RESUELVE:
CAPÍTULO I. OBJETO Y DEFINICIONES.
ARTÍCULO 1°.- Objeto.
La presente resolución tiene por objeto establecer los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos. financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LA/FT/FP) que los Sujetos Obligados incluidos en el artículo 20 incisos 5 y 6 de la Ley N° 25.246 deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales de LA/FT/FP.
ARTÍCULO 2°.- Definiciones.
A los efectos de la presente resolución se entenderá por:
a) Aceptador: a aquella persona jurídica que se encuentre regularmente constituida en el país o que, siendo persona jurídica privada constituida en el extranjero, haya dado cumplimiento a lo requerido en la Ley General de Sociedades 19.550 y sus modificaciones para el ejercicio habitual en la República Argentina de actos comprendidos en su objeto social, que adhiere comercios a esquemas de pago con transferencia; comprendiendo, entre otras, las siguientes tareas: facilitar los mecanismos para iniciar los pagos, transmitir la información de la orden de pago al administrador u otros participantes del esquema de que se trate y, en caso de que sean autorizados, confirmar las operaciones.
b) Adquirente: a aquella persona jurídica que se encuentre regularmente constituida en el país o que, siendo persona jurídica privada constituida en el extranjero, haya dado cumplimiento a lo requerido en la Ley General de Sociedades 19.550 y sus modificaciones para el ejercicio habitual en la República Argentina de actos comprendidos en su objeto social que adhiere comercios a esquemas de pago con tarjetas; comprendiendo, entre otras, las siguientes tareas: facilitar los mecanismos para iniciar los pagos, transmitir la información de la orden de pago al administrador u otros participantes del esquema de que se trate y, en caso de que sean autorizados, confirmar las operaciones.
