Ref.: Circular
CAMEX 1-1037:
Exterior y Cambios. Adecuaciones.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente
resolución:
“- Incorporar entre las operaciones comprendidas en los puntos 2.5. y 3.6.1. del texto ordenado
sobre Exterior y Cambios a las emisiones de valores de deuda fiduciaria emitidos por fiduciarios
de fidecomisos financieros con oferta pública concretadas en concordancia con las
disposiciones de la Comisión Nacional de Valores (CNV) en la materia, en la medida que se
encuentren denominados y suscriptos en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e
intereses sean pagaderos en moneda extranjera en el país.
La totalidad de los fondos obtenidos por la emisión de los mencionados instrumentos deberán
ser liquidados en el mercado de cambios como requisito para el posterior acceso a éste a los
efectos de atender sus servicios de capital y/o intereses en moneda extranjera en el país.”
