Ref.: Circular
OPRAC 1-1260,
REMON 1-1121:
Operaciones al Contado a Liquidar y a Término,
Pases, Cauciones, Otros Derivados y con Fondos
Comunes de Inversión. Efectivo Mínimo. Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, establece:
“1- Disponer que las entidades financieras podrán realizar operaciones de caución bursátil colocadoras –activas– en pesos en bolsas y mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
2- Incrementar, con vigencia a partir del 01/11/24, en 5 (cinco) puntos porcentuales las tasas de
exigencia de efectivo mínimo aplicables a:
a) Cauciones bursátiles tomadoras –pasivas– en pesos, y
b) Depósitos en pesos a la vista que constituyan el haber de fondos comunes de inversión de
mercado de dinero (money market).”
