o
prestamistas).

Los datos relevados por la EFyMP muestran que el 53,5% de los hogares solicitó financiamiento en el último
mes, ya sea mediante créditos en entidades del sector financiero formal, a través de fuentes de financiamiento
informal, o ambos. De ellos, el 30,8% consigna haber contraído ambos tipos de financiamiento, el 14,1% solo
registra financiamiento de carácter informal y el 8% solo en instituciones formales.

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Informe de Política Monetaria

1. Política monetaria: evaluación y perspectivas

En el ámbito internacional, la inflación más persistente de lo esperado ha llevado a los bancos centrales de
los países avanzados a profundizar su política monetaria contractiva, lo que ha redundado en un crecimiento
del producto menor al previsto para el primer trimestre del año. En las economías en desarrollo, en cambio,
donde la inflación está cediendo más rápidamente, los bancos centrales han pausado la suba de tasas de
interés. El menor dinamismo de la actividad económica global también presionó a la baja de los precios de
los alimentos y la energía, contribuyendo a desacelerar la inflación, pero, al mismo tiempo, impactando negativamente sobre las perspectivas de crecimiento de los países exportadores de materias primas. Hacia
delante, los riesgos para el panorama mundial continúan sesgados a un menor dinamismo de la actividad
económica. La inflación subyacente, todavía elevada, podría derivar en nuevas subas de tasas de interés de
política, dando lugar a un resurgimiento de turbulencias financieras, como las observadas en el sistema bancario norteamericano en el primer trimestre o las vinculadas con episodios de insostenibilidad de las deudas
corporativas o soberanas.

En Argentina la actividad económica creció 0,7% sin estacionalidad (s.e.) durante el primer trimestre de 2023,
a pesar de que el sector agropecuario se contrajo por segundo trimestre consecutivo. La expansión de la
Minería liderada por la actividad no convencional en Vaca Muerta junto con la recuperación de la industria
manufacturera explicó en gran medida el desempeño del Producto. Durante el segundo trimestre se concentró el impacto transitorio de la sequía sobre el PIB, aunque se estima que la actividad del resto de los sectores
(PIB no agro) continuaría en aumento. Los datos de abril estuvieron en línea con lo esperado, registrándose
una caída de 36,8% i.a. en la actividad agropecuaria y una suba de 2,7% i.a. en el resto de los sectores (sin
impuestos). En lo que resta del año la economía local se desenvolverá favorecida por el repunte del sector
agropecuario y el empuje del sector minero, en un entorno que podría registrar una mayor volatilidad financiera asociada al contexto electoral.

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Com. A 7809 BCRA / Circular RUNOR 1-1806: Régimen Informativo Estados Financieros para Publicación Trimestral / Anual

Ref.: Circular
RUNOR 1-1806:
Régimen Informativo Estados Financieros para
Publicación Trimestral / Anual
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las instrucciones para la elaboración del
anexo “Corrección de valor por pérdidas – Previsiones por riesgo de incobrabilidad” en formato txt,
para las entidades que postergaron la aplicación del punto 5.5 de la NIIF 9 de acuerdo con la Comunicación “A” 7659.
En tal sentido, se incorpora el anexo 27, elaborado en función del modelo del Anexo R
oportunamente difundido mediante la Comunicación “A” 6358 -ya presentado en formato pdf-, con la
inclusión del resultado monetario respectivo (“AR2”). Adicionalmente, se reemplaza la codificación
“A-R” por “AR1” para las entidades A, y las B y C que no hayan ejercido dicha opción.
Asimismo, se considera propicia la oportunidad para efectuar las siguientes modificaciones:
– Adecuación de los puntos 12.1.1., 12.4.1. y 12.8.3.
– Aclaraciones en el anexo 6 “Estado de Cambios en el Patrimonio”
– Incorporación del campo “Descripción” en el anexo 7 “Estado de Flujo de Efectivo”
– Adecuación del anexo 13 “Anexo F: Movimiento de propiedad, planta y equipo”
– Adecuación del anexo 14 “Anexo F: Movimiento de propiedades de inversión”
– Adecuación del anexo 15 “Anexo G: Movimiento de activos intangibles”
– Adecuación del anexo 24 “Anexo P: Categorías de Activos y Pasivos Financieros”
– Adecuación de los códigos de error 02, 08 y 37.
Se acompañan en anexo las hojas que corresponde reemplazar en la Sección 12 de
“Presentación de Informaciones al Banco Central”, con vigencia para el trimestre iniciado el 1° de
abril y finalizado el 30 de junio 2023.

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TASA DE LA POLÍTICA MONETARIA

El BCRA mantuvo sin cambios la tasa de política monetaria

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió mantener sin cambios la tasa de política monetaria. Por segundo mes consecutivo, la inflación mensual registró una significativa desaceleración respecto del mes previo, en línea con las previsiones de la autoridad monetaria.

En junio la tasa de inflación mensual fue 6,0%, 1,8 p.p. menor al registro de mayo y 2,4 p.p. inferior al dato de abril. La desaceleración del IPC fue difundida al interior de sus categorías y divisiones. Así, la inflación núcleo se ubicó en 6,5%, el registro más bajo desde enero, reduciéndose en el mes -1,3 p.p. En la categoría Estacionales y en la división de Alimentos y bebidas no alcohólicas (AyB) incidió principalmente la desaceleración de las verduras y frutas, reflejando que fueron disipándose los efectos adversos de la sequía que en los meses previos presionaron al alza.

La política de tasa de interés del Banco Central busca generar retornos reales positivos sobre las inversiones en moneda local, con el fin de preservar la estabilidad monetaria y cambiaria.

El BCRA continuará monitoreando la evolución del nivel general de precios, la dinámica del mercado de cambios y de los agregados monetarios a los efectos de calibrar su política de tasas de interés y de gestión de la liquidez.

Jueves 13 de julio de 2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5384/2023

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Esta Administración Federal pondrá a disposición de la Unidad Ejecutora del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y de las Agencias Regulatorias del Comercio Transfronterizo (ARTF), el servicio “web” denominado “Servicio de Recepción de LPCO” para la admisión de Licencias, Permisos, Certificados y Otros documentos (LPCO) y su validación automática en el Sistema Informático MALVINA (SIM), cuyos términos se consignan en el Anexo (IF-2023-01572007-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI), que se aprueba y forma parte de la presente.

Además de lo previsto en el citado anexo, se deberán observar las pautas contenidas en el “Manual de Usuario Externo” que estará disponible en el en el micrositio “Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)” del sitio “web” de esta Administración Federal (https://www.afip.gob.ar).

ARTÍCULO 2°.- Incorporar como punto 7. del apartado II. “Herramientas Complementarias” del Anexo I de la Resolución General N° 3.599 y su modificatoria, el siguiente texto:

“7. Servicio de Recepción de LPCO.”.

ARTÍCULO 3°.- Facultar a la Dirección General de Aduanas y a las Subdirecciones Generales de Recaudación y Sistemas y Telecomunicaciones para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las normas complementarias necesarias para la implementación de la presente.

Descargar Completo Resolución General 5384/2023

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