RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la operatoria de otorgamiento de créditos, para las personas trabajadoras aportantes del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), regulado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 463/2023, en lo que respecta al artículo 5° de dicha norma conforme los términos del Decreto N° 588/2023, que aumenta el monto prestable por hasta un máximo de PESOS UN MILLON ($1.000.000), con la misma Tasa Nominal Anual (TNA) del CINCUENTA POR CIENTO (50%) para todos los plazos de amortización, manteniéndose el resto de las condiciones previstas en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 463/2023 y la Resolución N° RESOL-2023-193-ANSES-ANSES.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que las personas trabajadoras aportantes al SIPA, que hubieran solicitado un préstamo del Programa CREDITOS ANSES, antes del dictado de la presente reglamentación por hasta la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000), podrán solicitar un nuevo crédito por la diferencia entre el importe ya otorgado y hasta el máximo de PESOS UN MILLON ($1.000.000), a través de la plataforma electrónica descripta en el artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2023-193-ANSES-ANSES, quedando exentas de concurrir a la Oficina de ANSES y de cumplir con la validación de identidad dispuesta en el punto 2.10 del Anexo I N° IF-2023-108510703-ANSES-DGOF#ANSES aprobado por la mencionada resolución.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a NACION SEGUROS S.A. y al FONDO DE GARANTIAS ARGENTINO (FOGAR) el aumento del monto máximo aprobado en el artículo 1° de la presente, a los fines de las coberturas de riesgo respectivas.
