martes, 4 de julio de 2023

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO – Resolución 352/2023 / Otorgamiento del CERTIFICADO DE EMPRESA ARGENTINA DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO en el marco de la iniciativa creada por la Resolución.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el otorgamiento del CERTIFICADO DE EMPRESA ARGENTINA DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO en el marco de la iniciativa creada por la Resolución N° 292 de fecha 19 de diciembre de 2022 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a las entidades listadas en el Anexo (IF-2023-39844362-APN-DCSE#MDP) que forma parte integrante de la presente medida y certifíquese el cumplimiento de los requisitos allí detallados.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y REGULACIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA a emitir los respectivos certificados y a notificar a las entidades a las que refiere el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las empresas beneficiarias la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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lunes, 3 de julio de 2023

Informe del Mercado de Capitales PWC

Durante el mes de Mayo 2023 se emitieron:
En el mes de mayo, se destacaron las ON PYME
CNV Garantizadas en USD Linked, las cuales
mostraron un incremento superior al 80% en
valores nominales con respecto al mes anterior.
Esta disminución de la oferta en instrumentos
USD Linked, junto con la habitual demanda de
cobertura por parte de los inversores, generaron
una caída en las tasas de corte de varias
colocaciones, destacándose las emisiones
de CNH Industrial (-10,5%) y Petroquímica
Comodoro Rivadavia (-8,18%).
Evolución de emisiones de Fideicomiso
Financieros mayo-22 a mayo-23
Evolución de emisiones de Obligaciones
Negociables mayo-22 a mayo-23
Montos en AR$. Los instrumentos emitidos en USD / UVA han sido
convertidos al tipo de cambio promedio del mes.
Montos en AR$. Los instrumentos emitidos en USD / UVA han sido
convertidos al tipo de cambio promedio del mes.
6 ON del Régimen General en pesos por un monto total de AR$ 36.481M a
una tasa promedio (TNA) de 93,1% y una duration promedio de 9,6 meses.
1 ON del Régimen General en USD por un monto de USD 77M a una tasa
(TNA) de 3,5% y una duration de 29,0 meses.
7 ON del Régimen General en USD Linked por un monto total de
USD 167,8M a una tasa promedio (TNA) de -1,5% y una duration promedio
de 27,0 meses.
2 ON del Régimen PYME en pesos por un monto total de AR$ 660,5M a
una tasa promedio (TNA) de 101,1% y una duration promedio de 12 meses.
1ON del Régimen PYME en USD Linked por un monto de USD 4,8M a una
tasa (TNA) de 3,00% y una duration de 23 meses.
1 ON del Régimen PYME CNV Garantizada en pesos por un monto de
AR$ 200M a una tasa (TNA) de 96,2% y una duration de 11,1 meses.
7 ON del Régimen PYME CNV Garantizada en USD Linked por un monto
total de USD 9M a una tasa promedio (TNA) de -2,98% y una duration
promedio de 26 meses.

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MINISTERIO DE DEFENSA Y MINISTERIO DE ECONOMÍA – Resolución Conjunta 29/2023 / Remuneraciones de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Fíjase el “Haber Mensual” del Personal Militar de las Fuerzas Armadas, conforme los importes y a partir de la fecha que para las distintas jerarquías se detallan en el Anexo I (IF IF-2023-72799207-APN-UGA#MD) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 2°- Fíjase el “Haber Mensual” del Personal de la Policía de Establecimientos Navales, conforme los importes y a partir de la fecha que para las distintas jerarquías se detallan en los Anexo II (IF-2023-72800077-APN-UGA#MD) y Anexo III (IF-2023-72801032-APN-UGA#MD) que integran la presente medida.

ARTÍCULO 3°- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución será atendido con los créditos correspondientes a las subjurisdicciones respectivas del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional del Ministerio de Defensa.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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Com. A 7802 BCRA / Circular RUNOR 1-1803: RI Contable Mensual – “Operaciones de Cambio” (R.I. – O.C.). Adecuaciones

Ref.: Circular
RUNOR 1-1803:
RI Contable Mensual – “Operaciones de Cambio”
(R.I. – O.C.). Adecuaciones
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. en relación con la Comunicación “A” 7801 relativa al régimen informativo de la referencia.
Al respecto, les hacemos llegar en anexo las hojas que corresponden reemplazar en el
texto ordenado de la Sección 23. de “Presentación de Informaciones al Banco Central”.
Las presentes modificaciones serán de aplicación para las presentaciones que se
realicen a partir del 04/07/2023, con vigencia para las operaciones del 29/06/2023 en adelante. Al
respecto, las rectificativas que se presenten en virtud de la vigencia señalada, podrán cursarse bajo
la modalidad de lote completo (rectificativa total) o rectificativa parcial (ROPCAM).

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Com. A 7801 BCRA / Circular CONAU 1-1593: R.I. Contable Mensual “Operaciones de Cambios” (R.I. – O.C.). Adecuaciones.

Ref.: Circular
CONAU 1-1593:
R.I. Contable Mensual “Operaciones de Cambios”
(R.I. – O.C.). Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las adecuaciones vinculadas con el Régimen
Informativo de la referencia, como consecuencia de lo dispuesto mediante la Comunicación “A”
7798.
En ese sentido, se informa que se da de alta el código de concepto A23 “Constitución
de depósitos en el exterior para afectar al pago de importaciones de combustibles o energía”, en el
punto 5. del Anexo II.
La modificación será de aplicación para las presentaciones que se realicen a partir
del 04.07.2023, y teniendo en cuenta la vigencia establecida en el punto 1. de la citada norma.
Se acompañan las hojas a reemplazar en el Texto Ordenado respectivo.

Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7801

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 967/2023 / ACTUACIÓN DE LOS AGENTES DE NEGOCIACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustituir los artículos 1° al 4º del Capítulo I del Título VII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:

“ÁMBITO DE APLICACIÓN.

ARTÍCULO 1°.- Conforme lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 26.831, en el presente Capítulo se establecen las formalidades y requisitos que deberán cumplir las personas jurídicas regularmente constituidas en la República Argentina que soliciten su autorización para funcionar y su inscripción en el registro como AGENTE DE NEGOCIACIÓN (en adelante “AN”), para actuar de conformidad con las presentes Normas como intermediarios en los Mercados autorizados por la Comisión, incluyendo bajo jurisdicción del Organismo cualquier actividad que éstos realicen en ese marco.

Asimismo, le resultarán aplicables las formalidades y requisitos establecidos en el Capítulo VII “Disposiciones Comunes” del presente Título.

ACTUACIÓN DE LOS AN.

ARTÍCULO 2°.- En el marco de sus funciones los AN sólo podrán realizar las siguientes actividades, tanto para su cartera propia como para terceros clientes:

a) Brindar asesoramiento respecto de inversiones en el mercado de capitales.

b) Actuar en la colocación primaria y en la negociación secundaria a través de los Sistemas Informáticos de Negociación de los Mercados autorizados por esta Comisión, ingresando -en forma directa- ofertas en la colocación primaria y/o registrando -en forma directa- operaciones en la negociación secundaria.

c) Cursar órdenes en forma directa, conforme las pautas establecidas en el artículo siguiente, para realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización por parte de Comisiones de Valores u otros organismos de control de países que no se encuentren incluidos en el listado de jurisdicciones no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal, en los términos del artículo 24 del Anexo integrante del Decreto N° 862/2019 y sus modificatorias, y que no sean considerados de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Asimismo, los instrumentos deberán encontrarse autorizados para ser comercializados en esas jurisdicciones a inversores acorde al perfil de riesgo del cliente. Dichas operaciones sólo podrán efectuarse respecto de clientes que revistan la condición de inversores calificados en los términos establecidos en el artículo 12 de la Sección I del Capítulo VI del Título II de estas Normas, con la salvedad expuesta en el inciso m) del artículo 12 del presente Capítulo.

Descargar Completo Resolución General 967/2023

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN – Resolución 425/2023 / Modificaciones al Reglamento Operativo del PROGRAMA DE INNOVACION FEDERAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar las modificaciones propuestas al Reglamento Operativo del PROGRAMA DE INNOVACION FEDERAL, enmarcado en el Préstamo BID 5293/OC-AR, cuyo texto quedará configurado de acuerdo al detalle que se adjunta como ANEXO IF-2023-59318763-APN-DGPYPSYE#MCT de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Descargar Completo Resolución 425/2023

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL – Resolución 131/2023 / Normas complementarias y aclaratorias de la Ley N° 27.705 y el Decreto N° 173/23

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las normas complementarias y aclaratorias de la Ley N° 27.705 y el Decreto N° 173/23 que, como ANEXO N° IF-2023-74071100-ANSES-DGDNYP#ANSES, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Descargar Completo Resolución 131/2023

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viernes, 30 de junio de 2023

BLOCKCHAIN TECHNOLOGY: CRYPTOCURRENCIES AND BEYOND Report of the Standing Committee on Industry and Technology

INTRODUCTION
On 26 September 2022, the House of Commons Standing Committee on Industry and
Technology (the Committee) passed a motion to:

recognize that blockchain technology—a virtual ledger able to register
transparently great volumes of transactions—is an emerging technology
with vast potential to bring about innovation and efficiency gains in
different industries such as financial services, health care, travel,
entertainment, agriculture and many more sectors of our economy; that
blockchain startups have seen an impressive growth in the last years; that
regulatory certainty could bring about more investments in that specific
field and drive innovation across the Canadian economy; that as such,
pursuant to standing order 108(2), the Committee undertake a
comprehensive study on the current state of blockchain technology in
Canada, and potential applications, to determine the innovative
opportunities it presents as well as the risks, alongside the legal and
regulatory framework required to govern this emerging technology; that
the Committee devote a minimum of four meetings to this study and
report its findings to the House.

Over the course of the study, the Committee held 5 meetings during which it heard
from 31 witnesses. The Committee also received 6 briefs.

During its study, witnesses told the Committee about the ways that blockchain
technology is already changing the digital landscape and providing significant economic
benefits, while also expressing optimism that greater opportunities using the technology
lie ahead. Much of this discussion focused on cryptocurrencies, like Bitcoin, whose
framework is based on blockchain technology, but witnesses emphasized that this
technology has use cases across industries and sectors.

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Rocket boost for UK economy as Financial Services and Markets Bill receives Royal Assent

A landmark Bill to regain control of the financial services rulebook has been granted Royal Assent today (Thursday 29 June).

The Financial Services and Markets Act 2023 is central to delivering the Government’s vision to grow the economy and create an open, sustainable, and technologically advanced financial services sector.

It seizes the opportunities of Brexit by tailoring financial services regulation to fit UK markets. The Act bolsters the competitiveness of the UK as a global financial centre and delivers better outcomes for consumers and businesses.

It contains new powers – available due to Brexit – that will set the path for reforms to Solvency II, which will unlock around £100 billion for productive investment and help cultivate innovation and grow the economy.

The Act also introduces new secondary objectives for the Financial Conduct Authority and the Prudential Regulation Authority – to facilitate the growth and international competitiveness of the UK economy. This will be backed up by changes to enhance the scrutiny and accountability of the regulators, including ensuring regular reporting and a greater focus on cost-benefit analyses.

Economic Secretary to the Treasury, Andrew Griffith, said:

“2023 is proving to be a banner year for reforming our financial services.

“This landmark piece of legislation gives us control of our financial services rulebook, so it supports UK businesses and consumers and drives growth.

“By repealing old EU laws set in Brussels it will unlock billions in investment – cash that can unlock innovation and grow the economy.”

The changes enable the delivery of key Edinburgh Reforms, putting the UK on course to be the most dynamic and competitive financial services hubs in the world. This includes enabling the implementation of Lord Hill’s UK Listing Review which simplifies the UK prospectus regime – making the UK a better place for companies to IPO.

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