Resolución 394/2018 Min. de Producción – Sec. de Comercio
Con fecha 05 de julio a través del Ministerio de Producción se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 394/2018 que establece la creación del Defensor del Cliente, una figura que responderá por las compañías que así lo quieran a reclamos de clientes, previa homologación de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. El objetivo de esta decisión es avanzar en la co-regulacion en materia de defensa de los consumidores con normas voluntarias a las que las empresas pueden adherirse.
El Defensor del Cliente, sera una persona designada por las propias empresas, deberá ser abogado y demostrar idoneidad y trayectoria en defensa del consumidor.
Las empresas podrán adherir de forma voluntaria a este sistema, que tiene por objetivo resolver los reclamos de los clientes en un plazo máximo de 15 días corridos, con la posibilidad de una prórroga de 15 días más si el trámite es complejo.
Previo a la designación del defensor, las empresas deberán redactar un reglamento de tratamiento de reclamos, y una vez puesto en funcionamiento el sistema, tendrán la obligación de remitir a Defensa del Consumidor los informes trimestrales con la cantidad y el modo en que fueron tratados los reclamos de los consumidores. En caso de incumplimiento, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor podrá revocar las homologaciones dictadas.
Además, en caso de que haya un acuerdo entre el consumidor y el proveedor, el Defensor emitirá un dictamen que tendrá carácter vinculante. De no haber arreglo o incumplirlo interviene la Dirección de Defensa del Consumidor.
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