DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Disuélvese el Fondo Fiduciario denominado FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE CAPITAL EMPRENDEDOR (FONDCE)”, creado por el artículo 14 de la Ley N° 27.349 y su modificatoria.
ARTÍCULO 2°.- Deróganse los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la Ley N° 27.349 y su modificatoria.
ARTÍCULO 3°.- Disuélvese el FIDEICOMISO PARA LA REFINANCIACIÓN HIPOTECARIA, creado por el artículo 12 de la Ley N° 25.798 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 4°.- Deróganse los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley N° 25.798 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 5°.- Disuélvese el Fondo Fiduciario Público denominado PROGRAMA DE INVERSIONES ESTRATÉGICAS, constituido por el artículo 12 de la Ley N° 27.574 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 6°.- Deróganse los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21 de la Ley N° 27.574 y sus modificaciones.
