Ref.: Circular
CONAU 1-1716:
R.I. Disposiciones complementarias al Plan de
Cuentas. Modificaciones a las NIIF. Circular de
Adopción Nro. 22
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, dispone:
“1. Incorporar en el Marco Contable basado en Normas Internacionales de Información
Financiera aplicable a las entidades financieras, las modificaciones emitidas por el International Accounting Standards Board que fueran incluidas en la Circular de Adopción 22 aprobada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.”
Se recuerda que —con carácter general— no se admite la aplicación anticipada de
ninguna NIIF a menos que en oportunidad de adoptarse se admita específicamente.
Se acompañan las hojas que corresponde reemplazar en el texto ordenado correspondiente a las “Disposiciones complementarias al Plan de Cuentas”.
Oportunamente se darán a conocer las adecuaciones relacionadas con la adopción de
la NIIF 18 “Presentación e Información a Revelar en los Estados Financieros” en el régimen informativo respectivo.
