Ref.: Circular
SINAP 1-207:
Sistema Nacional de Pagos. Truncamiento de
cheques y transmisión de imágenes.
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Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha resuelto modificar el
monto de los cheques truncados sin envío de imagen.
Las entidades depositarias de cheques deberán retener los documentos y transmitir la
correspondiente información electrónica a la cámara de compensación cuando su importe sea menor o igual a $ 1.000.000 (un millón de pesos).
Para los cheques superiores al monto fijado, las entidades depositarias deberán retener los documentos y transmitir, adicionalmente al registro electrónico, la imagen de su frente y dorso.
Asimismo, las entidades depositarias, independientemente del monto, deberán enviar
la imagen del frente y dorso de la totalidad de los restantes instrumentos compensables.
Descargar Completo COMUNICACIÓN “A” 7992
