A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-953, OPRAC 1-1120, REMON 1-1050. Efectivo mínimo. Financiamiento al sector público no
financiero. Actualización.
Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde
incorporar en las normas sobre “Efectivo mínimo” y “Financiamiento al sector público no financiero” en función de
las disposiciones difundidas mediante la Comunicación “A” 7383.
Se señala que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO
LEGAL Y NORMATIVO – Ordenamiento y resúmenes – Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán
las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
