TÍTULO I – OBJETO, PRINCIPIOS RECTORES Y EMERGENCIA
CAPÍTULO I – OBJETO Y PRINCIPIOS RECTORES DE LA LEY
ARTÍCULO 1°.- Objeto. La presente ley tiene por objeto promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de
la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los
habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos
constitucionales.
La presente ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional de emergencia pública en materia
económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social,
con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo
específicamente previsto.
El resto de las disposiciones son permanentes y no caducarán en el plazo establecido para las disposiciones
delegadas.
ARTÍCULO 2°.- Principios y propósitos. Son principios y propósitos de la presente ley:
a. La promoción del derecho fundamental a la libertad individual. Los habitantes de la Nación tienen derecho a
ejercer sus libertades sin injerencias indebidas por parte del Estado.
b. La protección de los habitantes y de su propiedad privada. El Estado debe garantizar la seguridad de las
personas y de su propiedad y fomentar un entorno propicio para la inversión y el emprendimiento.
Con ese fin debe garantizar la libertad de los habitantes de la Nación de transitar por toda vía pública y su
protección frente a todo tipo de inseguridad;
c. La profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea de la oferta y de la
demanda como modo de ordenamiento y reactivación de la economía, facilitando el funcionamiento de los
mercados y el comercio interno y externo, promoviendo la desregulación de los mercados y la simplificación
regulatoria.
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