RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Toda actualización del monto de subsidio de proyectos de Documentales Digitales y de Premios de Concursos, previos a la Resolución INCAA N° 453/2024, que se efectúe como consecuencia de una actualización del presupuesto económico o de una modificación del costo de una película nacional de presupuesto medio, se calculará sobre las sumas pendientes de liquidación.
En lo que respecta a las sumas ya liquidadas, sólo se las tendrá en cuenta a los efectos de su deducción, en la misma proporción que representaban sobre el monto del subsidio o premio antes de la actualización o modificación, según corresponda.
ARTÍCULO 2º.- Toda actualización del monto de subsidio de proyectos de Audiencia Media, que se efectúe como consecuencia de una actualización del presupuesto económico o de una modificación del costo de una película nacional de presupuesto medio, se calculará sobre el porcentaje pendiente de liquidación del tope de subsidio por otras formas de exhibición.
En lo que respecta a las sumas ya liquidadas, sólo se las tendrá en cuenta a los efectos de su deducción, en la misma proporción que representaban sobre el monto del subsidio antes de la actualización o modificación, según corresponda.
ARTÍCULO 3º.- Dejar constancia que la liberación de fondos que genere la aplicación de la presente Resolución estará sujeta a disponibilidad presupuestaria.
ARTÍCULO 4º.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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