viernes, 5 de noviembre de 2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7394/2021 03/11/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: LISOL 1-953, OPRAC 1-1120, REMON 1-1050. Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no financiero. Actualización.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: LISOL 1-953, OPRAC 1-1120, REMON 1-1050. Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no
financiero. Actualización.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde
incorporar en las normas sobre “Efectivo mínimo” y “Financiamiento al sector público no financiero” en función de
las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 7383.

Se señala que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO
LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamiento y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán
las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Descargar Completo Comunicación “A” 7394/2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7393/2021 03/11/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: LISOL 1-952, OPRAC 1-1119. Capitales mínimos de las entidades financieras. Grandes exposiciones al riesgo de crédito. Ratio

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: LISOL 1-952, OPRAC 1-1119. Capitales mínimos de las entidades financieras. Grandes exposiciones al riesgo
de crédito. Ratio de cobertura de liquidez. Ratio de fondeo neto estable. Supervisión consolidada. Política de
crédito. Actualización.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde
incorporar en las normas de la referencia en función de las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A”
6723.

Se señala que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO
LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamiento y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán
las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Descargar Completo Comunicación “A” 7393/2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7390/2021 29/10/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS OPERADORES DE CAMBIO: Ref.: Circular RUNOR 1-1698: RI Contable Mensual – “Operaciones de Cambio” (R.I. – O.C.). Adecuacion

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO:

Ref.: Circular RUNOR 1-1698: RI Contable Mensual – “Operaciones de Cambio” (R.I. – O.C.). Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. en relación con la Comunicación “A” 7389 relativa al régimen informativo de la referencia.

Al respecto, les hacemos llegar en anexo las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado de laSección
23. de “Presentación de Informaciones al Banco Central”.

Descargar Completo Comunicación “A” 7390/2021

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7388/2021 29/10/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: Ref.: Circular CONAU 1-1496: Régimen Informativo para Supervisión (R.I. – S.). Adecuaciones

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: Circular CONAU 1-1496: Régimen Informativo para Supervisión (R.I. – S.). Adecuaciones

Nos dirigimos a Uds. en referencia al requerimiento informativo “Padrón de entidades financieras obligadas a
reportar información para la cooperación tributaria internacional” oportunamente difundido a través de la
Comunicación “A” 7372, en función de lo dispuesto mediante la Comunicación “A” 7337.

En este sentido, se informa que se ha resuelto extender hasta el 30.11.2021 el plazo para la primera presentación
de información, aclarando que en dicha oportunidad se deberán reportar los datos correspondientes al período
anual 2020. Asimismo, se modifica con carácter general el vencimiento de las presentaciones anuales posteriores,
operando el 30 de junio del año siguiente al período anual bajo informe.

Finalmente, se recuerda que el ingreso de los datos respectivos deberá efectuarse por medio del formulario
“Padrón cooperación tributaria” en el sitio web https://www3.bcra.gob.ar.

Descargar Completo Comunicación “A” 7388/2021

 

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7387/2021 29/10/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO: Ref.: Circular CONAU 1-1495: Régimen Informativo Contable Mensual.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO:

Ref.: Circular CONAU 1-1495: Régimen Informativo Contable Mensual. Base de Datos Padrón (R.I. – B.P.)

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente,
dispone: “Incorporar a los Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago como sujetos obligados
a integrar el Régimen Informativo Base de Datos Padrón, a partir de las informaciones a diciembre/2021”.

Asimismo, se aclara no será obligatoria la remisión del dato correspondiente a la “Condición de Persona Expuesta
Políticamente -PEP-, por parte de estas entidades.

Descargar Completo Comunicación “A” 7387/2021

Descargar Completo Norma con Anexo

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Comunicación “A” 7382/2021 27/10/2021 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO, A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA, A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO

Ref.: Circular CONAU 1-1493: Régimen Informativo. Informe especial sobre el cumplimiento de las normas sobre
“Proveedores no financieros de crédito”. Presentación

Nos dirigimos a Uds. para informarles que se ha resuelto extender, de manera excepcional, el vencimiento para la
presentación del Informe especial sobre el cumplimiento de las normas sobre “Proveedores no financieros de
crédito”, correspondiente al período de revisión al 30/6/21, hasta el 29/11/21.

Descargar Completo Comunicación “A” 7382/2021

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL Resolución 2398/2021 – Aprueban el procedimiento administrativo interno para la tramitación de solicitudes de asistencias económicas en el marco del PROGRAMA DE REACTIVACIÓN Y DESARROLLO PRODUCTIVO COOPERATIVO.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento administrativo interno para la tramitación de solicitudes de asistencias
económicas en el marco del PROGRAMA DE REACTIVACIÓN Y DESARROLLO PRODUCTIVO COOPERATIVO
creado por Resolución N.° 601/2021 del Ministerio de Desarrollo Productivo, que como Anexo I
(IF-2021-104589363-APN-PI#INAES) integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase los criterios para la evaluación de los proyectos de las asistencias económicas
mencionadas en el artículo 1°, que como Anexo II (IF-2021-104589252-APN-PI#INAES) integra la presente
resolución.

Descargar Completo Resolución 2398/2021

Descargar Completo Anexo 1

Descargar Completo Anexo 2

Descargar Completo Anexo 3

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARÍA DE EMPLEO Resolución 1183/2021 – Aprueban el Reglamento del PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Reglamento del PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES DE LOS
TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCIÓN, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL N° 937/2006 y sus modificatorias, que como ANEXO – IF-2021-102289348-APN-DNPYPE#MT forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO, previa conformidad de la
SUBSECRETARÍA DE GESTION ADMINISTRATIVA, a establecer los Formularios Operativos necesarios para la
implementación del PROGRAMA DE ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES DE LOS TALLERES PROTEGIDOS
DE PRODUCCIÓN, para cada una de las prestaciones previstas en él, modificando y sustituyendo los formularios
actualmente vigentes y aprobando los nuevos formularios que hicieran falta a tal fin.

Descargar Completo Resolución 1183/2021

Descargar Completo Anexo

Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires – Reglamento para las presentaciones y notificaciones por medios electrónicos.

Acuerda:

Articulo 1º: Modificar el segundo párrafo del articulo 1 “reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos” aprobado por Acuerdo N.º 4013, el que quedara redactado de la siguiente manera:

“A tales efectos se requerirá la utilización de certificados digitales emitidos por la Autoridad Certificante AC-ONTI (Autoridad Certificante de Firma Digital), los cuales serán aportados por los interesados o emitidos por la Suprema Corten en los casos que esta lo disponga”

Descargar Completo Acuerdo 4039