Ref.: Circular
REMON 1-1123:
Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, establece:
“- Disponer que la exigencia de efectivo mínimo que –conforme a lo establecido en el punto 1.3.16.
del texto ordenado sobre Efectivo Mínimo– las entidades financieras pueden integrar con “Bonos
del Tesoro Nacional en pesos”, podrán también integrarla, en las mismas condiciones y efectos
vigentes, con los títulos públicos nacionales en pesos previstos en el punto 1.3.17. de ese ordenamiento.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente
provistas, corresponde incorporar en los textos ordenados de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero –
MARCO LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamientos y resúmenes – Textos ordenados de normativa
general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
