RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los “PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI)”, los que como Anexo (IF-2024-113779623-APN-SLYA#MEC) forman parte integrante de la presente medida, los cuales se realizarán a través de la Plataforma “Trámites a Distancia” (TAD).
ARTÍCULO 2°.- Establécese que las mercaderías a las que hace referencia el artículo 8° del anexo I aprobado por el Decreto N° 749 del 22 de agosto de 2024 y su modificatorio son las identificadas como “Bienes de Capital (BK)” y/o “Bienes de Informática y Telecomunicaciones (BIT)” en el anexo I del decreto 557 del 25 de octubre de 2023.
ARTÍCULO 3°.- Encomiéndase a la Secretaría de Industria y Comercio dependiente del Ministerio de Economía el establecimiento de la metodología para la determinación del origen nacional de los bienes, conforme el inciso f del artículo 3° del anexo I aprobado por el decreto 749/2024 y su modificatorio.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndase a la Secretaría de Industria y Comercio el establecimiento de los criterios a los que refiere el artículo 8° del anexo I aprobado por el decreto 749/2024 y su modificatorio.
