lunes, 11 de mayo de 2020

La CNV propicia la instrumentación de un fondo solidario con impacto social

La Comisión Nacional de Valores (CNV) propicia la creación de un fondo solidario con impacto social, a instrumentarse a través de un fideicomiso financiero destinado a asistir, de manera directa o indirecta, necesidades de financiamiento de las provincias, que les permitan volver a dinamizar sus economías y mercados productivos; asistir a la infraestructura sanitaria y básica de urgente necesidad, como también para alcanzar mejores niveles de sustentabilidad de sus cuentas públicas.

Según anticipó el presidente de la CNV, Adrián Cosentino, “se está trabajando intensamente en la formulación de un nuevo tipo de instrumento financiero que promueve la integración del mercado de capitales con los objetivos de las políticas públicas, potenciando el alcance de las actuales herramientas de financiamiento de las que se disponen”.

El presidente del organismo destacó asimismo que esta iniciativa constituye “una genuina manifestación del rol fundamental del mercado de capitales, involucrando a nuestros inversores institucionales y movilizando el ahorro interno hacia fines prioritarios, no sólo para responder a la emergencia sino también para promover el desarrollo de las economías regionales, como es el caso del financiamiento de obras de infraestructura de distinta índole”.

La relevancia del proyecto sobre el que trabaja un equipo técnico bajo su dirección, está determinada por el destino de los fondos: se trata de un activo financiero de naturaleza solidaria, que apunta a atender inversiones y gastos del sector público de alto impacto social a través de una fuente de financiamiento del mercado de capitales que complemente los recursos que el Gobierno Nacional está destinando a estos mismos fines.

La iniciativa busca complementar recursos públicos y privados, en lo que se denomina una solución mixta de financiamiento, permitiendo que los inversores institucionales domésticos logren estar posicionados en un título valor de calidad y, a la vez, movilizar recursos del mercado hacia fines prioritarios para el desarrollo de las economías provinciales.

Involucra además, el trabajo conjunto con el Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial (FFDP), un instrumento disponible en la órbita de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, buscando optimizar recursos y potenciar impacto en aquellas provincias que demandan intervención rápida y efectiva en la actual coyuntura.

El Fideicomiso Financiero Solidario de Asistencia Provincial (FFSAP), denominación del instrumento en los borradores de avance del proyecto, se enmarcará en un Programa de Fideicomisos Solidarios. Cada uno de los instrumentos que se creen en el marco del programa ofrecerá a diversos inversores institucionales del Mercado de Capitales Valores Representativos de Deuda Solidarios (VRDS), que tendrán como respaldo la coparticipación de impuestos que cada provincia que se involucre como fiduciante.

Según se fundamenta, los fondos obtenidos por estos fideicomisos con impacto social deberán ser destinados a cubrir necesidades de fuerte impacto en las poblaciones locales. Por ello, los VRDS a ser emitidos por estas estructuras requerirán que las provincias manifiesten destinos de aplicación de fondos que se correspondan con una tipificación de proyectos y gastos vinculados con la noción de “impacto social”, la razón de ser de la iniciativa.

La CNV incluirá en sus normas un Régimen Especial para Programas de Fideicomisos Públicos Solidarios y, adicionalmente, trabajará en la creación de una reglamentación específica a fin de instaurar una nueva clase de valores negociables identificados como “Bonos Solidarios con Impacto Social”, que permitirá atender la demanda de aquellos inversores que deban incorporar en sus carteras instrumentos de inversión que reúnan estas características o bien cumplir con sus compromisos de responsabilidad social empresaria.

Para su implementación, la CNV está trabajando en un convenio de asistencia técnica y colaboración conjunta con el Ministerio de Economía de la Nación, mientras avanza con los procesos técnicos de la iniciativa de carácter inédito en el país.

Además de coordinar acciones con Economía, la CNV ya inició una ronda de presentación del proyecto con posibles inversores institucionales como las diversas asociaciones bancarias, que continuará con compañías de seguros, fondos comunes de inversión, y otros inversores del mercado.

10/05/2020

 

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR-Resolución 130/2020

Que por la Resolución Conjunta N° 671 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y N° 267 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA de fecha 11 de septiembre de 2014y sus modificatorias, se implementó el Programa de Fomento al Consumo y a la Producción de Bienes y Servicios, denominado “AHORA 12”, para la adquisición financiada de bienes y servicios de diversos sectores de la economía en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

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LEY DE COMPETITIVIDAD-Decreto 454/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-26716510-APN-DGD#MEC, la Ley N° 25.300 de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y sus modificaciones, la Ley N° 25.413 de Competitividad y sus modificaciones, la Ley N° 27.444 de Simplificación y Desburocratización para el Desarrollo Productivo de la Nación y la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, los Decretos Nros. 380 del 29 de marzo de 2001 y sus normas modificatorias y complementarias, 260 del 12 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 326 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020 y 408 del 26 de abril de 2020.

Descargar completa LEY DE COMPETITIVIDAD Decreto 454-20

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-Decreto 458/2020

Prorrógase la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.

Descargar completa Decreto 458-2020 Procedimientos Administrativos