viernes, 13 de mayo de 2022

El Banco Digital Más Grande De Brasil, Nubank Permite La Comercialización De Bitcoin Y Ethereum – Criptotendencias – Noticias De Bitcoin, Criptomonedas Y Blockchain

El banco digital más grande de Brasil por volúmen de mercado, Nubank, permite a partir del miércoles 11 de mayo, a sus clientes comprar y vender Bitcoin y Ethereum en su plataforma, según un comunicado de la empresa.

a empresa fintech asignará el 1% de su capital a Bitcoin por medio de su empresa matríz Nu Holdings Inc., la cual cotiza en la Bolsa de Valores de Nueva York (NYSE). Según Nunbank, la medida «busca fortalecer la convicción de la compañía sobre el potencial actual y futuro de Bitcoin disruptir los servicios financieros».

Según Paxos, el producto estará disponible de forma gradual para los usuarios de Nubank en Brasil el jueves 12 de mayo, llegando para todos los clientes a finales del mes de julio. Si bien los usuarios podrán comprar y vender criptomonedas a través de la aplicación, no podrán, en principio, retirar ni depositarlas.

Nubank dio una razón fundamental para invertir, particularmente, en Bitcoin, afirmando que la moneda posee más del 40% del valor total del mercado de criptomonedas, considerándose la moneda de mayor peso en su especie.

Porque es la criptomoneda más grande del mercado. Bitcoin fue la primera moneda digital del mundo y representa más del 40 % del valor de mercado de todas las criptomonedas. Bitcoin fluctúa mucho, como cualquier criptografía. Sin embargo, por el peso que tiene en el mercado y la tecnología que representa, es considerada la criptomoneda más sólida del mercado. Así que empezamos con ella

Nubank

Cabe destacar que, de acuerdo a las fuentes, la asignación de tesorería de Nubank en Bitcoin le brinda una exposición «indirecta» al conocido inversionista y acérrimo crítico de la criptomoneda, Warren Buffett, presidente de Berkshire Hathaway. Según informes, el conglomerado de Buffett invirtió 500 millones de dólares en Nubank en junio de 2021, luego adquirió 30 millones de acciones por un valor de 250 millones de dólares cuando la empresa salió a bolsa en diciembre, y hace poco tiempo duplicó su posición con una inversión de 1.000 millones de dólares en la empresa del país amazónico.

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Imagen Principal: Bank Magazine

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Fuente: Criptotendencias.com publicado 11/05/2022

FASB revisará las reglas de contabilidad para los criptoactivos

Si bien no está garantizada la aprobación de las normas, es un paso en la dirección correcta que permitiría contabilizar de forma efectiva a Bitcoin dentro de los balances empresariales

La Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) votó el miércoles 11 de mayo para considerar establecer reglas claras acerca de la contabilidad y divulgación de activos digitales como Bitcoin y Ethereum, una directriz que ayudaría a brindar una mejor información a los inversores.

El ente encargado de los estándares contables en los Estados Unidos estableció que agregaría el proyecto a la agenda técnica que determina las priridades de eleboración de reglas. En este orden se llevarán a cabo reuniones para revisar la contabilidad de los activos y productos digitales negociados en la bolsa.

La junta, según fuentes, dijo que el nuevo esfuerzo en torno a los criptoactivos no incluiría a las materias primas tales como el gas natural y el oro, si bien su presidente, Richard Jones, afirmó que la junta investigaría a las materias primas toda vez que se complete el trabajo sobre los activos digitales.

La decisión se produce luego de años de demoras sobre el tópico cripto, en el cual el FASB se negaba a reconocerlo. En octubre de 2020, el ente objetó diciendo que la inversión en criptomonedas no estaba muy extendida entre las empresas.

Actualmente no existen reglas de contabilidad y de divulgación sobre las tenencias de criptoactivos de las compañías. Diversas empresas han solicitado al FASB a que elaboren tales normativas.

Miembros de la junta reconocieron el miércoles 11 de mayo que el asunto adquirió un carácter de urgencia dado que la capitalización de mercado de Bitcoin y demás criptomonedas se había elevado a través del tiempo, y que cada vez más empresas invierten ya sea en Bitcoin o en Ethereum. Se pueden citar ejemplos tales como el fabricante de autos eléctricos Tesla, la empresa de software MicroStrategy, entre otras. De hecho, la noticia fue recibida con beneplácito por el CEO de MicroStrategy, Michael Saylor:

Felicidades a la comunidad #Bitcoin . Esta mañana, por voto unánime de 7-0, la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) acordó agregar un proyecto para revisar la contabilidad de activos y productos digitales negociados en bolsa.

Según fuentes, como el mismo Saylor ha señalado en oportunidades anteriores, las actuales reglas contables desalientan a las empresas a tener Bitcoin en sus balances, debido a que la contabilidad obliga a cobrar cuando los precios bajan, pero no permite contabilizar cuando los precios suben.

Dado que los criptoactivos presentan volatilidad, las empresas dicen que la contabilidad actual no refleja su condición financiera o sus resultados operativos reales, y sugieren que se apliquen reglas de contabilidad razonable en su lugar. Según este enfoque, las empresas reconocen de forma inmediata tanto las ganancias como las pérdidas. El FASB dijo que consideraría esta opción.

Puedo entender que la contabilidad según el modelo intangible no produce necesariamente resultados significativos.La contabilidad que se sigue hoy en día no sirve para medir una expectativa económica y puedo estar de acuerdo en que hay una oportunidad de mejora

Marsha Hunt, miembro de la junta en la reunión del FASBnone

El presidente Jones también dijo que el proyecto de la FASB debe enfocarse en los activos digitales que no tienen derechos de propiedad, como la criptomoeda, a diferencia de los que sí lo tienen, como los NFT´s.

Los partidarios de Bitcoin, como Saylor, creen que una visión más equitativa y clara hará mucho más fácil para las empresas mantener a Bitcoin y a las demás criptomonedas en sus tesorerías

Imagen Principal: Cortesía Pixabay

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Fuente; Criptotendencias.com publicado 12/05/2022

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES – Resolución General 930/2022 / RÉGIMEN ESPECIAL DE DOBLE LISTADO DE EMPRESAS EXTRANJERAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Incorporar como artículo 1º BIS de la Sección I del Capítulo VIII del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), el siguiente texto:

“RÉGIMEN ESPECIAL DE DOBLE LISTADO DE EMPRESAS EXTRANJERAS.

ARTÍCULO 1° BIS.- Las entidades constituidas en el extranjero, que soliciten el ingreso al régimen de oferta pública para el ofrecimiento de las acciones que componen su capital social actual o mediante el ofrecimiento de nuevas acciones a emitirse y que, con antelación a la solicitud se encuentren listadas en uno o más mercados del exterior, los cuales deberán encontrarse debidamente autorizados por el organismo regulador actuante, que correspondan a países con cuyas autoridades se hubieren celebrado acuerdos de cooperación, contemplando este aspecto, o países que no han celebrado tales acuerdos, pero cuyas regulaciones la Comisión considere que protegen razonablemente a los inversores locales y aseguran un régimen de información adecuado, podrán acogerse al “Régimen Especial de Doble Listado de Empresas Extranjeras”, cumpliendo las condiciones que a continuación se establecen, las que deberán mantenerse durante toda la vigencia de la autorización de oferta pública y listado.

Descargar completa Resolucion 930-2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5190/2022 / RESOG-2022-5190-E-AFIP-AFIP – Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier. Resoluciones Generales Nros. 2.021 y su modificatori

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modificar la Resolución General N° 2.021 y su modificatoria, en la forma que se indica a continuación:

– Sustituir el Anexo I por el Anexo (IF-2022-00735439-AFIP-DIGEDO#SDGCTI) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Modificar la Resolución General N° 4.450, en la forma que se indica a continuación:

  1. a) Sustituir el artículo 1° por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Establecer los lineamientos operativos aplicables a los envíos que ingresen a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta TRES (3) unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta CINCUENTA KILOGRAMOS (50 kg) y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan los DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL (U$S 3.000) por vuelo.”.

Descargar completa Resolucion 5190-2022

Descargar: anexo- Resolucion 5190-2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES – Resolución 32/2022 y anexo / Apruébase el nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MiPyMEs

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) que como Anexo, IF-2022-47011253-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente resolución.

Descargar completa Resolucion 32-2022

Descargar:Anexo-Resolucion 32-2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO – Resolución 308/2022 / PROGRAMA SOLUCIONA II” y Anexo

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el “PROGRAMA SOLUCIONA II” en la órbita de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con el objetivo de brindar asistencia financiera a personas jurídicas para favorecer la incorporación y el desarrollo de la Economía del Conocimiento para la diversificación de la producción y mejora de la competitividad industrial mediante el desarrollo, implementación y/o adopción de soluciones, productos y/o servicios innovadores generados por los sectores de la Economía del Conocimiento.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Reglamento Operativo del “PROGRAMA SOLUCIONA II”, el cual definirá los procedimientos generales que regirán la ejecución y administración del mencionado Programa que como Anexo, IF-2022-29330772-APN-SSEC#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Convócase a las personas jurídicas interesadas en participar del Programa creado en el Artículo 1° de la presente resolución, a formalizar sus presentaciones a partir de la entrada en vigencia de la presente medida y hasta el día 10 de junio de 2022, inclusive.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase a la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO como Autoridad de Aplicación del “PROGRAMA SOLUCIONA II”, quedando facultada a dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación, como así también a modificar el Reglamento Operativo aprobado por el Artículo 2° de la presente resolución, en caso de resultar necesario.

Descargar Completa Resolucion 308-2022

Descargar : anexo – Resolucion 308-2022

Crash y corralito de las cripto: por qué caen Bitcoin y Ethereum y qué puede pasar

Ante el desplome de Bitcoin y las stablecoins como Terra, los analistas se dividen entre los que creen que es un momento más del ciclo y los que ven un punto de inflexión.

Analistas del mundo cripto se dividen entre quienes sostienen que el colapso de los últimos días es simplemente un momento más de ciclo de subas y bajas de las criptomonedas y quienes consideran que a partir de ahora Bitcoin bajará a mínimos históricos y se irá hacia una era más moderada de inversiones en criptoactivos.

En los últimos días, la venta masiva de criptomonedas llevó a que más de 200 mil millones de dólares salieran del mercado cripto. Bitcoin, la moneda virtual de mayor volumen, cayó un 11% y perforó el piso de los 30.000 dólares por primera vez desde 2020.

En paralelo, Ethereum se desplomó un 20%, Solana un 30% y stablecoins como Terra no pudieron mantener su prometida paridad con el dólar, llegando a perder hasta un 98% de su valor.

Por qué está bajando el Bitcoin y colapsan las criptomonedas

Los economistas y expertos coinciden en que la salida masiva de las inversiones en criptomonedas se produjo porque los inversores no obtienen la rentabilidad deseada y buscan mejores oportunidades en otros activos.

“Se empiezan a espantar los que invertían y los que traccionaban no tienen resultado. No tienen garantías, entonces la gente sale a vender criptos“, describió Pablo Rutigliano a El Destape, experto en criptomonedas y presidente de la Cámara Latinoamericana de Litio. De esa forma, el mundo cripto queda en manos de los que él llama “gobernanzas”, es decir, grandes inversores con capacidad de mover el mercado y que, tras especular con la baja, ahora vuelven a entrar recomprando activos.

Rutigliano agrega como factor la coyuntura inflacionaria mundial: “Hay un momento en el que la propia demanda que invirtió se cansa y se desgasta. Hay aumentos inflacionarios que hacen que los inversores deban repagar cosas por gastos que tenían y que aumentaron”.

Martín Kalos, director de la consultora económica Epyca, suma otra causa: “Obviamente uno de los grandes detonadores de esta baja de las cripto es la suba de tasa de la Fed“. “Al final del día, los mercados cripto son activos financieros como cualquier otro. Hay fondos que estaban invertidos en cripto porque pretendían tener ahí una ganancia y al subir la tasa de interés de Estados Unidos prefieren eso como un activo más seguro”, añade en diálogo

Fuente: El Destape publicado 12/05/2022

jueves, 12 de mayo de 2022

Decreto 671/2022 Provincia de Mendoza / Código de Descuento de Haberes

DECRETA:
Artículo 1º – OBJETO. ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El presente decreto tiene por objeto regular el Sistema de Códigos de Descuento que faculta al
personal de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo, a pactar con
aquellas personas físicas o jurídicas prestadoras de bienes o servicios o que perciban del
personal aportes o contribuciones, que tengan concedido el uso de Códigos de Descuento, elpago de las sumas adeudadas a las mismas mediante descuento directo efectuado por el Gobierno de la Provincia sobre los haberes del personal y su posterior abono a los acreedores.

Descargar completa Decreto 671-2022

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – Resolución 562/2022 / Programa de Recuperación laboral

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que el “Plan de Recuperación Económica, Productiva y Laboral” previsto en el artículo 5° inciso b) de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 420 del 18 de abril de 2022, deberá contener:

  1. Motivo de solicitud de acceso al Programa.
  2. Causa de la crisis económica o productiva.
  3. Descripción de la crisis económica o productiva.
  4. Acciones a realizar a fin de superar la crisis económica o productiva, detallando cuáles serán los objetivos y las metas a cumplirse para lograr dicho fin.
  5. Presentación de una meta trimestral medible.
  6. Detalle de un objetivo anual mensurable.
  7. Declaración respecto a la participación de la empresa, manifestando si posee una participación controlada o vinculada.
  8. Declaración respecto de la existencia de reducciones de jornadas de trabajo y/o suspensiones en los últimos tres meses anteriores a la solicitud del beneficio.
  9. Declaración respecto de la participación de la empresa en un Procedimiento Preventivo de Crisis.
  10. Declaración respecto de la percepción de subsidios de cualquier índole o programas o beneficios por parte del Estado Nacional, Provincial o Municipal.
  11. Detalle de los principales clientes que representen más del TREINTA POR CIENTO (30%) de las ventas.
  12. Detalle del monto total mensual respecto de las ventas expresadas en pesos y en unidades.
  13. Descripción de la lista de precios de hasta TRES (3) productos o servicios en términos de relevancia respecto a las ventas en pesos.
  14. Información de los datos históricos, los cuales deberán surgir de los estados de resultados de los dos últimos balances

Descargar Completa Resolucion 562-2022

miércoles, 11 de mayo de 2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO – Disposición 193/2022 / Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a aquellas a Personas Jurídicas y Unidades de Vinculación Tecnológica (UVT) interesadas en acceder al Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO”, creado por la Resolución N° 309 de fecha 28 de mayo de 2021 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, pertenecientes al Sector de Videojuegos, a realizar las correspondientes presentaciones de conformidad a las previsiones dispuestas en las “Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica Potenciar Industria del Videojuego”, aprobadas en el Artículo 2º de la presente disposición.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las “Bases y Condiciones de la Convocatoria Específica Potenciar Industria del Videojuego”, que como Anexo IF-2022-40837592-APN-DNIA#MDP, forman parte integrante de la presente medida y que regirán la esta Convocatoria Específica en forma complementaria al Reglamento Operativo del Programa “POTENCIAR ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” aprobado por la Resolución N° 309/21 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y demás normativa aplicable.

ARTÍCULO 3°.- La Convocatoria Específica “Potenciar Industria del Videojuego” estará vigente desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, hasta el día 8 de julio de 2022, plazo durante el cual los interesados, podrán realizar las presentaciones exigidas a los fines de acceder a los mentados beneficios.

Descargar completa Disposicion 193-2022

Descagar completa anexo I- Disposicion 193-2022